Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2007 (05/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2007

· Leche evaporada entera en bolsa por 410 grs. a S/. 1.75 · Hojuela de Quinua enriquecida con cereales, vitaminas y minerales por bolsa de 500 grs. a S/. 2.25 c) Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. d) Tiempo de Exoneracion: Hasta noventa (90) dias. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, remitiendo a la Contraloria General de la Republica MORDAZA del presente Acuerdo asi como los informes tecnicos y legales sustentatorios, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo dispone el Art. 20º Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Derivar el presente Acuerdo de Concejo al organo de Control Institucional, para que determine la responsabilidad, si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaracion en situacion de desabastecimiento inminente. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas y Sub. Gerencia de Logistica y Margesi de Bienes, el cumplimiento estricto del presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 79577-1

del Estado, el cual senala que las Bases de los procesos deberan contener las condiciones minimas senaladas en el articulo 25° de la Ley. Adicionalmente, debera consignarse el valor referencial, senalando los montos minimos y maximos admisibles establecidos en el articulo 33° de la Ley; Que, en el presente caso, corresponde declarar la nulidad del MORDAZA, conforme lo establece el MORDAZA parrafo del articulo 57° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mismo que senala que el titular de la entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion, por las mismas causales previstas en el parrafo anterior, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato (...), en razon de lo cual resulta procedente, en este estado de MORDAZA, la emision de la Resolucion de Alcaldia que declare la nulidad del mismo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que confiere a la Alcaldia la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la NULIDAD del MORDAZA de seleccion efectuado mediante Concurso Publico N° 0001-2007-MPL destinado a la Contratacion de Servicios de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y Maleza, en consecuencia RETROTRAER el MORDAZA a la etapa de elaboracion de bases. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Comite Especial designado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 262-2007MPL el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo primero. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponga las acciones correspondientes para determinar las responsabilidades a que hubiera lugar de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 80068-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Declaran la nulidad del MORDAZA de Seleccion - Concurso Publico N° 00012007-MPL
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 350-2007-MPL Pueblo Libre, 3 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Informe No. 001-07-MPL-CE del Comite Especial del Concurso Publico N° 0001-2007-MPL destinado a la Contratacion de Servicios de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y Maleza y el Informe No. 133-2007-MPL-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica en relacion al Concurso Publico N° 0001-2007-MPL destinado a la Contratacion de Servicios de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y Maleza; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 001-2007-MPL-CE del Comite Especial del Concurso Publico N° 00012007-MPL destinado a la Contratacion de Servicios de Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos y Maleza, en las bases del referido MORDAZA de seleccion existe una incongruencia en el valor referencial senalado en dos puntos de las bases, toda vez que en el acapite 1.4 convocatoria se senala como valor referencial S/.4'619,520.00, mientras que en el acapite 2.4 caracteristicas especificas del MORDAZA se precisa que el valor referencial es S/.4'619,501.64; Que, esta diferencia implica que no se puede conocer el correcto valor referencial, lo cual es un requisito fundamental para la validez del MORDAZA, toda vez que distorsiona los limites maximos y minimos de las propuestas economicas y, eventualmente, podrian alterar los resultados del proceso; Que, al no conocer con certeza el valor referencial se contraviene las normas que regulan el MORDAZA de seleccion en especial las contenidas en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen erradicacion, clausura y prohibicion de otorgamiento de licencias de funcionamiento a establecimientos que se dedican al procesamiento, recoleccion, acopio y distribucion de residuos solidos, incluidos locales clandestinos
ORDENANZA Nº 0010-2007/MDSA MORDAZA MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la Ley General de Residuos Solidos establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestion y manejo de los residuos solidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujecion a los principios de minimizacion y prevencion de riesgos ambientales

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