Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2007 (07/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2007

Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, suscrito en MORDAZA el 25 de MORDAZA de 2001, aprobado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa N° 27827 del 22 de agosto de 2002, vigente desde el 25 de agosto de 2003; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA ESCARPITA, formulado por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra la salud publica ­ trafico ilicito de drogas en agravio del Estado Peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
69954-6 RESOLUCION SUPREMA N° 115-2007-JUS

del 16 de junio de 1936 y cuya vigencia se dio desde el dia 15 de MORDAZA de 1936; y lo dispuesto en el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder al pedido de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Vigesimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra el orden financiero y monetario ­ circulacion de billete falso, en agravio del Banco Central de Reserva del Peru; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Gobierno de la Republica de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
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Acceden a pedidos de extradicion pasiva de condenado y disponen su entrega al Gobierno de la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 116-2007-JUS

MORDAZA, 6 de junio de 2007 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 071-2007/COE-TC del 1 de junio de 2007, sobre la solicitud de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Vigesimo Primer Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 13 de marzo de 2007, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra el orden financiero y monetario ­ circulacion de billete falso, en agravio del Banco Central de Reserva del Peru (Exp. N° 21-2007); Que, mediante el Informe Nº 071-2007/COE-TC del 1 de junio de 2007, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion activa de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradicion vigente entre la Republica de MORDAZA y la Republica del Peru, suscrito el 5 de noviembre de 1932, aprobado por Resolucion Legislativa N° 8374, MORDAZA, 6 de junio de 2007 Visto; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 072-2007/COE-TC del 1 de junio de 2007, sobre la solicitud de extradicion pasiva del condenado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juez de Camara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Salta - Republica Argentina; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Consultiva de fecha 25 de MORDAZA de 2007, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion pasiva del condenado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el cumplimiento de la pena pendiente de ejecucion a el impuesta, tras haber infringido la Ley de Estupefacientes MORDAZA (Exp. N° 41-2007); Que, mediante el Informe Nº 072-2007/COETC del 1 de junio de 2007, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradicion pasiva del referido condenado; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el D. Leg. Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial

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