Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALAMARCA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2007-MDC Calamarca, 9 de febrero de 2007 VISTO: El Informe Tecnico Nº 001-MDC/PVL, el informe legal Nº 001-MDC/ALE y el acta de sesion extraordinaria del concejo municipal de fecha 9 de febrero del presente ano, referente a la declaracion de situacion de desabastecimiento inminente de los insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Calamarca; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con personeria juridica de Derecho Publico que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo prescrito en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley 27680; y concordante con el articulo I del Titulo Preliminar y el articulo 4º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, la Oficina del Programa del Vaso de Leche ha emitido el informe tecnico Nº 001-MDC/PVL, mediante el cual informa: a) Que, desde el 1 de enero del presente ano hasta la fecha existe un desabastecimiento del programa del vaso de leche debido a que la gestion municipal saliente nunca entrego el acervo documentario, ni mucho menos informe sobre el programa, los cuales debieron ser entregados por la gestion municipal 2003-2006, hechos que han sido objeto de denuncia penal contra los funcionarios salientes ante la Fiscalia Mixta de Julcan, es por ello que la oficina no cuenta con ningun documento y b) Que, la administracion municipal actual se encuentra en MORDAZA de adecuacion de sus cargos estructurados como consecuencia de que la municipalidad cuenta con nuevas autoridades edilicias para el periodo 2007-2010, recientemente juramentadas e instaladas, es por estas razones, que existe demora en los preparativos para la convocatoria del MORDAZA de seleccion, a pesar que la gestion 2003-2006 estaba obligada a llevar a cabo un MORDAZA de seleccion en el ano 2006 para abastecer el producto en el 2007, hecho que nunca fue realizado; asimismo, solicita se adopten las medidas pertinentes e inmediatas para abastecer el programa vaso de leche para los meses de enero, febrero y marzo del presente ano; Que el Informe legal Nº 001-MDC/ALE considera que la declaracion de desabastecimiento inminente para la adquisicion del producto del vaso de leche resulta innegable e indispensablemente procedente, debido esencialmente a que desde el 1 de enero del ano en curso no se adquieren los insumos alimenticios para atender el programa del Vaso de Leche, y que no se pudo llevar a cabo un MORDAZA de seleccion en el ano 2006 para abastecer el producto en el 2007, por cuanto el Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche, tratandose de un MORDAZA periodo de gestion, recien se constituyo en el presente mes de enero del presente ano y el 2 de febrero del 2007 recien las madres eligen el producto; Que, segun el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien,

servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial, por lo que dicha situacion faculta a la Municipalidad Distrital de Calamarca a la adquisicion o contratacion de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia, imparcialidad, moralidad y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal; Que, conforme lo dispone el articulo 141º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente; Que, el articulo 148º de la normatividad legal MORDAZA citada, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Municipalidad Distrital de Calamarca, sujetarse estrictamente a la MORDAZA indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la situacion sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondientes para las adquisiciones definitivas; Que, del acervo documentario administrativo MORDAZA mencionado se advierte que se ha acreditado el estado de necesidad a que alude el encargado de la oficina del Programa del Vaso de Leche por lo que procede a la exoneracion del MORDAZA de seleccion, teniendo en consideracion que el programa del vaso de leche, no podria estar desabastecida, siendo necesario continuar con la prestacion de la ayuda social que seria afectada directamente la poblacion MORDAZA infantil, madres gestantes y en periodo de lactancia con derecho a la provision diaria por parte de la Municipalidad; Que, lo expuesto se sujeta en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Ley Nº 26850, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM, y su reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004PCM, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2007, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto ­ Ley Nº 28411, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 y con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARESE en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el programa del vaso de leche de la Municipalidad Distrital de Calamarca, por el lapso de 90 (noventa) dias. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion contemplado en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado a efecto de que el area de abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Calamarca adquiera en forma directa los insumos para el Programa del Vaso de Leche, conforme al requerimiento del area usuaria, consistente en: 7,127.77 Kilogramos de Hojuelas de cereales fortificados azucarados. Articulo Tercero.- ENCARGAR al area de abastecimiento la adquisicion de insumos alimenticios para el programa del vaso de Leche, en forma directa mediante acciones inmediatas cuyo valor referencial asciende a S/. 36,708.00 atendido con los recursos de la Fuente de Abastecimiento 1: Recursos Ordinarios, Funcion 05: proteccion y prevision social, Programa 014: promocion y asistencia social y comunitaria, Subprograma 0049: promocion y asistencia social, Actividad 1.000588: programa del vaso de leche, del presupuesto institucional ano fiscal 2007. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la oficina de secretaria general de la Municipalidad Distrital de Calamarca, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, asi como remitir a la Contraloria General de

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