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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2007 348485 otras Industrias, comercios y servicios que no cuenten e incumplan con la debida compatibilidad de uso y zonifi cación de los usos del suelo (según la Ordenanza Nº 1025 de la Municipalidad Metropolitana de Lima) en el distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- Facultar al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía, emita las normas reglamentarias y complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Promoción a las Actividades Económicas, Comercialización, Defensa del Consumidor y la Sub gerencia de Obras Privadas, Control Urbano y Defensa Civil, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase.OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 79457-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Aprueban Ordenanza que otorga facilidades para el pago de deudas tributarias ORDENANZA Nº 088 EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MARPOR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en sesión de fecha 20 de junio del 2007, ha dado la siguiente: ORDENANZA POR LA QUE SE OTORGA FACILIDADES PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Artículo 1º.- Otórgase a los contribuyentes del distrito la condonación de los intereses que estuvieren adeudando a la Municipalidad, por haber incurrido en mora en el pago del Impuesto Predial y de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo. Artículo 2º.- El bene fi cio otorgado mediante el artículo anterior de esta ordenanza será de aplicación si los contribuyentes pagaran la totalidad de la deuda tributaria o celebraran convenios de fraccionamiento a más tardar el 31 de agosto del año en curso. Artículo 3º.- Al vencerse el plazo señalado en el artículo precedente, la O fi cina de Administración Tributaria informará al Alcalde el importe total de los pagos recibidos, los convenios de fraccionamiento celebrados y de los intereses que hubieran resultado condonados. Asimismo, iniciará las acciones de ejecución coactiva a quienes permanezcan como deudores pese a las facilidades otorgadas. Artículo 4º.- Derógase las ordenanzas distritales en cuanto se opongan a la presente. POR TANTO: En uso de las facultades señaladas en el inciso 5 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la promulgo a los veinte días del mes de junio del 2007. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 79324-1 Aprueban Ordenanza que autoriza el pago de deuda tributaria mediante la prestación de servicios ORDENANZA Nº 089 EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MARPOR CUANTO:El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en Sesión de fecha 20 de junio del 2007, ha dado la siguiente: ORDENANZA POR LA QUE SE ACEPTA EL PAGO DE DEUDA TRIBUTARIA MEDIANTE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Artículo 1º.- La Municipalidad de Santa María del Mar, de manera excepcional y cuando el monto de la deuda tributaria exceda de un décimo de Unidad Impositiva Tributaria (10% de UIT) puede aceptar el pago de la misma, mediante la prestación de servicios personales en las áreas de limpieza pública, parques y jardines y labores administrativas. Artículo 2º.- En el caso que el contribuyente ofrezca el pago de sus deudas tributarias mediante sus servicios personales, el Alcalde expedirá la resolución administrativa de aceptación o rechazo del ofrecimiento, previo informe de los responsables de las áreas correspondientes de la necesidad de contar con personal adicional para realizar labores en las áreas a que se re fi ere el artículo primero y el costo de las mismas. Artículo 3º.- La prestación de los servicios en pago de las obligaciones tributarias requiere la suscripción de un convenio entre el contribuyente y la Municipalidad, el que será suscrito, en representación de ésta, por el Gerente Municipal. Dicho contrato no genera relación laboral entre el contribuyente y la Municipalidad. Artículo 4º.- Deróganse las ordenanzas distritales en cuanto se opongan a la presente. POR TANTO:En uso de las facultades señaladas en el inciso 5 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la promulgo a los veinte días del mes de junio del 2007. Regístrese, comuníquese y cumpla.ÁNGEL RAÚL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 79323-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Precisan artículo de la Ordenanza Nº 00008 referente a rectificación de zonificación ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000030 Callao, 29 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 29 de junio de 2007, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano aprobado, por Decreto Supremo