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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2007 350315 de formalización de la propiedad en Urbanizaciones Populares, Programas de Vivienda del Estado, Privatización de Mercados, Conciliación, Comunidades Campesinas y Nativas. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Formalización Integral. Artículo 63º.- Funcionesa) Plani fi car, organizar, conducir y evaluar los procesos de formalización a su cargo, especialmente los que corresponden a Urbanizaciones Populares, programas de Vivienda del Estado, Mercados Públicos y otros que determinen las normas al respecto; b) Desarrollar las normas, especi fi caciones y recomendaciones técnicas para la realización de las actividades a su cargo, en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; c) Apoyar a las O fi cinas Zonales de en las acciones relacionadas con su competencia, en el ámbito urbano y rural, de los que son considerados como procesos especiales; d) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; e) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Dirección de Formalización Integral. DE LA SUBDIRECCIÓN DE DECLARACIÓN Y REGULARIZACIÓN DE LA PROPIEDAD Artículo 64º.- De fi nición La Subdirección de Declaración y Regularización de la Propiedad es la responsable de las actividades relacionadas a los procedimientos de declaración de la propiedad por prescripción adquisitiva de dominio y regularización del tracto sucesivo, reversiones, conciliación y otros que determine la normativa legal vigente, sea en el ámbito urbano o rural. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Formalización Integral. Artículo 65º.- Funcionesa) Plani fi car, organizar, conducir y evaluar los procesos de formalización a su cargo, especialmente los que corresponden a Prescripción Adquisitiva de Dominio, Tracto Sucesivo, Reversión, Conciliación y otros que determine la Dirección de Formalización Integral; b) Desarrollar las normas, especi fi caciones y recomendaciones técnicas para la realización de las actividades a su cargo, en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; c) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; d) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Dirección de Formalización Integral. SUBCAPÍTULO III DE LA DIRECCIÓN DE FORMALIZACIÓN INDIVIDUAL Artículo 66°.- De fi nición La Dirección de Formalización Individual es la responsable de plani fi car, organizar y conducir las acciones de empadronamiento, cali fi cación y titulación, según la normatividad vigente. Este órgano depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Artículo 67°.- Funcionesa) Plani fi car, organizar y conducir las acciones de empadronamiento, cali fi cación y titulación, según la normatividad vigente; b) Formular las normas, especi fi caciones y recomen- daciones técnicas para la realización de las actividades de empadronamiento, cali fi cación y titulación, cuando corresponda y en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; c) Coordinar con la O fi cina de Coordinación Descentralizada en las acciones descritas en el inciso b) del presente artículo;d) Difundir las normas y especi fi caciones técnicas para el empadronamiento, cali fi cación y titulación, en coordinación con la Direcciones respectivas; e) Asesorar a las O fi cinas Zonales en las acciones relacionadas con el empadronamiento, cali fi cación y la titulación; f) Coordinar con los demás órganos de línea y otras Entidades públicas y privadas las acciones relacionadas con el empadronamiento, cali fi cación y titulación; g) Formular propuestas técnicas, métodos y procedimientos para la aplicación de software especializado en las actividades que desarrolla en coordinación con la Ofi cina de Sistemas; h) Supervisar el cumplimiento de las especi fi caciones técnicas establecidas en cada una de las activi dades que desarrolla; i)Asesorar a la Dirección Ejecutiva y a las demás unidades orgánicas de la Entidad en los asuntos relativos a su competencia; j) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; k) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Alta Dirección. Artículo 68º.- Conformación La Dirección de Formalización Individual para el mejor desempeño y cumplimiento de sus funciones cuenta con el concurso y apoyo de las siguientes subdirecciones: • Subdirección de Empadronamiento, y • Subdirección de Cali fi cación. DE LA SUBDIRECCIÓN DE EMPADRONAMIENTO Artículo 69º.- De fi nición La Subdirección de Empadronamiento es la responsable de las acciones de promoción y empadronamiento, verifi cación, levantamiento de documentación, elaboración de expedientes individuales para la titulación e información requerida para el proceso de formalización de la propiedad. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Formalización Individual. Artículo 70º.- Funciones a) Proponer las recomendaciones técnicas y legales de promoción y empadronamiento, veri fi cación, levantamiento de documentación, elaboración de expedientes individuales para la titulación e información requerida para el proceso de formalización de la propiedad en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; b) Apoyar a las O fi cinas Zonales en el cumplimiento de las normas establecidas en el ámbito urbano y rural, en las acciones relacionadas con el empadronamiento, verifi cación, levantamiento de información y elaboración de expedientes individuales para la titulación. c) Coordinar y compatibilizar con los diferentes órganos estructurados las actividades inherentes a sus funciones; d) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; e) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Dirección de Formalización Individual. DE LA SUBDIRECCIÓN DE CALIFICACION Artículo 71º.- De fi nición La Subdirección de Cali fi cación es responsable de desarrollar las acciones de evaluación y cali fi cación de expedientes para la titulación individual dentro del proceso de formalización. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Formalización Individual. Artículo 72º.- Funcionesa) Proponer las recomendaciones técnicas y legales para la elaboración y cali fi cación de expedientes para la titulación individual requerida para el proceso de formalización de la propiedad en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo;