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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de febrero de 2007 339046 siendo de exclusiva responsabilidad de la Entidad Ejecutora del Gasto, la aprobación, veri fi cación y cumplimiento de las normas vinculadas con la ejecución del gasto y destino fi nal que el Pliego asigne a los recursos aprobados por el presente Calendario de Compromisos. Artículo 3°.- Los montos aprobados en el Anexo que se señala en el Artículo 1º para el Gobierno Nacional se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y por rubros de Fuente de Financiamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MUÑOZ ROMERO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público LEY N° 28927 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007 ANEXO N° 1 - RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2007-EF/76.01 ENERO DEL AÑO FISCAL 2007 AMPLIACIÓN DE CALENDARIO DE COMPROMISOS DEL GOBIERNO NACIONAL ( EN NUEVOS SOLES ) FUENTE DE FINANCIAMIENTO TOTAL RECURSOS ORDINARIOS 224 921 663 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 13 250 683 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CREDITO 546 875 379 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 15 050 620 TOTAL : 800 098 345 23600-1 JUSTICIA Autorizan funcionamiento de centros de conciliación con sede en los departamentos de Lambayeque y Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 670-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 12 de diciembre de 2006 VISTA, la solicitud con registro Nº 014114, de fecha 4 de mayo de 2006, sobre Autorización de Funcionamiento de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, CENTRO DE CONCILIACIÓN SAN JUAN CECONSAJ; CONSIDERANDO:Que, la mencionada Asociación Civil, ha solicitado autorización para funcionar como Centro de Conciliación, con la denominación, Centro de Conciliación San Juan “CECONSAJ”, con sede en el departamento de Lambayeque; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 2187- 2006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 13 de diciembre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley de Conciliación y los artículos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliación; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliación solicitado;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modi fi cada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS - Reglamento de la Ley de Conciliación y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorízase, a la asociación civil, CENTRO DE CONCILIACIÓN SAN JUAN CECONSAJ, para funcionar como Centro de Conciliación, con la denominación, Centro de Conciliación San Juan “CECONSAJ”, con sede en el departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO JAVIER GUTIERREZ ALVARADO Director de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Con fl ictos 23518-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 691-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 18 de diciembre de 2006 VISTA, la solicitud con Registro Nº 035524, de fecha 10 de noviembre de 2006, sobre Autorización de Funcionamiento de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil, ASOCIACIÓN PERUANA DE CIENCIAS Y ARTES - APECYA; CONSIDERANDO:Que, la mencionada Asociación Civil, ha solicitado autorización para funcionar como Centro de Conciliación, con la denominación, CENTRO DE CONCILIACIÓN “KOINONÍA”; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 2258- 2006-JUS/DNJ-DCMA, de fecha 18 de diciembre de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley de Conciliación y los artículos 51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliación; por lo que es procedente autorizar el funcionamiento del Centro de Conciliación solicitado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019- 2001-JUS - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modi fi cada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS - Reglamento de la Ley de Conciliación y Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorízase, a la asociación civil, ASOCIACIÓN PERUANA DE CIENCIAS Y ARTES - APECYA, para funcionar como Centro de Conciliación, con la denominación, CENTRO DE CONCILIACIÓN “KOINONÍA”, con sede en el departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICARDO JAVIER GUTIERREZ ALVARADO Director de Conciliación Extrajudicialy Medios Alternativos de Solución de Con fl ictos 23518-3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 718-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 21 de diciembre de 2006