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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (21/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de febrero de 2007 340159 Que, el Reglamento de la Ley N° 27314 – Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. N° 057-2004-PCM señala en su Art. 8°, inciso 2, numeral a), que corresponde a las municipalidades distritales asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, se ha podido observar dentro del distrito de Magdalena del Mar, la proliferación de personas que se dedican informalmente a la recolección y transporte de residuos sólidos y líquidos de origen comercial, domiciliario y afi nes, lo que atenta contra el ornato y la limpieza de la ciudad; Que, mediante Ordenanza N° 024-MDMM se aprobó el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Magdalena del Mar, el mismo que se encuentra vigente de acuerdo a la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza N° 182-MDMM – Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad de Magdalena del Mar; Que, por lo tanto resulta necesario adecuar de modo progresivo el Cuadro de Infracciones y Sanciones precitado, acorde con la realidad de la jurisdicción, con la fi nalidad de garantizar el cumplimiento de las disposiciones y normas municipales y asegurar el principio de autoridad del distrito; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- Queda prohibido dentro de la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar, la circulación de triciclos, bicicletas y similares que contengan como carga residuos sólidos o residuos en estado líquido. Artículo Segundo.- Queda prohibido dentro de la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar, la selección de residuos sólidos en la vía pública. Artículo Tercero.- Modifíquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Ordenanza N° 024-MDMM, vigente de conformidad a lo establecido en la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM, agregándose los siguientes códigos de infracción: LIMPIEZA (19000) COD INFRACCIÓN MULTA (% de la UIT)OTRAS SANCIONES 19018 Circular por la vía pública transportando residuos sólidos o líquidos en triciclos, bicicletas o vehículos similares10 La retención y el internamiento del triciclo, bicicleta o vehículo similar COD INFRACCIÓN MULTA (% de la UIT)OTRAS SANCIONES 19019 Seleccionar residuos sólidos en la vía pública10 Decomiso de los implementos utilizados y del producto COD INFRACCIÓN MULTA (% de la UIT)OTRAS SANCIONES 19020 Por usar los inmuebles, como depósitos de reciclaje y/o para realizar actividades de reciclaje, sin autorización 100Artículo Cuarto.- Deróguense las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 29044-2 Modifican Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar ORDENANZA Nº 299-MDMM Magdalena del Mar, 16 de febrero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 03 de la fecha; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 27680, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, asimismo el numeral 16 del artículo 82° de la precitada Ley, establece dentro de las funciones específicas exclusivas que ejercen las municipalidades distritales, en materia de educación, cultura, deportes y recreación el impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local; Que, mediante la Ordenanza Nº 024-MDMM y modificatorias, la Municipalidad aprobó el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, el mismo que se encuentra vigente de conformidad con la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM que aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones; Que, siendo la política de la actual gestión municipal incentivar y promover las condiciones favorables para la preservación del entorno urbano, es necesario establecer los mecanismo que contrarresten el vertimiento excesivo e indiscriminado de agua en la vía pública, lo cual ocasiona su deterioro; Que, resulta necesario adecuar de modo progresivo el Cuadro de Infracciones y Sanciones acorde con la realidad de la jurisdicción, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las disposiciones y normas municipales y asegurar el principio de autoridad en el distrito; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente;