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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de febrero de 2007 340166 insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, culminó el 31 de diciembre del 2006 y que no se podría contratar complementariamente debido a que el Alcalde en ejercicio resulta ser pariente del titular de la citada empresa, resultando aplicable la prohibición contenida en el Literal g) del Art. 9º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM por tratarse de parientes del Alcalde; encontrándose la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo sin insumos para poder continuar con la atención del PVL que bene fi cia no sólo a niños, madres, ancianos sino también a enfermos con TBC, es imprescindible que se realice la contratación y adquisición vía exoneración para adquirir los insumos correspondientes para la continuación del PVL a la brevedad posible por tratarse de un proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva de acuerdo al monto referencial. Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 011-2007-CM-MDS se declaró en situación de desabastecimiento inminente el Programa de Vaso de Leche del distrito de Supe, por un lapso de 90 días, Estando a lo expuesto y a lo aprobado por UNANIMIDAD en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; que contó con la participación del señor Alcalde y cuatro Regidores como consta en el Acta; se, ACUERDA:Artículo 1º.- APRUÉBESE la exoneración del proceso de selección de la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, consistentes en Leche Evaporada de 410 gr. y Quinua Avena por la causal de desabastecimiento inminente. Artículo 2º.- REMÍTASE copia del presente Acuerdo de Concejo a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles de su aprobación. Artículo 3º.- DISPÓNGASE el inicio de las medidas conducentes a establecer las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos que sean responsables de ser el caso de la situación de desabastecimiento inminente del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe; asimismo, que la responsable del Programa del Vaso de Leche emita un informe detallado sobre la no realización del proceso de selección en forma oportuna. Artículo 4º.- PUBLÍQUESE el presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y adicionalmente en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), Artículo 5º.- PRECÍSESE como valor referencial para la adquisición de insumos del Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, la suma de DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200,700.00) y la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Artículo 6º.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Logística y Control Patrimonial y/o a la O fi cina de Administración de Recursos de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, la realización de la adquisición exonerada. Dado en la Casa Municipal, al segundo (2) día de febrero del año dos mil siete. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANGEL R. FLORES LANEGRA Alcalde 28866-1 Modifican el Acuerdo de Concejo Nº 021- 2007-CM-MDS, que aprobó exonerar de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 022-2007-CM/MDS EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPEVISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 011-2007-CM/ MDS, de fecha 9 de enero del 2007, el Acuerdo de Concejo Nº 021-2007-CM/MDS, de fecha 2 de febrero del 2007, y el Informe Nº 009-A-GAR-MDS-2007 y, CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 011-2007-CM/ MDS, de fecha 9 de enero del 2007, se acordó declarar en situación de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche del distrito de Supe, por un lapso de 90 días, a partir de la fecha; es decir los meses de enero, febrero y marzo del 2007; Que, el Artículo 5º del Acuerdo de Concejo Nº 021- 2007-CM-MDS, de fecha 2 de febrero del 2007, precisó erróneamente el valor referencial para la adquisición de insumos del Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, en la suma de DOSCIENTOS MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200,700.00), cuando la suma asciende CINCUENTA MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50,175.00), correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo, como se indica en el informe de vistos; Estando a lo expuesto y con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores presentes, y en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; ACUERDA:Artículo Único.- MODIFÍQUESE el Acuerdo Nº 021- 2007-CM-MDS, en su parte resolutoria, la cual quedará redactada en los términos siguientes: Artículo 1º.- APRUÉBESE la exoneración del proceso de selección de la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, consistentes en Leche Evaporada de 410gr. y Quinua Avena, por la causal de desabastecimiento inminente; Artículo 2º.- REMÍTASE copia del presente Acuerdo de Concejo a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles de su aprobación; Artículo 3º.- DISPÓNGASE el inicio de las medidas conducentes a establecer las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos que sean responsables de ser el caso de la situación de desabastecimiento inminente del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe; asimismo, que la responsable del Programa del Vaso de Leche emita un informe detallado sobre la no realización del proceso de selección en forma oportuna; Artículo 4º.- PUBLÍQUESE el presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano y adicionalmente en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE); Artículo 5º.- PRECÍSESE que el valor referencial de los insumos a adquirir con la presente exoneración para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, asciende a la suma de CINCUENTA MIL CIENTO SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50, 175.00), correspondientes a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Artículo 6º.- ENCÁRGUESE a la Unidad de Logística y Control Patrimonial y/o a la O fi cina de Administración de Recursos de la Municipalidad Distrital de Supe Pueblo, la realización de la adquisición exonerada. Dado en la Casa Municipal, al sétimo (7) día de febrero del año dos mil siete. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ÁNGEL R. FLORES LANEGRA Alcalde 28866-2