Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2007 (07/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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diez (10) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y no exceda de las veinticinco (25) UIT; y, d. otros determinados por el Fondo MIVIVIENDA S.A. Articulo 5º.- Entidad administrativa El Fondo MIVIVIENDA S.A. administrara y otorgara el BBP por medio de las empresas del sistema financiero. Articulo 6º.- Otorgamiento El BBP se otorga previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 4º, por medio de las entidades financieras previamente consideradas elegibles para el otorgamiento del credito MIVIVIENDA. El Fondo MIVIVIENDA S.A. establecera el mecanismo y el monto de desembolso de acuerdo con las caracteristicas y las modalidades de credito MIVIVIENDA que el Fondo MIVIVIENDA S.A. implemente en el mercado. Articulo 7º.- Financiamiento Son recursos para la asignacion del BBP los siguientes: a. Los recursos que le transfiera el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento al Fondo MIVIVIENDA S.A. en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y normas modificatorias. b. Otros aportes, inversiones y financiamiento que se obtengan del sector publico o privado y de la cooperacion nacional e internacional. c. Otras MORDAZA autorizadas por el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 8º.- Autorizacion Para la aplicacion de la presente Ley, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento queda autorizado a realizar transferencias financieras al Fondo MIVIVIENDA S.A. siguiendo el procedimiento establecido en el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y normas modificatorias. La referida transferencia se realiza con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 9º.- Responsabilidad fiscal Las transferencias financieras anuales que realice el sector publico a favor de los recursos del BBP no podran exceder los siguientes montos: 2007 Subsidio por BBP (S/. millones) 50 2008 60 2009 80 2010 101 2011 110

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros
69953-1

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa para prestar servicio especializado de ampliacion de sistema de energia electrica en el Centro de Produccion de Moscas de la Fruta de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL N 181-2007-AG-SENASA

La MORDAZA, 1 de junio de 2007 VISTOS: El Memorandum Nº 13/2007/AG-SENASA-OADULO-MANT, el Memorandum Nº 327-2007-AG-SENASAPRODESA/UEP y el Informe Nº 587-2007-AG-SENASAOAJ; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, creado mediante Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, es la autoridad nacional en sanidad agraria, en virtud de lo cual tiene la funcion, entre otras, de realizar acciones para prevenir la introduccion, establecimiento y diseminacion de plagas y enfermedades; controlarlas y erradicarlas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 161-2005-EF se aprueba una operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, destinada a financiar parcialmente el proyecto "Control y Erradicacion de la Mosca de la Fruta (Ceratitis capitata) en la Costa Peruana", cuyos terminos de Ejecucion se detallan en el Contrato de Prestamo Nº 1647/OC-PE; encontrandose dentro de las acciones necesarias para los objetivos del proyecto la produccion de moscas esteriles en el Centro de Produccion ubicado en la MORDAZA de Piura; Que, mediante Memorando Nº 327-2007-AGSENASA-PRODESA/UEP de fecha 29 de MORDAZA de 2007, la Unidad Ejecutora 002: PRODESA remite los Informes Tecnicos en los cuales se sustenta la necesidad de la contratacion de los servicios especializados de la empresa Electronoroeste S.A., en adelante ENOSA, para la ampliacion del sistema de utilizacion en media tension 22.9KV ­ 200KVA de Energia Electrica en el Centro de Produccion de Moscas de la Fruta de MORDAZA, adjuntando para ello el Memorandum Nº 13/2007/ AG-SENASA-OAD-ULO-MANT y el Memorandum Nº 280-2007-AG-SENASA-PRODESA-UEP, asi como los

DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y FINAL

UNICA.- Mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se dictaran las normas reglamentarias que resulten pertinentes en un plazo que no exceda de los treinta (30) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

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