Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347659

Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado, la colocacion de los valores a los que se refiere el presente articulo se podra efectuar en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados, de ser el caso, a partir de la fecha de recepcion de documentos a la que se refiere el articulo 14 literal b), numeral 1, del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 5º.- La aprobacion, inscripcion y el registro a que refieren los articulos 1, 2 y 3 de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 6º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Zinc Industrias Nacionales S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV, y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Direccion de Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 73049-1

Nacional de Cultura La MORDAZA, se reconoce como Sitios Arqueologicos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion a 61 sitios arqueologicos, que se ubican dentro de la jurisdiccion del departamento de La Libertad; Que, mediante Informe Nº 184-2007-INC/DREPH/DA/ SDIC-JARG, de fecha 19 de febrero de 2007, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, comunica que de la relacion de sitios arqueologicos reconocidos como integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion con Resolucion Directoral Nº 093, 10 sitios arqueologicos han sido declarados Patrimonio Cultural de la Nacion mediante Resolucion Directoral Nacional correspondiente; Que, mediante Informe Nº 179-2007-INC/OAJ de fecha 12 de marzo de 2007, el Abog. MORDAZA Buzzio Cordoba, Asesor Legal de la Oficina de Asuntos Juridicos, opina que se derive el expediente a la Direccion de Arqueologia a fin de que la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia proponga a la Direccion Nacional la declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion de los sitios que consideren pertinentes; Que, mediante Informe Nº 316-2007-INC/DREPH/DA/ SDIC-JARG, de fecha 16 de marzo de 2007, el Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Arqueologo de la Subdireccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia, recomienda que se declare Patrimonio Cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos siguientes:
SITIO ARQUEOLOGICO DISTRITO Complejo Cerro Grande Chicama Complejo Pampas de Jaguay Chicama Pampas de Cuculi Chicama San MORDAZA de MORDAZA Pacanga Coslachec (Cerro Chepen) Chepen Punta de Urricape San MORDAZA de Lloc MORDAZA de Urricape San MORDAZA de Lloc Complejo Cerro Faclo Chico MORDAZA Chao Cerro Tanguche Chao Tanguche (A, B, C) Quebrada Palo Redondo (A, B) Chao MORDAZA MORDAZA (A, B, C) Chao Chao Quebrada Cenicero (Ceniza, Portachuelo) Chao Chao Cerro Obrero (A, B, C, D) Complejo Las MORDAZA de Chao Cerro Alto Sarcope Guadalupito Cerro Culebras Guadalupito Cerro Coscomba Chico (A, B) Guadalupito Cerro de las MORDAZA Guadalupito Cerro Gallinazo Guadalupito Cerro Portachuelo (A, B, C) Guadalupito MORDAZA Coscomba (A, B) Guadalupito MORDAZA Corral (A, B) Guadalupito MORDAZA de MORDAZA Guadalupito MORDAZA MORDAZA MORDAZA Guadalupito Complejo Guadalupito (P, M) Guadalupito Muralla del MORDAZA Guadalupito El Gallinazo Guadalupito Cerro Urena Guadalupito Complejo Gallinazo MORDAZA Complejo de Saraque (Sarraque) MORDAZA Huancaco MORDAZA Huacas El Gallo y la Gallina MORDAZA MORDAZA de Tomabal MORDAZA Complejo de Queneto MORDAZA Cerro Bitin MORDAZA Viracochapampa Huamachuco Cerro MORDAZA Huamachuco Cerro Sazon Huamachuco Complejo Caballo Muerto Laredo Cerro Oreja Laredo Cerro MORDAZA Laredo MORDAZA Los Chinos Laredo Complejo MORDAZA MORDAZA ­ Quirihuac Laredo MORDAZA Las Estrellas Moche Alto Salaverry Salaverry Cerro MORDAZA Huanchaco Chicama PROVINCIA Ascope Ascope Ascope Chepen Chepen Pacasmayo Pacasmayo Pacasmayo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascope

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a sitios arqueologicos ubicados en el departamento de La MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 676/INC MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2007 VISTA, la Resolucion Directoral Nº 093 de fecha 5 de octubre de 1997, emitido por el Instituto Nacional de Cultura La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 093 de fecha 5 de octubre de 1997, emitido por el Instituto

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