Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
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ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Articulo 68º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2003-GR.LAMB./PR, modificado por Ordenanza Regional Nº 020-2003-GR.LAMB./CR, en cuanto se refiere a la conformacion de las Comisiones Ordinarias a traves de las cuales el Consejo Regional organiza su trabajo, por el siguiente texto sustitutorio: "Articulo 68º.- El Consejo Regional de MORDAZA tiene conformadas siete (7) Comisiones Ordinarias, las mismas que son integradas por tres Consejeros y presidida por uno de ellos. Las Comisiones Ordinarias son las siguientes: 1) Comision de Cultura y Educacion 2) Comision de Salud, Mujer y Derechos Humanos. 3) Comision de Desarrollo Economico y Promocion del Empleo 4) Comision de Promocion de la Inversion y Cooperacion Internacional 5) Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente 6) Comision de Fiscalizacion y Etica Publica 7) Comision de Infraestructura, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial". Articulo Segundo.- Las Comisiones Ordinarias a que se refiere el Articulo Primero de la presente disposicion regional, quedaran integradas de la siguiente manera: 1) Comision de Cultura y Educacion: · · · Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calderon; y, Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Lic. Educ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendoza; y, Lic. Adm. Sheyla MORDAZA Bautista.

POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 28623-1

Reconocen al Consejo Regional de Produccion Organica - MORDAZA COREPO
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2007-GR.LAMB./CR Chiclayo, 22 de enero de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria de fecha 24 de enero de 2007, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 4352001-PCM de 31 de agosto de 2007, se constituye la Comision Nacional de Productos Organicos ­ CONAPO, conformada por representantes de siete instituciones estatales: Ministerio de Agricultura (MINAG), Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ MINAG, Instituto Nacionall de Recursos Naturales ­ INRENA, MORDAZA Nacional de Investigacion MORDAZA ­ INIA, Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, Comision para la Promocion de Exportaciones ­ PROMPEX, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, Universidad Agraria La MORDAZA ­ UNALM,, representantes de dos organizaciones de la Sociedad Civil: Red de Agricultura Ecologica del Peru ­ RAE - Peru y la Asociacion Nacional de Productores Ecologicos del Peru ­ ANPE -Peru; y, por la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperacion ­ COSUCODE; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 014-2002AG de 10.JUN.2002 , se modifica la Resolucion Suprema Nº 435-2001-PCM ampliando el Articulo 1º, otorgandosele a la CONAPO la calidad de ente asesor y consultivo en materia de Produccion Organica, entre otros encargos; Que, con fecha 19 de febrero de 2004 mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-AG, se designa al SENASA como la autoridad competente en materia de Produccion Organica; Que, el Articulo 4º de la Ley Nº 27867 establece como finalidad de los gobiernos regionales, entre otras, el fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo, y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, conforme al Articulo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, son competencias compartidas, entre otras, la prevista en su inciso c), como es la promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito y nivel correspondiente a los sectores agricultura y medio ambiente, entre otros, asi como lo prescrito por su inciso d): Gestion sostenible de los recursos naturales y el mejoramiento de la calidad ambiental; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-AG de 14.JUL.2006, se aprueba el Reglamento Tecnico para los Productos Organicos, delegando al SENASA, como

2) Comision de Salud, Mujer y Derechos Humanos: · · · Lic. Soc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; Lic. Adm. Sheyla MORDAZA Bautista; y, Sr. MORDAZA MORDAZA Paz Gavino.

3) Comision de Desarrollo Economico y Promocion del Empleo: · · · Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arribasplata; y, Sr. MORDAZA MORDAZA Paz Gavino.

4) Comision de Promocion de la Inversion y Cooperacion Internacional: · · · Lic. Educ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calderon; y, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arribasplata.

5) Comision de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente: · · · Sr. MORDAZA MORDAZA Paz MORDAZA, quien la presidira; Lic. Educ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mendoza; y, Lic. Soc. MORDAZA MORDAZA Diaz.

6) Comision de Fiscalizacion y Etica Publica: · · · Lic. Adm. Sheyla MORDAZA MORDAZA, quien la presidira; Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo; y, Lic. Soc. MORDAZA MORDAZA Diaz.

7) Comision de Infraestructura, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial: · Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira;

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