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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (22/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2007 347661 SITIO ARQUEOLÓGICO DISTRITO PROVINCIA Huaca Florencia de Mora Florencia de Mora Trujillo Huaca Arco Iris (Huaca El Dragón) La Esperanza Trujillo Canal Vichansao La Esperanza Huanchaco El Porvenir Florencia de Mora LaredoTrujillo Trujillo Trujillo TrujilloTrujillo El Milagro Huanchaco Trujillo Complejo Alto de las Guitarras Poroto Trujillo Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura, la elaboración del expediente técnico de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 75351-1 Dejan sin efecto la R.D. Nº 726/ INC, modifican la R.D. Nº 196/INC y aprueban plano perimétrico de la zona arqueológica monumental Kuélap RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 694/INC Lima, 7 de junio de 2007 VISTO, el Informe Nº 368-2007-INC-DREPH/DA/ SDIC-JPRB de fecha 28 de marzo del 2007, de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 726/ INC de fecha 19 de junio de 2000, se declara Patrimonio cultural de la Nación a la zona arqueológica intangible del conjunto arqueológico de Kuélap, ubicada en el anexo de Kuélap, distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas y aprueba el expediente técnico que contiene la ficha técnica, memoria descriptiva y el plano de delimitación de la zona arqueológica intangible del conjunto arqueológico de Kuélap Nº INC/2000-012 de mayo del 2000; Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 196/ INC de fecha 2 de abril de 2003, se declara Patrimonio cultural de la Nación, entre otros, al sitio arqueológico Kuélap, ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas; Que, mediante Informe Nº 368-2007-INC-DREPH/ DA/SDIC-JPRB, de fecha 28 de marzo del 2007, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, comunica que ha realizado los trabajos topográ ficos y geodésicos en la zona arqueológica monumental Kuélap, ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, por lo que recomienda aprobar el expediente técnico; Que, mediante Acuerdo Nº 0197 de fecha 13 de abril de 2007 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente: - Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nacional Nº 726/INC de fecha 19 de junio de 2000; - Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 196/INC de fecha 2 de abril de 2003, en relación a la clasi ficación de sitio arqueológico Kuélap por zona arqueológica monumental Kuélap, de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, Título I, Artículo 2º y rati ficar los demás extremos de la misma; - Aprobar el plano perimétrico de la zona arqueológica monumental Kuélap, Cod. PP-011-INC_DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56, de fecha 16 de marzo de 2007, a escala 1/7500, con un área de 218.33 ha y un perímetro de 7812.74 m, ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Que, el inciso 1º del Artículo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti ficados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, el Director de Arqueología y el Director de la O ficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nacional Nº 726/INC de fecha 19 de junio de 2000, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 196/INC de fecha 2 de abril de 2003, en relación a la clasi ficación de sitio arqueológico Kuélap por zona arqueológica monumental Kuélap, de acuerdo al Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, Título I, Artículo 2º y rati ficar los demás extremos de la misma. Artículo 3º.- Aprobar el plano perimétrico de la zona arqueológica monumental Kuélap, Cod. PP-011-INC_DREPH/DA/SDIC-2007-PSAD56, de fecha 16 de marzo de 2007, a escala 1/7500, con un área de 218.33 ha y un perímetro de 7812.74 m, ubicado en el distrito de Tingo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) del plano señalado en el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Transcríbase la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 75351-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Desconcentran en el Intendente Nacional de Administración y en los Intendentes de Aduana la facultad de adjudicar bienes comisados RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 130-2007/SUNAT Lima, 21 de junio de 2007