Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2007 (07/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de marzo de 2007 341167 Pública, contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, aprobado por Ordenanza N° 130-MDS publicada el 1 de marzo de 2005 y posteriormente modi fi cada por la Ordenanza N° 157-MDS publicada el 22 de febrero de 2006. Artículo 2°.- Alcances de la suspensión.- La suspensión dispuesta en el artículo 1° alcanza a aquellos procedimientos administrativos en trámite que aún no cuenten con autorización municipal y que fueran iniciados al amparo de las Ordenanzas N° 071/MDS, N° 083-MDS y N° 130-MDS Artículo 3°.- Rati fi cación en la Cali fi cación del Procedimiento.- Ratifíquese que el procedimiento N° 8 citado en el artículo 1° está sujeto a evaluación previa con silencio administrativo negativo, con lo cual la sola presentación de la solicitud, el transcurso del tiempo desde su presentación o el pago de algún derecho relativo a la autorización solicitada no implica el otorgamiento de la autorización solicitada, encontrándose la Administración facultada a adoptar las sanciones administrativas pecuniarias y no pecuniarias que correspondan, previstas en su Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y sus normas reglamentarias, a quienes se encuentren haciendo uso de la vía pública sin autorización municipal expresa. Artículo 4°.- Vigencia de la Ordenanza.- La presente Ordenanza regirá a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, contando con una vigencia de seis (6) meses. POR TANTO: Mando se publique y cumpla GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 32820-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Declaran el 2007 como el Año del Sesquicentenario de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000008 Callao, 24 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 24 febrero de 2007; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo II referido a la autonomía establece en su segundo párrafo que la Autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico Con Memorando Nº 15-2007-MPC-RRPP-GP, de la Gerencia de Protocolo, dependiente de la Gerencia General de Relaciones Públicas, comunica que al celebrarse el próximo 22 de abril el Sesquicentenario de la elevación de la Provincia Litoral del Callao al rango de Provincia Constitucional del Callao, por la Convención Nacional presidida por don José Gálvez Egúsquiza, y los secretarios Pio B. Meza y Manuel José Corchera, y siendo el Callao una ciudad portuaria, en cuyo territorio se han dado una serie de acontecimientos históricos que han trascendido a todo el Perú y América, como el Combate del 2 de Mayo de 1866, sugiere que el año 2007, sea declarado como el Año del Sesquicentenario de la Provincia Constitucional del Callao; Que, el Decreto Supremo Nº 094-2006-PCM, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del 31 de diciembre de 2006 declara el año 2007 como el año del Deber Ciudadano, estableciendo las consideraciones y obligaciones pertinentes a la declaración a nivel nacional, siendo la que se propone: “Año del Sesquicentenario de la Provincia Constitucional del Callao, para el ámbito de su jurisdicción; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA EL AÑO 2007 COMO EL AÑO DEL SESQUICENTENARIO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Declárase el año 2007 como el Año del Sesquicentenario de la Provincia Constitucional del Callao, en el ámbito jurisdiccional de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Inclúyase la frase “Año del Sesquicentenario de la Provincia Constitucional del Callao”,debajo de la que se dispone el Decreto Supremo Nº 094-2006-PCM; en todos los documentos que se originen y se tramiten ante las dependencias públicas en el ámbito jurisdiccional de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 3º.- En todas las escuelas, instituciones del Estado, Centros Policiales y de la Fuerza Armada que celebren el Sesquicentenario de la Provincia Constitucional del Callao se expondrá y leerá la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión y el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 33232-1 Aprueban continuación de mandato del Alcalde y Regidores del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes Mi Perú hasta la culminación de proceso electoral ORDENANZA MUNICIPAL N° 000013 Callao, 5 de marzo de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión fecha 5 de marzo de 2007; aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que las municipalidades como órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;