Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2007 (05/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2007 348488 POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de junio del 2007, el Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de Bene fi cio de Regularización Tributaria, INFORME Nº 212-2007 GAT-MDLP emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, INFORME Nº 174-2007 GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 194º reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, así mismo se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas; Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma IV del Título Preliminar el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, “Los Gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos, licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el segundo párrafo del artículo 41º del TUO del Código Tributario establece que “excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, los intereses y las sanciones respecto de los tributos que administra”; Que, el Art. 52º del TUO del Código Tributario, dispone “que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne”; Que, la política de la actual Gestión Municipal, está orientada a velar por el saneamiento y actualización de los estados de cuentas de sus contribuyentes y responsables, en la línea de fomento de bienestar Distrital, procurando dictar las medidas que permitan la solución de la problemática planteada, actuando con equidad y tomando en consideración la situación económica que se atraviesa a nivel nacional, ofreciendo a nuestros vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto la presente gestión municipal tiene sentada sus bases en una justa, humana y e fi ciente administración; Que, según información proporcionada por la Subgerencia de Control y Recaudación con Informe Nº 652-2007-SGCYR-GAT-MDLP, la base de datos de Rentas registra saldos por cobrar al 18-6-2007; Que, mediante INFORME Nº 212-2007-GAT/MDLP la Gerencia de Administración Tributaria presenta el Proyecto de Ordenanza sobre Bene fi cio de Regularización Tributaria; Que, mediante Informe Nº 174-2007GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de acuerdo al Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, es menester elevarlo al Concejo Municipal para su aprobación; Que, mediante OFICIO Nº 521-2007-ALC-MDLP se remite la documentación antes señalada a la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto para el pronunciamiento respectivo; Que, mediante OFICIO Nº 054-2007 COM.ADM.E.P./ SR/MDLP, la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto remite al Despacho de Alcaldía, el Dictamen respectivo; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º,inciso 8, 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNÁNIME de los señores (as) regidores (as) JULIO ENRIQUE OBLITAS FERNANDEZ, JAVIER REYNALDO SANCHEZ MEDINA, MARIA ALEJANDRINA LARENAS CORNEJO, OSCAR ENRIQUE ULLOA CHIROQUE, LUIS ALBERTO SALINAS PEREZ, JUANA ELIZABETH DIAZ SANCHEZ DE CABALLERO, LUIS ENRIQUE ESTERRIPA SOTOMAYOR, ANA TORRES VDA. DE MORALES, MAXIMO ALBERTO CONCHA AREVALO, con la dispensa de lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente:ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Artículo Primero.- Otórguese al bene fi cio de Regularización Tributaria en la jurisdicción del distrito de La Perla, a todos los contribuyentes que tengan adeudos por concepto del Impuesto Predial y arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo, de períodos anteriores al año 2007, conforme a los términos y disposiciones de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- El bene fi cio otorgado para deudas de Impuesto Predial, comprende la condonación del interés moratorio, cualquiera sea el estado en que se encuentre la cobranza. En el caso de fraccionamientos la condonación del interés moratorio se hará sobre las cuotas pendientes del pago. Artículo Tercero.- El bene fi cio para el caso de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y serenazgo de los años 2003, 2004 y 2005 comprende la condonación de los intereses moratorios y el 25% de descuento sobre el monto insoluto de la deuda. Quienes hubieran fraccionado la deuda tributaria podrán gozar del bene fi cio indicado por el saldo de la misma. Artículo Cuarto.- Los pensionistas que vengan gozando de la Deducción de la Base Imponible de 50 UIT de acuerdo a lo normado en el Art.19 de la Ley de Tributación Municipal y hayan declarado únicamente una casa-habitación, podrán cancelar su deuda de arbitrios de los años 2003, 2004 y 2005 sin el pago de intereses moratorios, y con el 50% de descuento sobre el monto insoluto de la deuda. Artículo Quinto.- Las deudas por concepto de arbitrios del año 2006 podrán ser canceladas sin interés moratorio. Articulo Sexto.- Los bene fi cios señalados en la presente Ordenanza se harán efectivos siempre y cuando la deuda sea cancelada al contado, o, se cancele por ejercicios fi scales completos. Artículo Sétimo.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y Subgerencia de Relaciones Públicas. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y terminará el 31 de julio del año 2007. Regístrese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 79409-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje del Secretario Técnico del Comité Provincial de Defensa Civil de Arequipa a Ecuador para asistir al Taller “Mapas de Amenaza” ACUERDO MUNICIPAL Nº 064-2007-MPA Arequipa, 26 de junio de 2007VISTA: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Provincial de Arequipa de fecha 25 de junio de 2007, la invitación del señor Paúl Rovers, Administrador del Proyecto Multinacional Andino: Geociencias para Comunidades Andinas (PMA:GCA), en la persona del Arq. Luis Francisco Ampuero Bejarano, Secretario Técnico del Comité Provincial de Defensa Civil de Arequipa, para que participe al Taller: “Mapas de Amenaza”, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito - Ecuador, desde el día 2 al 6 de julio de 2007; y,