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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2007 350312 e) Administrar y Controlar el Fondo para Pagos en Efectivo y Cajas Chicas; f) Elaborar y evaluar los fl ujos de caja de ingresos; g) Efectuar las conciliaciones de Cuentas y Subcuentas Corrientes Bancarias; h) Efectuar pagos de acuerdo al Calendario de compromisos y mantener información actualizada. i) Llevar el control, registro y custodia de los valores, cartas fi anza u otros documentos de contenido monetario; j) Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeño de sus funciones; k) Coordinar y veri fi car con la Unidad de Contabilidad la información declarada en el PDT y realizar el pago de las obligaciones tributarias de la Entidad; l) Supervisar y Administrar la captación de ingresos de recursos directamente recaudados; m) Mantener actualizadas las fi anzas y garantías, así como controlar los fondos y valores dejados en custodia; n) Revisión de rendiciones de cuentas de Fondo para Pagos en Efectivo, viáticos y encargos, así como procesar las liquidaciones respectivas; o) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la O fi cina de Administración. DE LA UNIDAD DE CONTABILIDAD Artículo 38º.- De fi nición La Unidad de Contabilidad es la responsable de recibir, ejecutar y registrar las operaciones fi nancieras y presupuestales del COFOPRI. Esta unidad orgánica depende jerárquicamente de la Ofi cina de Administración. Artículo 39º.- Funcionesa) Organizar, programar y ejecutar los procesos que permitan obtener información fi nanciera y presupuestal para la toma de decisiones; b) Ejecutar la política y el procedimiento de integración contable, supervisar y controlar las operaciones fi nancieras y presupuestales en los registros correspondientes, mediante el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF, en las etapas administrativas-contables; c) Formular y suscribir los Estados Financieros y Presupuestales mensuales de la Entidad; d) Mantener actualizado el control fi nanciero de los activos fi jos, así como su valuación, depreciación y su conciliación con Control Patrimonial; e) Elaboración de los estados fi nancieros y presupuestarios conciliados a nivel pliego para ser presentados a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública; f) Revisar la documentación sustentatoria después de los procesos de adquisiciones de bienes y contratación de servicios y de los gastos que emitan las unidades orgánicas utilizando recursos de las diferentes fuentes del Estado; g) Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos que emiten los entes rectores del Sistema de Contabilidad; h) Realizar arqueos de fondos y valores de la Entidad; i) Conciliar e informar los gastos generados por la Entidad, en el Sistema Integrado de Administración Financiera - SIAF por las diferentes fuentes de fi nanciamiento; j) Proporcionar la información necesaria para la elaboración y pagos de los tributos y contribuciones; k) Participar en la toma de inventarios de activos fi jos y de almacén; l) Elaborar el informe de gestión económica y fi nanciera del Pliego; m) Proponer y actualizar los manuales y normas administrativas que se requieran para el mejor desempeño de sus funciones; n) Efectuar constantemente coordinaciones, con la Dirección General del Tesoro Público, Dirección Nacional de Presupuesto Público, Sistema Integrado de Administración Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección Nacional de Crédito Público o Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y la Dirección Nacional de Contabilidad Pública; o) Veri fi car y controlar el Sistema Contable (SISCON), en función de las operaciones contables que realiza el módulo del SIAF-SP; p) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la O fi cina de Administración. SUBCAPÍTULO II DE LA OFICINA DE SISTEMAS Artículo 40º.- De fi nición La O fi cina de Sistemas es la responsable de plani fi car, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con los planes del COFOPRI en lo que corresponde a tecnologías de la información y sistemas de información. Este órgano depende jerárquicamente de la Secretaria General. Artículo 41º.- Funciones a) Formular, desarrollar, evaluar e implementar proyectos, normas, procedimientos y actividades con la fi nalidad de difundir información e implementar el uso adecuado de tecnologías de la información y sistemas de información dentro del ámbito de acción de la Entidad, evaluando el cumplimiento de los objetivos y metas relacionadas con dichos planes; b) Desarrollar, implementar, administrar y actualizar los Sistemas Informáticos, Base de Datos y la página Web de la Entidad; así como la Intranet y Extranet Institucional; c) Diseñar, desarrollar y poner en funcionamiento los sistemas informáticos requeridos por la Entidad; d) Elaborar y actualizar los manuales del sistema y del usuario por cada sistema implementado; e) Supervisar y controlar el desarrollo de proyectos y/o aplicaciones cuyo desarrollo se ha asignado a terceros; f) Administrar, proponer y garantizar el normal funcionamiento de los sistemas de la Entidad, a nivel interno y externo, tanto en hardware como software; g) Supervisar y evaluar las propuestas técnicas, métodos y procedimientos para la aplicación de software actualizado en la elaboración y mantenimiento de la cartografía digital, base de datos catastral, Sistema de Información Geográ fi co y otros que propongan los Órganos de Línea; h) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Alta Dirección. SUBCAPÍTULO III DE LA OFICINA DE COORDINACIÓN DESCENTRALIZADA Artículo 42º.- De fi nición La O fi cina de Coordinación Descentralizada es la responsable de asegurar la adecuada coordinación técnica y la optimización del soporte administrativo de los órganos desconcentrados (O fi cinas Zonales) en el marco de las políticas y objetivos de la institución; para ello supervisa y evalúa el cumplimiento de las funciones y metas de los órganos desconcentrados, según la normatividad vigente. Este órgano depende jerárquicamente de la Secretaria General Artículo 43º.- Funciones a) Coordinar a nivel nacional las acciones referidas al proceso de formalización desarrollada por los órganos desconcentrados, de acuerdo con los lineamientos y normas establecidas por la Dirección Ejecutiva, la Secretaría General y los órganos de línea; b) Proponer a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto el Plan Operativo Anual (POA) de cada uno de los órganos desconcentrados; c) Supervisar y evaluar el cumplimiento de las metas institucionales programadas, informando pe riódicamente los logros alcanzados a la Dirección Ejecutiva y O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; d) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Alta Dirección.