Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

Que, considerando lo expuesto en los parrafos precedentes, es necesario atender y/o emitir las respectivas constancias de posesion las mismas que se otorgaran solo y exclusivamente a los pobladores que se encuentran dentro de los alcances de la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos y su Reglamento de los Titulos II y Ill; Que, para esto, se propone en el Proyecto de Ordenanza remitido a este despacho, reducir el costo de derecho de tramite de S/. 42.00 (Cuarenta y dos y 00/100 nuevos soles) a S/. 6.00 (seis y 00/100 nuevos soles) y exonerar de la MORDAZA de ciertos requisitos establecidos en el MORDAZA vigente, como son: MORDAZA de recibos de la declaracion jurada de autovaluo de los ultimos anos, plano perimetrico y ubicacion y memoria descriptiva firmado por el profesional responsable y boleta de habitabilidad profesional CAP y CIP, de manera temporal y exclusivamente para pobladores que se encuentren comprendidos dentro de Ley Nº 28687 y el Reglamento de los Titulos II y III; Que, sobre el tema de reduccion de los costos administrativos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala taxativamente lo siguiente: Articulo 38º.- Aprobacion y difusion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos. (...) 38.5 Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicara la modificacion segun lo dispuesto por el numeral 38.3. Que, segun lo dispuesto por el Articulo 9º, Inc. 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal tiene competencia para "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos"; Que, como es de verse, si lo que se pretende es reducir el costo del derecho de MORDAZA de posesion y exonerar de ciertos requisitos establecidos en el MORDAZA vigente, en atencion a los fundamentos que se exponen en los informes de la referencia, las normas precitadas facultan a la Administracion municipal para ello, debiendo en todo caso aprobarse por Ordenanza, toda vez que los gobiernos locales presentan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, tal como prescribe el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a la opinion tecnico legal favorable senalado en los Informes Nº 042-JGTYC/GDU/MSJL emitido por la Jefatura de Gestion del Territorio y Catastro, Informe Nº 0012-2007-GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Informe Nº 029-2007-JDIDEL/GPD/MDSJL de la Gerencia de Planificacion del Desarrollo y Jefatura de Desarrollo Institucional y Desarrollo Economico Local, e Informe Nº 0602007-GAJ/MSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica; Por lo anteriormente expuesto y de conformidad con el articulo 9º numeral 8, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA SIMPLIFICACION DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICION DE MORDAZA DE POSESION Y REDUCCION DE COSTOS PARA LOS POBLADORES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL ALCANCE DE LA LEY DE DESARROLLO Y COMPLEMENTARIA DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL, ACCESO AL SUELO Y DOTACION DE SERVICIOS BASICOS Y SU REGLAMENTO DE LOS TITULOS II Y III Articulo Primero.- Otorgar Constancias de Posesion por unica vez y exclusivamente para los pobladores que se

encuentren comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 28687 y del Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda. Articulo Segundo.- El derecho de pago para la expedicion de la MORDAZA de Posesion sera de S/. 6.00 (Seis y 00/100 nuevos soles) y deberan cumplir con los siguientes requisitos: - Solicitud dirigida al MORDAZA - MORDAZA del DNI - Plano simple de ubicacion - Acta de verificacion de posesion efectiva del predio emitida por un funcionario de la Municipalidad y suscrita por todos los colindantes del predio o acta policial de posesion suscrita por todos los colindantes de dicho predio. Articulo Tercero.- El plazo de vigencia de la presente ordenanza es de 180 dias calendario, facultandose al despacho de Alcaldia disponer la prorroga del plazo de vigencia mediante Decreto de Alcaldia, asi como dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para su eficaz cumplimiento. Articulo Cuarto.- Causales para denegar el otorgamiento del Certificado o MORDAZA de Posesion: Los inmuebles ubicados en areas de zonificacion para usos de equipamiento educativo, reservados para la defensa nacional, en las zonas arqueologicas o que constituyen patrimonio cultural de la Nacion, en areas naturales protegidas o zonas reservadas, asi como aquellas calificadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil como MORDAZA de riego. Articulo Quinto.- Esta comuna MORDAZA otorgara las constancias de posesion, exclusivamente para los fines a que se refiere la presente MORDAZA, teniendo en cuenta que ello no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular, la MORDAZA de Posesion tendra vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos. Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Jefatura de Gestion del Territorio y del Catastro. DISPOSICION FINAL Unica.- Incluyase el Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda (modelo de MORDAZA de Posesion). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 27985-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prohiben juegos de carnavales en la via publica que afecten a terceros
ORDENANZA Nº 000008-2007/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 13 de febrero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES Vista la Mocion presentada en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de febrero del 2007; CONSIDERANDO: Que, en el distrito de San MORDAZA de Miraflores es necesario establecer normas de conducta entre la poblacion, a fin de no tener que llegar a actos vandalicos que afecten a ciudadanos o a su patrimonio durante los juegos de carnavales en la via publica;

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