Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2007 (05/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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de junio del 2007, ante el Dictamen Nº 001-2007-COAAPMADC-CR, de la Comision Ordinaria de Agricultura, Areas Protegidas y Medio Ambiente; CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano, asume una responsabilidad tutelar de garantizar a la poblacion el derecho a la MORDAZA, salud, integridad fisica y al desarrollo pleno de la persona como individuo social, para lo cual se deben establecer una serie de mecanismos orientados a cumplir y salvaguardar dichos derechos; Que, en ese contexto mediante Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias aprobadas por los Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905, se origino el Sistema Nacional de Defensa Civil ­ SINADECI, con la finalidad de proteger a la poblacion, previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada y asegurando su rehabilitacion en caso de desastres o calamidades de toda indole, cualquiera sea su origen; Que, asi se constituyo el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, como el organo central, rector, conductor y coordinador de las acciones de Defensa Civil a nivel nacional; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion que se viene desarrollando en nuestro MORDAZA, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, que el articulo 61º incisos a), b), c), d) y e) precisa las funciones en materia de Defensa Civil que les compete a los Gobiernos Regionales, entre ellas: la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales. Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil. Organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas. Promover y facilitar la formacion y equipamiento de Companias de Bomberos Voluntarios en la region. Promover y apoyar la educacion y seguridad vial; Que, como se advierte, la citada MORDAZA acotada en su literal b) sostiene que el Gobierno Regional dirige el Sistema Regional de Defensa Civil (SIREDECI), es decir se debe avocar a la labor conductora de los procesos que comprende la tematica de Defensa Civil en la jurisdiccion regional, accion que debe ser ejecutada en el MORDAZA de la ley con respecto de la autonomia y los niveles de competencia inherentes al SINADECI; Que, es por ello, que mediante Resolucion Jefatural Nº 0375-2005-INDECI/20.0, se aprobo la Directiva Nº 022-2005-INDECI "Lineamientos y Normas para el Funcionamiento del SIREDECI en los Gobiernos Regionales", instrumento normativo de alcance para los Gobiernos Regionales, que esta orientado a guiar, facilitar y orientar las decisiones de base en los aspectos estructurales, organizativos y operativos, dentro del rol de conduccion del SIREDECI, en el MORDAZA general del SINADECI; Que, asi, de la interpretacion del literal a) del numeral 8 de la Directiva Nº 022-2005-INDECI, se desprende que los Lineamientos y Normas de Funcionamiento del Sistema Regional de Defensa Civil que los Gobiernos Regionales estableceran se efectuaran, a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad al procedimiento pertinente establecido; Que, siendo esto asi, se hace necesario que el Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Ordenanza Regional, apruebe los lineamientos generales de la politica y normas que orienten al Gobierno Regional de MORDAZA, en la ejecucion de las acciones de competencia del Sistema Regional de Defensa Civil ­ SIREDECI MORDAZA, debiendo, en MORDAZA, institucionalizar el SIREDECI LIMA; Que, estando a lo acordado por unanimidad, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el dia 1 de junio del 2007, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, y Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, ha emitido la siguiente ordenanza que; ORDENA: Articulo Primero.INSTITUCIONALIZAR EL SISTEMA REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE MORDAZA

(SIREDECI LIMA), el mismo que estara integrado por los representantes de las siguientes instituciones: · Gobierno Regional de MORDAZA, como ente rector del SIREDECI LIMA. · Comite Regional de Defensa Civil, como ente ejecutivo permanente. · Los Comites Provinciales, Distritales y de los Centros Poblados de su jurisdiccion. · Las oficinas de Defensa Civil del nivel regional, provincial, distrital y de los centros poblados. La Oficina Regional de Defensa Civil de MORDAZA, depende funcionalmente del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, sin perjuicio de la ubicacion que ocupa en la estructura organica del Gobierno Regional y de la dependencia organica a la cual pertenezca y es asumida por la Jefatura de la Oficina Regional de Defensa Civil. Articulo Segundo.- APROBAR los Lineamientos y Normas para el funcionamiento del SISTEMA REGIONAL DE DEFENSA CIVIL DE MORDAZA (SIREDECI LIMA), cuyo texto es parte integrante de la presente Ordenanza y consta de Antecedentes, Finalidad, Base Legal, Alcance, Vigencia, 06 Disposiciones Generales, 05 Disposiciones Especificas, Reconocimientos y Sanciones y 01 Disposicion Final y Complementaria. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Jefatura de la Oficina Regional de Defensa Civil, en su condicion de Secretaria Tecnica del Comite Regional de Defensa Civil, la implementacion de la presente Ordenanza, debiendo efectuar para ello las coordinaciones pertinentes. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y debera ser publicada, ademas, en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Lima. POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, al primer dia de junio del dos mil siete. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 79421-1

Nombran Comision Investigadora de la situacion de la Plaza Nº 57 del Concurso Publico I-2007 del Gobierno Regional y de diversas denuncias presentadas en el Sector Educacion
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 032-2007-CR/GRL MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El pedido del Consejero por la provincia de Oyon, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien solicita se conforme una Comision Investigadora sobre la situacion de la Plaza Nº 57 del Concurso Publico I-2007 del Gobierno Regional de Lima; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley Nº 27902, siendo sus atribuciones tal como lo dispone el inciso a) del articulo 15º de la referida ley, de aprobar,

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