Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2007 (04/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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materias, todo lo cual lo acredita como un experto en las mencionadas ramas del derecho. Que, el Dr. MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA ha sido abogado consultor del Banco Central del Peru por varios anos, asi como fue contratado para que realice la defensa oral y escrita ante el vocal dirimente de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en la referida accion de MORDAZA interpuesta por los ex trabajadores, lo que demuestra que actualmente tiene un basto conocimiento de la materia controvertida. Que, tal como se expone en el informe elaborado por la Subgerencia de Asesoria Legal en Asuntos Contenciosos y Administrativos, el perfil profesional del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA en conjunto evidencia que el referido profesional cuenta con experiencia suficiente, destreza en su profesion, conocimientos especializados y reconocido prestigio en el MORDAZA para encargarsele los servicios de asesoria legal y MORDAZA en la accion de MORDAZA mencionada, todo lo cual genera confianza a la Alta Direccion del Banco Central de Reserva del Peru respecto a la calidad de los servicios a brindar y su solvencia moral. Que, en tal sentido se puede senalar que el doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA es un profesional notoriamente especializado en derecho constitucional y derecho procesal civil, que cuenta con un reconocido prestigio en el MORDAZA y cuya evidenciada destreza, habilidad y experiencia en las citadas ramas del derecho, sumado a su conocimiento en el tema para cuyo efecto se le contrata y a su experiencia como abogado consultor del Banco Central de Reserva del Peru, hace que sea el profesional idoneo para la prestacion de los servicios legales requeridos, haciendo innecesaria su comparacion con otros profesionales existentes en el mercado. Asimismo, se debe considerar que los servicios a contratar son notoriamente complejos y especializados. Que, al respecto, el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el articulo 145º del Reglamento de la citada MORDAZA legal, establece que se encuentra exonerada de los procesos de seleccion la contratacion de servicios personalisimos, entendiendose por ellos los contratos de locacion de servicios celebrados por personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su calidad, profesion, ciencia, arte u oficio. Que, resulta pertinente senalar que en la locacion de servicios es fundamental la prestacion de servicios personales, es decir, que el servicio debe ser realizado por el propio locador, quien es elegido en funcion a sus atributos profesionales personalisimos, su experiencia, conocimientos reconocidos y especializacion. Que, tal como lo senala el informe legal, en merito de los fundamentos expuestos en la presente resolucion, el doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA cumple con los requisitos conforme a lo dispuesto por el articulo 145º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para que sus servicios MORDAZA calificados como personalisimos, no solo porque reune las caracteristicas especiales y personales que lo diferencian de otros profesionales en el MORDAZA, sino que genera la confianza suficiente para encargarsele temas de suma importancia y de gran relevancia juridica. En este sentido, se considera que en la presente contratacion se ha configurado la causal de exoneracion recogida en el literal f) del articulo 19º de la citada MORDAZA legal, que permite exonerar la contratacion de los servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponderia. Que, el valor referencial del servicio a contratar es de hasta US$ 59 000,00 (cincuenta y nueve mil 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), incluido todo concepto, gasto y tributo. Asimismo, en caso el MORDAZA concluya favorablemente, se pagara honorarios de exito hasta por US$ 59 000,00 (cincuenta y nueve mil 00/100 dolares de los Estados Unidos de America)), por lo que el monto total de honorarios para la contratacion del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA sera de US$ 118 000,00 (ciento dieciocho mil 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), correspondiendo exonerarse de un concurso publico.

Que, de conformidad con el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se establece que las contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante acciones inmediatas y deberan ser aprobadas mediante resolucion del titular del de la entidad, la cual debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA de MORDAZA, junto con los informes que la sustentan, deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como publicarse adicionalmente a traves del SEACE. Que, el Gerente General por ser la mas alta autoridad ejecutiva del Banco Central de Reserva del Peru que tiene a su cargo la direccion inmediata de su funcionamiento en su aspecto tecnico como administrativo, segun lo dispone el articulo 36º de su Ley Organica, le corresponde emitir la presente resolucion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de concurso publico, por tratarse de un servicio personalisimo, la contratacion del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA para que inicie una accion de MORDAZA ante la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, contra ex trabajadores del Banco Central de Reserva del Peru y contra los vocales doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pomareda Chavez-Bedoya e Ida MORDAZA MORDAZA quienes como integrantes de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, han ordenado la reposicion y el pago de remuneraciones devengadas de los citados ex trabajadores, vulnerando derechos constitucionales de esta institucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate los servicios de asesoria juridica del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA por un valor referencial de hasta US$ 59 000,00 (cincuenta y nueve mil 00/100 dolares de los Estados Unidos de America), incluido todo concepto, gasto, tributo, mediante acciones inmediatas y con cargo a los recursos de la Institucion. Asimismo, en caso el MORDAZA concluya favorablemente, se pagara honorarios de exito hasta por US$ 59 000,00 (cincuenta y nueve mil 00/100 dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, por lo que el monto total de honorarios para la contratacion del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA sera de hasta US$ 118 000,00 (ciento dieciocho mil 00/100 dolares de los Estados Unidos de America). Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y disponer se remita MORDAZA de la misma y del informe tecnico - legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como su publicacion en el SEACE. MORDAZA, 2 de febrero de 2007 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General 23514-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Establecen disposiciones para la realizacion de Elecciones Complementarias en distritos donde se declaro la nulidad del MORDAZA de elecciones del 19 de noviembre del 2006
RESOLUCION Nº 037-2007-JNE MORDAZA, 29 de enero de 2007

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