Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340163

Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario siendo su finalidad el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion, en ese sentido se hace necesario dictar normas a fin de sancionar las conductas antisociales y vandalicas; Estando a lo expuesto por los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 con el MORDAZA mayoritario de los regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta se emite la siguiente: ORDENANZA PARA SANCIONAR EL VANDALISMO O CONDUCTAS QUE AFECTEN A CIUDADANOS O AL PATRIMONIO DURANTE LOS JUEGOS DE CARNAVALES Articulo 1º.- PROHIBIR los juegos de carnavales en la via publica que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandalicas y que afecten la integridad fisica y/o patrimonio de los ciudadanos. Articulo 2.- Aplicar una sancion equivalente a 0.05 UIT vigente por actos y conductas vandalicas y/o que afecten la integridad fisica y/o el patrimonio, a quienes practiquen juegos de carnavales en la via publica que MORDAZA intervenidos por la Autoridad Municipal a solicitud de los terceros afectados. Articulo 3º.- En el caso de menores de edad, los acreedores a la sancion seran los padres o tutores. Articulo 4º.- Incluir en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS) la sancion correspondiente descrita en el articulo 2º. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 28863-2

Que, el articulo 44º de la Ley Nº 26497 ­ Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil ­ RENIEC, establece los actos que son inscribibles en el Registro de Estado Civil y que mediante Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF publicada con fecha 11.04.1996 en el Diario Oficial El Peruano, se delegaron a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las municipalidades la facultad de inscribir los actos senalados en los incisos a),b),c), e) i),l) m), n), o) y q) de la Ley Nº 26497. Que, con Resolucion Jefatural Nº 1145-2005-JEF/ RENIEC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18/11/05, RENIEC revoca las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Articulo 44 de la Ley Nº 26497 conferidas a la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Asimismo, dispone la reincorporacion de la Oficina del Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad al RENIEC MORDAZA que comprende el acervo documentario. Que, en este contexto, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, solo esta facultada para realizar la celebracion de matrimonios civiles, por tanto, los procedimientos administrativos consignados en el primer considerando del presente Decreto, resultan inexigibles por lo que deben quedar sin efecto. Que, el Articulo 38º numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 prescribe que: " Una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, conforme a la Constitucion , segun el nivel de gobierno respectivo". Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley de Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldia, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando al Informe Nº 125-2007-OAJ-MSS, de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades establecidas en el Numeral 6, del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades DECRETA: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO, los procedimientos administrativos del MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 70-MSS, publicado el 17 de junio del 2001, respecto a la Unidad de Registro Civil, cuyos procedimientos son: "1-01- Inscripcion de nacimiento ordinaria, 1-02 Inscripcion de defuncion ordinaria, 1-03 Inscripcion judicial de partida de nacimiento, defuncion y matrimonio, 1-04 Inscripcion de matrimonio realizado en el extranjero dentro de los 90 dias al retorno al MORDAZA, 1-06 Anotaciones marginales, 1-08 MORDAZA certificada de partida de nacimiento, matrimonio y defuncion, 1-09 MORDAZA certificada de documentos del archivo de registros civiles, 1-10 Legalizacion de documentos, 1-11 Certificado de solteria y viudez, 1-12 Constancias certificadas por diferentes conceptos, 1-13 Constancias de no inscripcion de nacimientos, 1-17 Retiro de documentacion de expedientes y/o documentos declarados en abandono". Articulo Segundo.- RATIFICAR la vigencia de los siguientes procedimientos administrativos: "1-5 Celebracion de matrimonio civil, 1-07 Dispensa de publicacion de edictos matrimoniales, 1-14 Publicacion de edictos matrimoniales tramitados en otros municipios, 1-15 Postergacion de fecha del matrimonio (dentro de los 30 dias calendarios) y 1-16 Retiro de expediente matrimonial. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, Dejandose sin efecto cualquier otra MORDAZA legal que se oponga a la presente. Articulo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Oficina de Secretaria General y Unidad de Tramite Documentario y Archivo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 29078-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-DA-MSS. MORDAZA de MORDAZA, 15 de febrero de 2007 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 70-MSS publicada el 17/06/01, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, estableciendo para la Unidad de Registros Civiles, los siguientes: procedimientos administrativos: "1-01- Inscripcion de nacimiento ordinaria, 1-02 Inscripcion de defuncion ordinaria, 1-03 Inscripcion judicial de partida de nacimiento, defuncion y matrimonio, 1-04 Inscripcion de matrimonio realizado en el extranjero dentro de los 90 dias al retorno al MORDAZA, 1-06 Anotaciones marginales. 1-08 MORDAZA certificada de partida de nacimiento, matrimonio y defuncion, 1-09 MORDAZA certificada de documentos del archivo de registros civiles, 1-10 Legalizacion de documentos, 1-11 Certificado de solteria y viudez, 1-12 Constancias certificadas por diferentes conceptos, 1-13 Constancias de no inscripcion de nacimientos, 1-17 Retiro de documentacion de expedientes y/o documentos declarados en abandono".

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