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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2007 (01/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 1 de marzo de 2007 340721 Que mediante Resolución Ministerial Nº 139-2007/ MINSA, de fecha 13 de febrero de 2007, se dejó sin efecto las designaciones de los médicos cirujanos Fanny Wendy Choque Flores y Wilfredo Gerardo López Gabriel, en los cargos de Directores Ejecutivos de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas y Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud, respectivamente, en la Dirección de Salud IV Lima Este, dispuestas por la Resolución Ministerial Nº 021-2007/MINSA, de fecha 9 de enero de 2007, en consecuencia dichas plazas se encuentran vacantes; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Ricardo Aurelio Carreño Escobedo y designar a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso ii) del numeral 2. del artículo 4º de la Ley Nº 28927 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el médico cirujano Ricardo Aurelio CARREÑO ESCOBEDO, al cargo de Director de la O fi cina de Epidemiología de la Dirección de Salud IV Lima Este, Nivel F-3, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar en la Dirección de Salud IV Lima Este, a los profesionales que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Médico cirujano Carlos SOTO LINARESDirector de la O fi cina de Epidemiología F-3 Médico cirujano Jesús Abel SALAZAR FUERTESDirector Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y DrogasF-4 Cirujano dentista Carlos Alberto VERÁSTEGUI MATTOSDirector Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la SaludF-4 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 31766-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Disponen promover e incentivar en el Ministerio una cultura de respeto a la puntualidad en todas las dependencias del Sector RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2007-TR Lima, 28 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es la institución rectora de la Administración del Trabajo y la Promoción Socio Laboral, con capacidades desarrolladas para liderar la implementación de políticas y programas de generación y mejora del empleo, contribuir al desarrollo de las pequeñas y micro empresas, cuya visión es ser una institución pública moderna, líder en la Promoción y Generación del Empleo Productivo y en la Administración del Trabajo, en la perspectiva del fomento de la empleabilidad y de un ambiente Socio Laboral justo y democrático; Promotor en la concertación y diálogo entre los actores sociales y el Estado, para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población, siendo la puntualidad, parte de un conjunto de deberes cuyo cumplimiento favorecerá el establecimiento de un clima de confi anza para la inversión y la digni fi cación del empleo, una de las prioridades de fi nidas en el Acuerdo Nacional; Que, el valor de la puntualidad es la virtud cívica que implica llegar y terminar a la hora establecida, cumplir a tiempo y oportunamente con nuestras obligaciones y responsabilidades, trabajar con mayor e fi ciencia y calidad, lo mismo que aprovechar el tiempo por consideración a los demás, por lo que ser puntuales es nuestro primer objetivo para avanzar hacia la sociedad del respeto; Que, mediante Ley Nº 27185, se aprobó el Código de Ética de la Función Pública, estableciendo como principios de la Función Pública, entre otros, los principios del Respeto, Efi ciencia, Idoneidad, Justicia y Equidad, principios que son acordes con la virtud cívica de la puntualidad; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 094- 2006-PCM, se declara el año 2007, como el “Año del Deber Ciudadano”, norma de carácter general que considera necesario impulsar el desarrollo, la justicia y la solidaridad para fortalecer la Cultura del Deber Ciudadano, el mismo, que se mani fi esta entre otros, a través de hábitos que aseguran el bien común, siendo uno de éstos hábitos, la puntualidad como una expresión de responsabilidad ciudadana; Que, en mérito a lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo mediante el cual se fomente e incentive la cultura de la puntualidad en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Promover e incentivar en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, una cultura de respeto a la puntualidad en todas las dependencias del Sector, orientando sus servicios, hacia esa virtud cívica, como un elemento clave de convivencia entre la administración y los administrados. Artículo 2º.- Los responsables de las Unidades Orgánicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en concordancia con las políticas de Estado, se encargarán de fomentar, al personal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Decálogo de la puntualidad, como un elemento clave para una sociedad mejor basada en el respeto, contenido en la Primera Cartilla de la Campaña Nacional por el Respeto y la Puntualidad. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaria General del Sector, a establecer los lineamientos sobre el particular, así como también a adecuar la normatividad de Control y Asistencia de Personal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, acorde con lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 31769-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban Directiva “Normas de Puntualidad y Respeto” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 089-2007-MTC/01 Lima, 28 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 094-2006- PCM, se declaró el año 2007 como el “Año del Deber Ciudadano”, norma de carácter general que considera necesario impulsar el desarrollo, la justicia y la solidaridad para fortalecer la Cultura del Deber Ciudadano; Que, el “Deber Ciudadano” se mani fi esta a través de valores, actitudes y hábitos saludables que aseguran el