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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (08/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 96

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2007 346750 de Alimentos para el Programa Vaso de Leche 2007 de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, por el plazo de cuarenta y cinco días, exonerando el proceso de selección, debiendo indicar que la adquisición la realizará la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos de esta comuna edilicia, según el procedimiento estipulado en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; c) que mediante O fi cio N° 941-2007/DOP/STEC, de fecha 30 de mayo del 2007, el Sr. Hugo Vallejos Campbell Director de Operaciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, llega a la conclusión siguiente: “que la Municipalidad Provincial de Ferreñafe debe mantener suspendida la tramitación del proceso de selección hasta que el Consejo Superior revise y otorgue, mediante comunicación formal, su conformidad, bajo sanción de nulidad y la consecuente determinación de responsabilidades, asimismo, señala que el Comité Especial debe sujetarse a lo señalado en el presente documento, debiendo postergar las fechas consignadas en el calendario de la página web del SEACE, haciéndole notar que lo resuelto por este organismo rector en materia de contratación pública constituye última instancia administrativa y, por tanto, es de obligatorio cumplimiento, de conformidad con lo previsto en el inciso c) del artículo 59 de la Ley”; d) que mediante Informe N° 054-2007-MPF/UA, de fecha 30 de mayo del 2007, el Jefe de la Unidad de Abastecimientos concluye informando que se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente la Atención del Programa Vaso de Leche 2007, de los productos leche cruda fresca de vaca y productos lácteos: avena, trigo, quinua y soya azucarada, por el plazo de tres meses, amparándose en los artículos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141º y 148º del Reglamento de la menciona Ley, esta modalidad conlleva a la exoneración de los procesos de selección para lo cual se tiene que cumplir con las siguientes formalidades: i) Informe Técnico – Legal a elaborarse por la Jefatura de la Unidad de Abastecimiento y Gerencia Legal; ii) Acuerdo del Concejo Municipal aprobando la declaratoria; iii) El Acuerdo Municipal es publicado en el Diario O fi cial “El Peruano”, dentro del plazo de diez días desde su emisión; iiii) copia del Acuerdo Municipal y el Informe Técnico Legal deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE; asimismo que la adquisición mediante este procedimiento legal u objeto de la exoneración del proceso de selección será realizada por la Unidad de Abastecimientos, según lo estipulado en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; e) que se debe dar fi el cumplimiento al O fi cio mencionado en el considerando 1.3 del presente informe, consecuentemente el calendario descrito en las Bases Administrativas tienen que ser modi fi cadas y reprogramadas, y prorrogar los plazos originales, asimismo debe cumplirse con suspender el proceso de selección hasta que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado revise y otorgue mediante comunicación o fi cial su conformidad bajo sanción de nulidad; f) que de acuerdo a lo establecido precedentemente se prevee un desabastecimiento de los productos materia del proceso, lo que conllevaría a una desatención de los bene fi ciarios del Programa Vaso de Leche, generando una problemática social, como consecuencia de una acción administrativa externa y ajena a la gestión municipal, cuya responsabilidad no alcanza a las áreas involucradas, por lo que resulta necesario se exonere del proceso de selección la adquisición de los alimentos del Programa Vaso de Leche por el plazo que de tres meses, en tanto se levanta la suspensión que ha ordenado CONSUCODE, para luego continuar con el proceso normal de adquisición mediante la Adjudicación Directa Pública N° 001-2007-MPF/PVL; g) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 21° del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que “situación de desabastecimiento inminente: se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”; h) que en aplicación del artículo mencionado líneas arriba, el Concejo Provincial de Ferreñafe, mediante Acuerdo de Concejo y teniendo como sustento el Informe Técnico de la referencia y el presente informe legal debe declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la atención del Programa Vaso de Leche, y de esta forma permitir adquirir los alimentos en forma inmediata; asimismo en aplicación de los artículos 19° y 20° de la norma de contrataciones se debe exonerar del proceso de selección, publicar dicho disposición municipal en el Diario O fi cial El Peruano, comunicar a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sobre lo antes mencionado; i) concluye opinando que resulta procedente que se eleve el Informe Nº 054-2007-MPF/UA, de fecha 30 de mayo del 2007, de la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos y el presente informe legal ante el Pleno del Concejo Provincial de Ferreñafe, afi n de que se tome el acuerdo de Declarar en Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Alimentos para el Programa Vaso de Leche 2007 de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, debiéndose publicar el acuerdo municipal que se adopte en el Diario Ofi cial El Peruano y comunicar al la Contraloría General de la República y a CONSUCODE; j) que se indique que la adquisición se realizará mediante el procedimiento legal u objeto de exoneración del proceso de selección por la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos de acuerdo a lo estipulado en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; previo el debate pertinente se tomó el acuerdo correspondiente; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 17º y artículo 41º la Ley Nº 27972, y a lo acordado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 31 de mayo del 2007, con la dispensa de lectura y aprobación de Acta; SE ACUERDA:Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la Adquisición de Alimentos para el Programa Vaso de Leche 2007 de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, por el plazo de tres (3) meses, exonerando el proceso de selección, debiendo indicar que la adquisición la realizará la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos de esta comuna edilicia, según el procedimiento estipulado en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Segundo.- REMITIR la presente disposición municipal, el Informe Nº 054-2007-MPF/UA, de fecha 30 de mayo del 2007, de la Jefatura de la Unidad de Abastecimientos y el Informe Legal Nº 0086-2007-ALE/ MPF, de fecha 31 de mayo del 2007, del Asesor Legal Externo a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación del presente acuerdo de concejo en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo la difusión del texto de la presente disposición municipal en la página web: www.muniferrenafe.gob.pe, en los paneles y vitrinas de nuestra comuna edilicia y realizar el perifoneo correspondiente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WILLIAM N. CABREJOS REQUEJO Alcalde 69422-1