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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2007 346746 deuda correspondiente al presente ejercicio, hasta el vencimiento de la 1era. Cuota. Articulo Cuarto.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, y establezca la prórroga de la misma. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARLOS S. LAZO RIOJAS Alcalde 69407-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban desafectación de uso público y asignación de zonificación de usos especial a la calle Fanning, Cuadra 0 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000026 Callao, 31 de mayo de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 31 de mayo de 2007; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 73 preceptúa que los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles, adicionando que los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares conforme a Ley para su aprovechamiento económico y en el artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en virtud del cual los concejos municipales tienen facultad normativa en dichos asuntos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 59 señala que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación arrendados o modi fi cado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo del Concejo Municipal; Que, la Ordenanza Municipal N° 000015 del 15 de setiembre de 2003, en el capítulo III, artículo 27, señala que mediante la desafectación cesa el uso público de un bien, sin que ello implique el cambio de titularidad de la propiedad del mismo; igualmente, el artículo 28 señala las causales de desafectación, especí fi camente en el inciso c), como consecuencia de que en los planes urbanos o estudios urbanos especiales, aprueben mediante Ordenanza del Concejo Municipal proyectos de Reestructuración o de Adecuación Urbana o de Renovación Urbana, que implique modi fi caciones en la estructura urbana existente y en el artículo 29 de la propia Ordenanza es más explícito y especí fi co, cuando señala que referente a las formalidades de desafectaciones en todo los casos, inclusive la de bienes de uso público, cuyos titulares sean las municipalidades distritales, se aprueban mediante Ordenanza Municipal expedida por el Concejo Municipal Provincial, con los dictámenes favorables de la Comisión de Población del Concejo Municipal Distrital donde se ubique el bien y en su caso, de la absolución y atención de las observaciones planteadas directamente, por los vecinos que se consideren afectados; Que, el Informe N° 027-2006-MPC-GGDU-DPUC- EEC, de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Urbano del 12 de diciembre del 2006 señala que la Municipalidad Distrital de La Punta ha acordado efectuar una permuta procediéndose a la desafectación del área indicada y que fi nalmente sea inscrita a favor de la Municipalidad de La Punta en los Registros Públicos del Callao, con un inmueble de igual área y características similares de propiedad de la Marina de Guerra del Perú; por lo que técnicamente no se han encontrado incongruencias en la inscripción y el grá fi co, las coordenadas UTM, están relacionadas a los vértices del polígono; Que, debido a la situación de terrorismo que sacudió el país, la Marina de Guerra del Perú, en resguardo de la seguridad del personal y bienes de esa institución, procedió a cerrar parte de la cuadra 0 de la Calle Fanning del Distrito de La Punta, situación que se mantiene hasta la fecha, a pesar de haberse extinguido las razones de seguridad que originaron tal medida lo que ha traído como consecuencia la interrupción del libre paso peatonal como vehicular por dicha calle, impidiéndose el libre acceso al Malecón Pardo; se puntualiza que la referida desafectación es un área 975.77 m2., concluída ésta, de acuerdo a Ley será inscrita a favor de la Municipalidad Distrital de La Punta en los Registros Públicos del Callao, hecho lo cual, dicha área municipal será permutada con un inmueble de igual área y similares características de propiedad de la Marina de Guerra del Perú, para luego la Municipalidad Distrital de La Punta construya una alameda peatonal que permitirá el acceso de los vecinos al Malecón Pardo por la calle Fanning; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial Municipal del Callao ha creado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y LA ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DE USOS ESPECIAL (UO) DEL ÁREA DE 925.77 Mt2. CORRESPONDIENTE A LA CALLE FANNING CUADRA 0 CONFORME A LOS PLANOS APROBADOS CONTENIDOS EN LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 023-2006-MDLP/ALC Y A LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 00015/2003 1. Apruébase la desafectación del Uso Público y la asignación de zoni fi cación de Usos Especiales (UO) del área de 925.77 m2., correspondiente a la Calle Fanning, Cdra. 0 conforme a los planos aprobados contenidos en la Ordenanza Municipal N° 023/2006-MDLP/ALC de la Municipalidad Distrital de La Punta. 2. Modifícase en lo pertinente, el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010. 3. Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao, dar cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 69805-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de estudio de abogados para la recuperación de deuda que mantiene PETROPERU con la Municipalidad ACUERDO N° 000101 Callao, 31 de mayo de 2007