Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2007 (07/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de junio de 2007

De conformidad con la Ley N° 28927 MORDAZA citada, la Ley N° 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N° 28807 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Tarija, Republica de Bolivia, del 10 al 16 de junio de 2007, de los senores: MORDAZA MORDAZA Brandes MORDAZA, Director Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Llona MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mezarina, quienes prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representacion del MINCETUR participen en las reuniones a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 970.37 x 4) : US$ 3 881,48 Viaticos (US$ 200,00 x 6 x 4) : US$ 4 800,00 Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 4) : US$ 121,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunion a la que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo
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un organismo publico descentralizado del sector Comercio Exterior y Turismo, que ha asumido, por fusion con la antigua Comision de Promocion del Peru, las funciones de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las politicas y estrategias de promocion del turismo interno y receptivo, asi como de promover y difundir la imagen del Peru en materia de promocion turistica; Que, en cumplimiento de dichas funciones, se tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo "International Travel Exhibition - ITE", organizada por la empresa TKS Exhibition Services Ltd., a realizarse del 14 al 17 de junio de 2007, en la MORDAZA de Hong MORDAZA, Republica Popular China, dirigida a profesionales de turismo asi como operadores de turismo receptivo y agencias de viajes, companias de transporte, hosteleria y medios de comunicacion, participacion que permitira promocionar la imagen del Peru en el sector especializado de la actividad turistica; Que, por las razones expuestas, el Director Ejecutivo de PROMPERU ha solicitado que se autorice el viaje a la MORDAZA de Hong MORDAZA, Republica Popular China, de la senorita Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo, a fin de que desarrolle actividades vinculadas a la promocion turistica en la feria MORDAZA mencionada; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, con excepcion de los viajes que se efectuan para acciones de promocion de importancia para el Peru; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 003-2007MINCETUR y disposiciones complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Hong MORDAZA, Republica Popular China, del 11 al 19 de junio de 2007, de MORDAZA Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en la Gerencia de Turismo Receptivo de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, para que en representacion de la entidad participe en la Feria Internacional de Turismo "International Travel Exhibition - ITE", a realizarse en dicha ciudad. Articulo 2º.- Los gastos para el cumplimiento de la presente Resolucion se realizaran con cargo a los fondos del Pliego 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: - Viaticos (US$ 260 x 7 dias) : - Pasajes Aereos : - Tarifa Corpac : US$ 1 820,00 US$ 2 600,00 US$ 30,25

Autorizan viaje de representante de PROMPERU a la Republica Popular China para participar en la Feria Internacional de Turismo "International Travel Exhibition - ITE"
RESOLUCION SUPREMA Nº 082-2007-MINCETUR

MORDAZA, 6 de junio de 2007 Visto el Oficio Nº 436-2007-PROMPERU-EXP-DE del Director Ejecutivo de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU; CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, es

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el Articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, presentara al Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion.

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