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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2007 (28/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2007 350313 CAPÍTULO VI DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA SUBCAPÍTULO I DE LA DIRECCIÓN DE CATASTRO Artículo 44º.- De fi nición La Dirección de Catastro es la responsable de plani fi car, organizar y conducir las acciones de levantamiento, conservación y actualización del Catastro con fi nes de formalización, según la normatividad vigente. Este órgano depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva. Artículo 45º.- Funciones a) Plani fi car, organizar y conducir las acciones de levantamiento, conservación y actualización del Catastro con fi nes de formalización, según la normativa vigente; b) Proponer las normas, especi fi caciones y recomen- daciones técnicas para la realización de las actividades de Fotogrametría, Topografía y Geodesia, Cartografía y Catastro, Sistemas de Información Geográ fi ca y procesamiento de imágenes satelitales con fi nes de formalización, en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; c) Coordinar con la O fi cina de Coordinación Descentralizada en las acciones relacionadas con el levantamiento, conservación y actualización del Catastro con fi nes de formalización; d) Conocer y resolver en primera instancia administrativa los procesos dentro de su competencia, conforme a los procedimientos administrativos que rigen el ejercicio de las competencias de la Entidad; e) Prestar y coordinar los servicios relacionados con el catastro con fi nes de formalización con los Gobiernos Locales, Entidades públicas y privadas; f) Investigar y formular propuestas técnicas, métodos y procedimientos para la aplicación de software actualiza-do en la elaboración y mantenimiento de la cartografía digital y la implementación del Sistema de Información Geográ fi ca con fi nes de formalización en coordinación con la O fi cina de Sistemas; g) Efectuar el seguimiento y hacer cumplir las especi- fi caciones técnicas establecidas en cada una de las actividades cartográ fi cas y catastrales con fi nes de formalización; h) Asesorar a los demás órganos y/o unidades orgánicas de la Entidad en los asuntos relativos a su competencia; i) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; j) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Alta Dirección. Artículo 46º.- Conformación La Dirección de Catastro para el mejor desempeño y cumplimiento de sus funciones cuenta con el concurso y apoyo de las siguientes subdirecciones: • Subdirección de Geodesia y Topografía, • Subdirección de Cartografía,• Subdirección de Catastro, y• Subdirección de Mantenimiento y Control de Calidad. DE LA SUBDIRECCIÓN DE GEODESIA Y TOPOGRAFÍA Artículo 47º.- De fi nición La Subdirección de Geodesia y Topografía es la responsable de desarrollar las actividades de levantamiento y de la representación de los predios, determinando su posición desde un punto sobre la super fi cie de la Tierra. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Catastro. Artículo 48º.- Funciones a) Desarrollar las normas, especi fi caciones y recomen- daciones técnicas para la realización de las actividades de Fotogrametría, Topografía y Geodesia con fi nes de formalización, en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo;b) Apoyar a las O fi cinas Zonales en las acciones relacionadas con la geodesia y topografía; c) Supervisar, controlar y hacer cumplir las especi- fi caciones técnicas establecidas en cada una de las activi- dades cartográ fi cas; d) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; e) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Dirección de Catastro. DE LA SUBDIRECCIÓN DE CARTOGRAFÍA Artículo 49º.- De fi nición La Subdirección de Cartografía es la responsable de elaborar los mapas y planos. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Catastro. Artículo 50º.- Funcionesa) Desarrollar las normas, especi fi caciones y recomen- daciones técnicas para la realización de las actividades de Cartografía, Sistemas de Información Geográ fi ca y procesamiento de imágenes satelitales con fi nes de formalización, en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; b) Apoyar a las O fi cinas Zonales en las acciones relacionadas con la Cartografía; c) Desarrollar propuestas técnicas, métodos y procedimientos para la aplicación de software actualiza-do en la elaboración y mantenimiento de la cartografía digital y la implementación del Sistema de Información Geográ fi ca con fi nes de formalización, en coordinación con la O fi cina de Sistemas; d) Supervisar, controlar y hacer cumplir las especi- fi caciones técnicas establecidas en cada una de las activi- dades cartográ fi cas; e) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; f) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Dirección de Catastro. DE LA SUBDIRECCIÓN DE CATASTRO Artículo 51º.- De fi nición La Subdirección de Catastro es responsable de desarrollar las actividades correspondientes al registro de mapas y planos con fi nes de formalización. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Catastro. Artículo 52º.- Funcionesa) Supervisar las acciones de la conservación del Catastro con fi nes de formalización, según la normativa vigente; b) Desarrollar las normas, especi fi caciones y recomen- daciones técnicas para la realización de las actividades de Catastro, Sistemas de Información Geográ fi ca y procesamiento de imágenes satelitales con fi nes de formalización, en coordinación con la Dirección de Normalización y Desarrollo; c) Apoyar a las O fi cinas Zonales en las acciones relacionadas con la conservación del Catastro con fi nes de formalización; d) Supervisar, controlar y hacer cumplir las especi- fi caciones técnicas establecidas en cada una de las activi- dades catastrales; e) Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia; f) Otras que le correspondan de acuerdo a ley o le encargue la Dirección de Catastro. DE LA SUBDIRECCIÓN DE MANTENIMIENTO Y CONTROL DE CALIDAD Artículo 53º.- De fi nición La Subdirección de Mantenimiento y Control de Calidad es la responsable de desarrollar el mantenimiento y control de calidad de las actividades relacionadas al levantamiento, conservación y actualización del catastro. Esta subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Catastro.