Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340161

Que, de conformidad con la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, las Municipalidades estan facultadas para cobrar por el servicio de emision mecanizada actualizacion de valores, determinacion de Impuesto Predial y recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; en este sentido, se hace necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por dichos conceptos para el ejercicio fiscal 2007; Que, visto el Informe Nº 019-2007-JAT-GR/MSJL de fecha 2 de febrero del 2007, emitido por la Jefatura de Administracion Tributaria, que presenta la estructura de costos para la emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondientes al Impuesto Predial, incluida su distribucion a domicilio, para el ejercicio fiscal 2007, corresponde establecer como montos a cobrar por dichos conceptos los contenidos en dicho Informe; Que, la estructura de costos propuesta es la siguiente:
CONCEPTO MONTO (Nuevos Soles) 10,000.00

correspondientes al Impuesto Predial, incluida su distribucion a domicilio, para el ejercicio fiscal 2007 Articulo Segundo.- Fijese en S/.6.00 (Seis y 00/100 Nuevos Soles) el importe anual que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuesto y recibos de pago correspondientes al Impuesto Predial, incluida su distribucion a domicilio, para el ejercicio fiscal 2007, asi mismo, fijese en S/.2.00 (Dos con 00/100 Nuevos Soles) dicho derecho, por cada predio adicional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y dependencias a su cargo, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Autoricese al MORDAZA para que dicte las medidas necesarias y suficientes, via Decreto de Alcaldia, para la mejor implementacion de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 27984-1

Ingreso de Informacion y otros · Actualizacion de Valores Unitarios · Ingreso de valores arancelarios · Ingreso de depreciaciones · Revision, muestreo y control de calidad Calculo y determinacion de Impuesto Predial Recibos de pagos Distribucion a domicilio (tercerizado) Adquisicion de planos arancelarios Emision mecanizada Papel continuo Papel MORDAZA Remuneraciones (176 Millares x S/.70 cada Millar) (50 Millares x S/.23 cada Millar)

8,000.00 10,000.00 112,000.00 1,980.00 219,800.00 12,320.00 1,150

Regulan simplificacion del procedimiento para la expedicion de MORDAZA de posesion y reduccion de costos para los pobladores que se encuentran dentro de los alcances de la Ley Nº 28687
ORDENANZA Nº 103 San MORDAZA de Lurigancho, 10 de febrero de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTOS; el Oficio Nº 045-2007-GM/MSJL de la Gerencia Municipal, remitiendo el Informe Nº 029-2007-JDIDEL/GPD/ MSJL de la Gerencia de Planificacion del Desarrollo, el Informe Nº 060-2007-GAJ/MSJL de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 012-2007-GDU/MSJL de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, e Informe Nº 042-2007-JGTYC/GDU de la Jefatura de Gestion del Territorio y del Catastro; y, CONSIDERANDO: Que, las Empresas Prestadoras de Servicios como parte de los requisitos para poder atender los requerimientos de la poblacion sin saneamiento fisicolegal, sugieren que se expida una MORDAZA de posesion, teniendo en cuenta que no se puede atender, en la mayoria de los casos, porque no cumplen con los requisitos considerados en el MORDAZA de la jurisdiccion y que de acuerdo al Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda en su articulo 31º senala: "Las empresas prestadoras de servicios publicos a merito del certificado o MORDAZA de posesion, otorgaran la factibilidad de servicios a los titulares de dichos documentos, para lo cual presentaran: su solicitud acompanada de la MORDAZA o certificado de posesion y el plano simple de ubicacion del inmueble"; Que, la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos de fecha 17 de marzo del 2006, en su Titulo III, Facilidades para la Prestacion de Servicios Basicos en sus Articulos 24º, 25º, 26º y 27º y su Reglamento del Titulo I de la Ley Nº 28687 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-VIivenda, referido a "Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares" en la cual se establece la facultad de las Municipalidades de otorgar certificados de posesion para que las posesiones informales puedan acceder a Servicios Basicos, sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular";

· Personal estable (10 personas) (S/.2,000 c/u x 12 meses)
· Servicios no personales · 10 personas local central 84,000.00 (S/.700 x 12 meses) · 5 personas Agencia 1 42,000.00 (S/.700 x 12 meses) · 3 personas Agencia 2 16,800.00 (S/.700 x 8 meses) · 3 personas Agencia 3 16,800.00 (S/.700 x 8 meses) Mobiliario (Adquisicion y mantenimiento) Equipos (Adquisicion y mantenimiento)

240,000.00 159,600.00

15,000.00 15,000.00 40,000.00 5,000.00 18,000.00 867,850.00

Sistema (Implementacion del Sistema de Rentas y MORDAZA Cableado Mantenimiento permanente del Sistema TOTAL Concepto Cuponeras Total de Unidades a emitir

140,000

Estando a lo MORDAZA expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por MORDAZA MAYORITARIO, con dispensa del tramite y lectura del acta, la siguiente norma: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS DERECHOS DE EMISION MECANIZADA, ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL Y RECIBOS DE PAGO CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL 2007 Articulo Primero.- Apruebese la estructura de costos presentada por la Jefatura de Administracion Tributaria, mediante Informe Nº 019-2007-JAT-GR/MSJL de fecha 2 de febrero del 2007, para la emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago

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