Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340157

Peruano, aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro Para Asignacion de Personal ­ CAP, de las entidades de la Administracion Publica, MORDAZA legal cuyo articulo 9º establece que "los cargos contenidos en el CAP son clasificados y aprobados por la propia entidad"; en tanto, en su numeral 9.1 considera que "en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demas entidades con dependencia funcional y tecnica con el Gobierno Nacional, la clasificacion de cargos es aprobada por los respectivos Ministerios"; finalmente, en el articulo 15º del mismo dispositivo, refiere que el CAP de los gobiernos regionales es aprobado mediante Ordenanza Regional. Que, desde la fecha de entrada en vigencia del citado Decreto Supremo hasta la promulgacion de la presente Ordenanza Regional han transcurrido mas de dos anos y medio, y solo han cumplido tres ministerios con aprobar los precitados clasificadores de cargo, razon por la cual se ha generado un vacio instrumental tecnico normativo que traba la actualizacion y modificacion de cualquier documento de gestion y cuyas consecuencias inmediatas, son: Documentos de gestion desactualizados, imposibilidad de adoptar acciones de personal, imposibilidad de culminar procesos de reordenamiento o reestructuracion organizacional, etc. Que, siendo el Consejo Regional la instancia que debe aprobar los citados documentos de gestion y ante la inexistencia de un instrumento de formulacion de los mismos, el MORDAZA organo colegiado regional al MORDAZA del articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, que establece las facultades para normar en asuntos de caracter general, de organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia, considera que debe subsanarse esta deficiencia administrativa en tanto los ministerios restantes cumplan con aprobar los aludidos clasificadores y estos MORDAZA concordantes entre ellos para una adecuada formulacion de los citados documentos de gestion en la jurisdiccion regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR el Clasificador de Cargos del Gobierno Regional de MORDAZA, el mismo que consta de seiscientos treinta y nueve (639) cargos inventariados y sus respectivas funciones basicas, los que en conjunto y contenidos en un documento unitario en noventa y cuatro (94) folios, forma parte integrante de la presente ordenanza regional. Articulo Segundo.- PRECISAR que el Clasificador de Cargos a que se refiere el articulo Primero de la presente disposicion regional, mantendra vigencia hasta en tanto todos los ministerios hayan culminado con aprobar los Clasificadores de Cargos de las correspondientes Direcciones Regionales Sectoriales, con la debida concordancia entre ellos para su adecuada aplicacion en la jurisdiccion del Gobierno Regional de Lambayeque. Articulo Tercero.- DECLARAR sin efecto legal alguno, la Ordenanza Regional Nº 029-2006-GR.LAMB/ CR que aprobo el Clasificador de Cargos de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, Proyecto Especial Olmos Tinajones ­ PEOT, MORDAZA Infantil "Virgen de la Paz" y Archivo Regional de MORDAZA, debiendo las citadas dependencias adecuar sus documentos de gestion al clasificador de cargos aprobado por el Articulo Primero de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado 28622-2

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen prorroga de vigencia del Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas aprobado por Ordenanza N° 269-MDB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2007-MDB Barranco, 16 de febrero del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El Informe Nº 005-2007-GAT/MDB, de fecha 16 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, respecto a la prorroga de la vigencia del Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza N° 269-MDB, de fecha 15 de enero del 2007, se establecio el Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas, con vigencia hasta el 2 de febrero del 2007; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 001-2007-MDB, de fecha 1 de febrero del 2007, se prorrogo la vigencia del Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas, aprobado por Ordenanza N° 269-MDB, hasta el dia viernes 16 de febrero del 2007; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de Barranco, otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Estando a lo informado, y ejerciendo las facultades conferidas por el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 269-MDB; y con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Gerencia Municipal; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer la prorroga de la vigencia del Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas, aprobado por la Ordenanza Nº 269-MDB, hasta el dia viernes 23 de febrero del 2007. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Subgerencia de Tesoreria y Unidad de Estadistica e Informatica, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Por Tanto: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 28794-1

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Amplian vigencia de la Ordenanza Nº 222-2007/MDB-CDB, sobre pago del Impuesto Predial y Arbitrios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2007-DA/MDB Brena, 19 de febrero del 2007

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