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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2007 (05/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2007 348486 Nº 027-2003-VIVIENDA, en su Artículo 8º, señala que el Plan de Desarrollo Urbano es el instrumento técnico-normativo para promover y orientar el desarrollo urbano de cada asentamiento poblacional del ámbito provincial, en concordancia con el Plan de Acondicionamiento Territorial, estableciendo la zoni fi cación de usos del suelo urbano y su normativa, asimismo, señala en su Artículo 13º que el Concejo Provincial podrá aprobar las modi fi caciones al Plan de Desarrollo Urbano; Que, mediante Acuerdo Nº 000034 y Ordenanza Municipal Nº 000008, ambos del 31 de marzo del 2005, se aprobó la recti fi cación de la Zoni fi cación de la Mz. A de la Urb. La Taboadita, de OU a CE-R5, sin embargo, tal como se señala en el Informe Nº 027-2005-MPC-GGDU-GO de la Gerencia de Obras dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, en el Reglamento de Zoni fi cación de Usos de Suelo para la Provincia Constitucional del Callao, en Ítem que corresponde a la Clasi fi cación del Suelo por condiciones especi fi cas de uso, no se encuentra la Zoni fi cación CE-R5; Que, asimismo, en el Reglamento Nacional de Construcciones Título I Capítulo III no existe la Clasi fi cación de la Zoni fi cación CE-R5, debiendo indicarse solamente la Zoni fi cación CE y en los parámetros de esta zoni fi cación en el rubro de usos permitidos se indique: Comercial, Residencial, Industrial, Usos Especiales y dentro del Uso Residencial se deberá señalar que se permitirá el uso residencial de alta densidad R5, por lo que es necesario proceder a la recti fi cación correspondiente; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRECISA EL ARTÍCULO PRIMERO DE LA ORDENANZA Nº 00008 DEL 31 DE MARZO DE 2005, QUE LA ZONIFICACIÓN CORRESPONDIENTE A LA MZ. A, URBANIZACIÓN LA TABOADITA ES CE COMPATIBLE CON R5 1.- Precísase el artículo primero de la Ordenanza Municipal Nº 00008 del 31 de marzo de 2005, en el sentido que la zoni fi cación correspondiente a la Mz. A de la Urbanización La Taboadita es CE compatible con R5. 2.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. 3.- Queda vigente e invariable en todo lo demás que contiene la Ordenanza que por la presente se precisa. POR TANTO:Mando se registre, y publique.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 79743-1 Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 000029 que aprobó Régimen de Beneficios Tributarios y No Tributarios ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000032 Callao, 29 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 29 de junio de 2007, aprobó la siguiente;Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, las municipalidades como órganos del gobierno local tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, así como el Artículo 74º de esta norma rectora que dispone que los gobiernos locales pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción; Que, el Artículo II del Título Preliminar y el Artículo 9º inciso 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, sostienen que las corporaciones edilicias pueden crear modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 000029 de fecha 31 de mayo del 2007, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 1 de abril de 2007, se aprobó en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao, el Régimen de Bene fi cios Tributarios y No Tributarios denominado “Cumple con El Callao”, el mismo que comprende diversos bene fi cios para el cumplimiento de las obligaciones del Impuesto Predial, Impuesto Vehicular, Impuesto a la Alcabala, multas tributarias, fraccionamientos tributarios y arbitrios municipales al 31 de diciembre de 2006, así como las resoluciones de multas administrativas impuestas hasta dicho ejercicio; Que, mediante el Informe Nº 1066-2007-MPC-GGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, remite el proyecto de ordenanza municipal en virtud del cual se solicita considerar la prórroga a la Ordenanza Municipal Nº 000029 del 31 de mayo de 2007, hasta el 21 de julio del 2007, para su correspondiente publicación; Que, mediante el Informe Nº 671-2007 GGA-GGAJC/ MPC, de la Subgerencia de Asuntos Administrativos dependiente de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, se concluye que es procedente la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal que establece la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 000029 del 31 de mayo de 2007, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972 y en concordancia con el Artículo 41º del D.S. Nº 135-99-EF. Texto Único Ordenado del Código Tributario; Que, a la fecha es conveniente continuar dando facilidades a los contribuyentes a fi n que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago, por lo que es necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 000029 de fecha 31 de mayo, hasta el 21 de julio del 2007; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000029 QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS DENOMINADO “CUMPLE CON EL CALLAO”, HASTA EL 21 DE JULIO DEL 2007 1.Prorrógase la vigencia de los bene fi cios tributarios y no tributarios contemplados en la Ordenanza Municipal Nº 000029 de fecha 31 de mayo del 2007, hasta el 21 de julio del 2007. 2. Encárgase a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal y a la Gerencia de Relaciones Publicas la difusión de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO:Mando se registre y publique.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 79744-1 Disponen el embanderamiento de inmuebles ubicados en la Provincia Constitucional del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000024 Callao, 28 de junio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO