TEXTO PAGINA: 27
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 4 de marzo de 2007 341005 Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 32354-1 Establecen plazos para el pago del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2007 ORDENANZA N° 208-MDSMP San Martín de Porres, 28 de febrero del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:Visto; en Sesión Ordinaria Concejo de la fecha, el Informe N° 053-2007-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre; Que, por otro lado, el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 147-MDSMP, prorrogada mediante la Ordenanza Nº 205- MDSMP, que aprueba el Marco Legal del Régimen Tributario de arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos y escombros, barrido de calles , parques y jardines y serenazgo, aplicables para el Ejercicio 2007, establece que éstos son de periodicidad mensual; Que, el último párrafo del Artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, modi fi cado mediante Decreto Legislativo Nº 953, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, es necesario ampliar el plazo de vencimiento del pago del Impuesto Predial y de las cuotas de enero y febrero de los arbitrios municipales y establecer las fechas de vencimiento aplicable para el pago de dichos tributos para el Ejercicio 2007; Estando a lo expuesto y conforme a lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal POR MAYORÍA aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Establecer que el plazo de vencimiento Impuesto Predial para el Ejercicio 2007 en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres vence: Pago al contado : 14 de abril del 2007 FRACCIONADOPrimera cuota 14 de abril de 2007 Segunda cuota 31 de mayo de 2007Tercera cuota 31 de agosto de 2007 Cuarta Cuota 30 de noviembre del 2007 Las cuotas serán reajustadas con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el período comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo 2º.- Establecer que el plazo de vencimiento de los arbitrios municipales de recolección de residuos sólidos y escombros, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2007 vencen: Enero y Febrero 14 de abril de 2007 Marzo 14 de abril de 2007Abril 30 de abril de 2007Mayo 31 de mayoJunio 30 de junioJulio 31 de julioAgosto 31 de agostoSeptiembre 29 de septiembreOctubre 31 de octubre Noviembre 30 de noviembre Diciembre 30 de noviembre Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y Unidad de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza, y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de sus alcances. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 32354-2 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Disponen mantener montos de remuneración de Alcalde y de dieta de Regidores del Concejo Distrital ACUERDO DE CONCEJO N° 004-2007/MSMM Santa María del Mar, 30 de enero del 2007 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo del día 26 de enero del 2007, el tema de agenda referido a la Remuneración del señor Alcalde y Dietas de los Regidores de esta Corporación; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, prescribe que el Alcalde Distrital desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por acuerdo de concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión;