Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2007 (05/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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correspondientes, debiendo el titular de la entidad elevar los actuados al Concejo Municipal, a fin que este, en cumplimiento de lo dispuesto en el Inc. 23 del Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, autorice al Procurador Publico Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad inicie los procesos judiciales, contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo interno, MORDAZA encontrado responsabilidad Civil o Penal. Que, en uso de las facultades que confiere la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores, con la dispensa del tramite de aprobacion de Actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.IMPLEMENTAR las Recomendaciones emergentes del Informe Especial Informe Nº 02-2007-2-2158, "Presuntas Irregularidades de Malversacion de Fondos y Abuso de Autoridad". Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Procurador Publico de la Municipalidad distrital de Lurin, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad inicie los procesos judiciales, contra las personas que el organo de Control Institucional, ha encontrado indicios de responsabilidad Penal, por la presunta comision de los delitos de Malversacion de Fondos y Abuso de Autoridad, previstos y sancionados en los Arts. 389º y 376º respectivamente, del Codigo Penal. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la secretaria General la Notificacion del Presente acuerdo, a la Contraloria General de la Republica y al Organo de Control Institucional, asi como su Publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Procurador Publico de la Municipalidad Distrital de Lurin, comunicar en forma oportuna a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Auditoria Interna los avances de la implementacion correspondiente bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 79574-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 070 -2007-ML Lurin, 20 de junio del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada en la fecha en la sala de sesiones del local Municipal, bajo la presidencia del senor MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores MORDAZA Cuya MORDAZA, MORDAZA Lau Bartra, MORDAZA MORDAZA Ayzanoa, MORDAZA MORDAZA Manco, MORDAZA MORDAZA Bejar, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Simpson MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Informe Nº 443-2007-GDHYPV/ML de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Ciudadana y el Informe de la Oficina de Asesoria Juridica Nº 703-2007GAJ/ML., referente a la Declaracion de Desabastecimiento Inminente para la Contratacion de Insumos del Programa del Vaso de Leche en la Municipalidad de Lurin. CONSIDERANDO: Que, mediante el informe de vistos la Gerencia de Desarrollo Humano y Participacion Ciudadana informa la necesidad de Declarar en Desabastecimiento Inminente la Contratacion de Insumos del Programa del Vaso de leche en la Municipalidad de Lurin, dado que el contrato complementario suscrito con fecha 14 de marzo del 2007

ha vencido el mismo que fue por un periodo que corre del 15 de marzo del 2007 al 15 de junio del mismo ano. Que, del referido contrato se observa que conforme al cronograma contenido en la clausula cuarta se desprende que la MORDAZA entrega sera el 15 de junio del 2007 y que los insumos a entregarse alcanzarian para atender a los beneficiarios solo hasta el viernes 22 de junio, deviniendo en una situacion de desabastecimiento inminente, actuando de conformidad con el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, la contratacion materia de exoneracion por desabastecimiento inminente implica que la propuesta a contratarse cumpla con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias establecidas en las bases refiriendose a aquellas que se aplicarian en caso de haberse llevado el MORDAZA de seleccion correspondiente. Que, al MORDAZA de los articulos 19º inciso c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, la Municipalidad Distrital de Lurin, como todas las entidades del Estado, se encuentran facultadas a declarar la situacion de desabastecimiento ante la inexistencia de determinados bienes o servicios cuyo suministro es de esencial necesidad, quedando asi exoneradas de la convocatoria al MORDAZA de seleccion que corresponda, por un lapso de noventa dias que el Concejo considera prudencial, dentro del cual se pueda materialmente proceder conforme a las disposiciones normativas que regulan las contrataciones y adquisiciones de esta Corporacion. Que, la Oficina de Asesoria Juridica, ha cumplido con evacuar el Informe Nº 703-2007-GAJ/ML, informe legal mediante el cual considera necesario y factible la aprobacion de la declaracion de situacion de Desabastecimiento Inminente la Adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, para la Municipalidad de Lurin en atencion a las consideraciones legales expuestas en el item anterior. Que, la aprobacion de la exoneracion de la causal de situacion de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de responsabilidades conforme lo dispuesto en el art. 21º del D.S. N° 083-2004PCM., por lo que corresponde derivar el presente Acuerdo de Concejo al organo de control institucional, para que determine la responsabilidad si las hubiera, de cada uno de los funcionarios y/o trabajadores que hayan causado la presente declaracion en situacion de desabastecimiento inminente. En uso de las atribuciones conferidas en el Art. 39º y 41º de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, el Art. 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en concordancia con el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Que, en uso de las facultades que confiere la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA en Mayoria de los senores Regidores, con la dispensa del tramite de aprobacion de Actas; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar la situacion de Desabastecimiento Inminente, por espacio de hasta noventa (90) dias, para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, para la Municipalidad de Lurin. Articulo Segundo.- Exonerar a la Municipalidad Distrital de Lurin, del MORDAZA de seleccion de licitacion publica , la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de leche, por la causal invocada en el articulo precedente, procediendose a llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion previsto en el art. 148° del Reglamento, conforme al siguiente detalle: a) Descripcion del producto a adquirir: · 67,189.86 bolsas de Leche evaporada entera por 410 grs. · 26,875.94 Hojuela de Quinua enriquecida con cereales, vitaminas y minerales por bolsas de 500 grs. b) Valor Referencial:

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