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El Peruano Lima, domingo 4 de marzo de 2007 341011 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de Norma “Procedimiento para Supervisar la Gestión en la Planificación de la Operación del SEIN” Artículo 4º.- Incorpórese el informe Nº 0052-2007- GART como Anexo de la presente resolución. Artículo 5º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y consignada, junto con su Anexo, en la página WEB de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Conforme se señala en el artículo 12º de la Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, Ley Nº 28832, el COES tiene por fi nalidad coordinar la operación de corto, mediano y largo plazo del SEIN al mínimo costo, preservando la seguridad del sistema, el mejor aprovechamiento de los recursos energéticos, así como plani fi car el desarrollo de la transmisión del SEIN y administrar el Mercado de Corto Plazo. Especí fi camente, se ha dispuesto en el literal a) artículo 14º de la Ley 28832, como función del COES, elaborar la plani fi cación de la operación del SEIN en los horizontes de largo, mediano y corto plazo. Es obligación del OSINERGMIN supervisar el correcto desempeño de las funciones atribuidas al COES mediante la Ley Nº 28832, en ejercicio de su Facultad Supervisora, dispuesta en el artículo 33º de su Reglamento General. En ese contexto, es necesario que OSINERGMIN cuente con la información necesaria para poder supervisar la gestión de la plani fi cación de operación del SEIN, conforme establece la Ley Nº 28832, por tal motivo se ha elaborado un procedimiento que permita supervisar la programación de la operación de largo, mediano y corto plazo que elabora el COES-SINAC, a fi n de garantizar que la misma se efectúen conforme lo exige la citada Ley. En este sentido, el presente procedimiento busca superar las limitaciones de envio de información y disminuir los tiempos consumidos en la elaboración de la misma, incorporando información necesaria y su fi ciente para que el OSINERGMIN cumpla con el ejercicio de su función supervisora. Por lo expuesto, corresponde al OSINERGMIN aprobar los procedimientos necesarios para supervisar la correcta gestión del COES en la plani fi cación de la operación del SEIN. En aplicación del Principio de Transparencia a que se re fi ere el Artículo 8º del Reglamento General del OSINERGMIN y siguiendo el procedimiento establecido en el Artículo 25º de dicho Reglamento, se ha visto por conveniente proceder a la pre publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, del proyecto de Norma “Procedimiento para Supervisar la Gestión en la Plani fi cación de la Operación del SEIN”, con el objeto de recibir sugerencias o comentarios de los interesados. Anexo: Proyecto de Resolución PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 0XX-2007-OS/CD Lima, XX de marzo de 2007CONSIDERANDO Que, conforme lo dispone el Artículo 12º de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 0076-2007-OS/CD Lima, 1 de marzo de 2007CONSIDERANDO Que, conforme se dispone en el Artículo 25º del Reglamento General del OSINERGMIN, constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el OSINERGMIN en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados en el diario o fi cial “El Peruano”, para lo cual se otorgará un plazo no menor de 15 días calendario contados a partir de la prepublicación, con el fi n de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, tal como se dispone en el mencionado Artículo 25º, la publicación debe contener el texto de la norma, una exposición de motivos y el plazo dentro del cual se recibirán los comentarios escritos de los interesados; Que, asimismo, conforme con lo dispuesto en los artículos 1º y 52º, literal n), del Reglamento General de OSINERGMIN, dicho organismo tiene por encargo supervisar y fi scalizar a las entidades del sector eléctrico velando por la seguridad y efi ciencia del servicio de electricidad, así como dictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas a asuntos de su competencia; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe Técnico Nº 0052-2007-GART y el Informe Legal Nº 0036-2007- GART, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3º, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332, en la Ley para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, Ley Nº 28832, en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERG, Ley Nº 27699, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Mineria - OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano del Proyecto de Norma “Procedimiento para Supervisar la Gestión en la Plani fi cación de la Operación del SEIN”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución . Artículo 2º.- En el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, los interesados podrán remitir por escrito a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) sito en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima, sus comentarios y sugerencias al proyecto de norma a que se refi ere el Artículo 1º de la presente resolución. Los comentarios también podrán ser remitidos vía fax al número telefónico 2240491 o, vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: SupervisionSEIN@osinerg.gob.pe Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la recepción y análisis de los comentarios que se presenten respecto al proyecto de norma; así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo del OSINERGMIN.PROYECTO