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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (08/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de febrero de 2007 339291 Designan representante alterna del Ministerio ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 043-2007-JUS Lima, 7 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 018-2003-TR, se aprobó la creación del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, el cual se encuentra integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia; Que, el artículo 15º de la Resolución Ministerial Nº 202- 2005-TR, Reglamento del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil, dispone que cada una de las entidades miembro nominará institucionalmente a un representante titular y a un miembro alterno ante el Comité, asistiendo el miembro alterno en caso de imposibilidad de participación del miembro titular; Que, es necesario designar al representante alterno del Ministerio de Justicia ante el mencionado Comité Directivo; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita María Laura Alvarez Urquizo, Técnico en Racionalización II de la O fi cina General de Economía y Desarrollo, como representante alterna del Ministerio de Justicia ante el Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 25036-4 Constituyen Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28970, Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2007-JUS Lima, 7 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28970, se creó en el Órgano de Gobierno del Poder Judicial, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 28970, dicha Ley contará con un Reglamento, que será expedido por el Ministerio de Justicia; Que, es necesario que en la elaboración del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28970, se cuente con la participación de las entidades involucradas en la implementación, ejecución y difusión del Registro de Deudores Alimentarios Morosos; Que, en tal sentido, resulta conveniente conformar una Comisión Multisectorial que se encargue de la elaboración del referido proyecto de Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21292, y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Constitución de la Comisión Multisectorial Constituir la Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28970, Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.Artículo 2 º.- Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial estará integrada de la siguiente manera: - Un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidirá. - Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. - Un representante del Poder Judicial.- Un representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Las Entidades podrán designar un representante alterno, que actuará en caso de impedimento o ausencia del titular. Artículo 3 º.- Designación de representantes ante la Comisión Multisectorial Las Entidades designarán a sus representantes mediante Resolución del Titular, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 4º.- Instalación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial deberá instalarse en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución. Artículo 5º.- Plazo de entrega del Proyecto de Reglamento La Comisión Multisectorial tiene un plazo de treinta (30) días naturales, contados a partir de la fecha de su instalación para elevar a la Ministra de Justicia, el Proyecto de Reglamento encomendado. Artículo 6º.- Secretaría Técnica La Comisión Multisectorial contará con una Secretaría Técnica, la que estará a cargo de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia. Artículo 7 º.- Participación de profesionales La Comisión Multisectiorial podrá convocar a profesionales especializados en la materia, así como a representantes de otras instituciones públicas o privadas, cuya participación se estime necesario, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 25036-5 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan representante de la PCM ante la Comisión de Investigación y Reorgani-zación de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2007-MIMDES Lima, 7 de febrero de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28822 - Ley Marco para el fortalecimiento y saneamiento de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que no reciben transferencia del Tesoro Público, se declaró en Reorganización y Reestructuración a las mencionadas entidades, proceso que se inicia, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8º de la mencionada Ley, con la Reorganización y Reestructuración de la Sociedad de Bene fi cencia Pública de Lima Metropolitana; Que, el artículo 3º de la Ley antes citada, establece que a propuesta del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, mediante Resolución Suprema se constituirán Comisiones de Investigación y Reorganización, encargadas de la evaluación de la gestión administrativa, legal, técnica, económica yfi nanciera de determinada Sociedad de Bene fi cencia Pública, las cuales estarán integradas por representantes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, la Presidencia del Consejo de Ministros, la Contraloría General de la República, la Sociedad de Bene fi cencia Pública y un representante de los