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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2007 (05/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2007 348481 correspondientes, debiendo el titular de la entidad elevar los actuados al Concejo Municipal, a fi n que éste, en cumplimiento de lo dispuesto en el Inc. 23 del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, autorice al Procurador Público Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad inicie los procesos judiciales, contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano interno, haya encontrado responsabilidad Civil o Penal. Que, en uso de las facultades que con fi ere la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto mayoritario de los señores Regidores, con la dispensa del trámite de aprobación de Actas; SE ACUERDA:Artículo Primero.- IMPLEMENTAR las Recomendaciones emergentes del Informe Especial - Informe Nº 02-2007-2-2158, “Presuntas Irregularidades de Malversación de Fondos y Abuso de Autoridad”. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Procurador Público de la Municipalidad distrital de Lurín, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad inicie los procesos judiciales, contra las personas que el órgano de Control Institucional, ha encontrado indicios de responsabilidad Penal, por la presunta comisión de los delitos de Malversación de Fondos y Abuso de Autoridad, previstos y sancionados en los Arts. 389º y 376º respectivamente, del Código Penal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la secretaría General la Noti fi cación del Presente acuerdo, a la Contraloría General de la República y al Órgano de Control Institucional, así como su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Lurín, comunicar en forma oportuna a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Auditoría Interna los avances de la implementación correspondiente bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 79574-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 070 -2007-ML Lurín, 20 de junio del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍNVISTO:En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha en la sala de sesiones del local Municipal, bajo la presidencia del señor Alcalde, Juan Jorge Marticorena Cuba y con la asistencia de los señores Regidores Luis Cuya Silva, María Lau Bartra, Martín Apolaya Ayzanoa, José Zavala Manco, Mario Carrasco Bejar, Rosa Justiniano de Pineda, Elsa Andrade Vilca, Verónica Simpson Gonzáles y Adán Espinoza Martínez, el Informe Nº 443-2007-GDHYPV/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana y el Informe de la O fi cina de Asesoría Jurídica Nº 703-2007- GAJ/ML., referente a la Declaración de Desabastecimiento Inminente para la Contratación de Insumos del Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad de Lurín. CONSIDERANDO:Que, mediante el informe de vistos la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana informa la necesidad de Declarar en Desabastecimiento Inminente la Contratación de Insumos del Programa del Vaso de leche en la Municipalidad de Lurín, dado que el contrato complementario suscrito con fecha 14 de marzo del 2007 ha vencido el mismo que fue por un periodo que corre del 15 de marzo del 2007 al 15 de junio del mismo año. Que, del referido contrato se observa que conforme al cronograma contenido en la cláusula cuarta se desprende que la última entrega será el 15 de junio del 2007 y que los insumos a entregarse alcanzarían para atender a los bene fi ciarios sólo hasta el viernes 22 de junio, deviniendo en una situación de desabastecimiento inminente, actuando de conformidad con el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, la contratación materia de exoneración por desabastecimiento inminente implica que la propuesta a contratarse cumpla con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidas en las bases re fi riéndose a aquellas que se aplicarían en caso de haberse llevado el proceso de selección correspondiente. Que, al amparo de los artículos 19º inciso c) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, la Municipalidad Distrital de Lurín, como todas las entidades del Estado, se encuentran facultadas a declarar la situación de desabastecimiento ante la inexistencia de determinados bienes o servicios cuyo suministro es de esencial necesidad, quedando así exoneradas de la convocatoria al proceso de selección que corresponda, por un lapso de noventa días que el Concejo considera prudencial, dentro del cual se pueda materialmente proceder conforme a las disposiciones normativas que regulan las contrataciones y adquisiciones de esta Corporación. Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, ha cumplido con evacuar el Informe Nº 703-2007-GAJ/ML, informe legal mediante el cual considera necesario y factible la aprobación de la declaración de situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, para la Municipalidad de Lurín en atención a las consideraciones legales expuestas en el ítem anterior. Que, la aprobación de la exoneración de la causal de situación de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exención o liberación de responsabilidades conforme lo dispuesto en el art. 21º del D.S. N° 083-2004-PCM., por lo que corresponde derivar el presente Acuerdo de Concejo al órgano de control institucional, para que determine la responsabilidad si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaración en situación de desabastecimiento inminente. En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 39º y 41º de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Art. 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Que, en uso de las facultades que con fi ere la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto en Mayoría de los señores Regidores, con la dispensa del trámite de aprobación de Actas; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar la situación de Desabastecimiento Inminente, por espacio de hasta noventa (90) días, para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, para la Municipalidad de Lurín. Artículo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de Lurín, del proceso de selección de licitación pública , la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de leche, por la causal invocada en el artículo precedente, procediéndose a llevar a cabo el proceso de exoneración previsto en el art. 148° del Reglamento, conforme al siguiente detalle: a) Descripción del producto a adquirir:• 67,189.86 bolsas de Leche evaporada entera por 410 grs. • 26,875.94 Hojuela de Quinua enriquecida con cereales, vitaminas y minerales por bolsas de 500 grs. b) Valor Referencial: