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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2007 (07/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de marzo de 2007 341163 Que, de acuerdo a los reportes de cuentas por cobrar de los últimos años, se demuestra la existencia de un alto índice de morosidad en el pago de los tributos; Que, entre las alternativas de bene fi cios que se han venido otorgando hasta la fecha, no se ha tenido en cuenta al contribuyente puntual, en dicho sentido, se hace necesaria otorgar un incentivo a los contribuyentes responsables en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en el plazo de Ley, para ello se requiere que la Administración Municipal apruebe la realización de un Sorteo extraordinario dirigido a todos los contribuyentes del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines. Asimismo, a fi n de incentivar que los contribuyentes morosos se pongan al día en sus obligaciones tributarias se permitirá que participen los contribuyentes que hasta el día establecido para el sorteo cancelen, como mínimo, hasta S/. 200.00 (doscientos y 00/100 nuevos soles), de la deuda que mantienen con nuestra comuna; Que, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos, conforme a Ley, tal como se dispone en los incisos 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; Por las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal aprobó con el VOTO MAYORITARIO y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente norma. ORDENANZA QUE AUTORIZA SORTEO COMO INCENTIVO POR LA PUNTUALIDAD EN EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS – CAMPAÑA 2007 Artículo Primero.- Autorizar el sorteo como medio de incentivo por la puntualidad de Pago de las Obligaciones Tributarias, denominado: “GANA UN PREMIO, CUMPLE CON TU MUNICIPALIDAD”. Artículo Segundo.- El contribuyente para ser considerado apto y conformar el padrón para el sorteo de los premios, deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Haber cumplido con cancelar el íntegro de los montos por Impuesto Predial y Arbitrios, correspondientes al ejercicio 2007, en cuyo caso, recibirán tres (3) tickets para participar en el sorteo. 2. Haber cancelado la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios, en cuyo caso, recibirán dos (2) tickets para participar en el sorteo. 3. Los contribuyentes que no se encuentren dentro de los supuestos 1 y 2, antes señalados, que hasta el 31 de marzo cumplan con pagar sus obligaciones tributarias con un mínimo de doscientos nuevos soles (S/.200.00) recibirán (1) ticket para participar en el sorteo. Los contribuyentes acreditarán cumplir con los requisitos establecidos presentando sus comprobantes de pago. Artículo Tercero.- Establecer como fecha del sorteo el 31 de marzo del 2007, a horas 5.00 p.m. en el local principal de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. Artículo Cuarto.- Autorícese a la Gerencia de Administración a efectuar la recepción, con carácter de donación y/o comprar bienes que constituyan los premios a sortear. Artículo Quinto.- La Gerencia de Rentas en coordinación con el área de Imagen Institucional, se encargarán de la entrega de tickets para el sorteo, así como de la implementación de las actividades necesarias para asegurar el éxito del evento. Artículo Sexto.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Resolución de Alcaldía designe la Comisión que llevará a cabo el sorteo aprobado como incentivo a los contribuyentes puntuales. El mismo que se efectuará con la presencia de un Notario Público y un representante del Ministerio Público. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde 31826-1Regulan procedimiento a seguir para los procesos sobre edificaciones de interés social que promueve el Programa Nacional de “Vivienda para Todos” ORDENANZA Nº 105 San Juan de Lurigancho, 24 de febrero de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 018-2007-GM/MSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 094-2007-GAJ/MSJL de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 021-2007-GDU/MDSJL de la Gerencia de Desarrollo Urbano, y el Informe Nº 013-2007-MSJL-GDU/JOP; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194º, 195º inciso 8) y 197º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 3.6.2 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece entre las funciones especí fi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización, entre otros, de Construcción; Que, el Artículo 92º de la Ley Nº 27972, establece que toda obra de construcción, reconstrucción, conservación, refacción o modi fi cación de inmueble, sea pública o privada, requiere de licencia del gobierno local, dentro de cuya jurisdicción se halla el inmueble; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 013–2006–MDSJL disponen la reducción de derechos administrativos a proyectos acogidos al Programa Techo Propio en las modalidades de construcción en sitio propio y mejoramiento de vivienda; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 028 y 029 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la municipalidad, el mismo que establece categorías, los procedimientos y las tasas para los trámites de obtención de Certi fi cado de Parámetros Urbanísticos, Licencia de Obra, Declaratoria de Fábrica y otros procedimientos similares, conforme a la Ley Nº 27157 y sus normas complementarias, estando estos procedimientos referidos a los proyectos presentados por los propietarios de manera particular y ordinaria; Que, la Municipalidad de San Juan de Lurigancho suscribió un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 41-2005, con la fi nalidad de implementar el Plan Nacional de “Vivienda para Todos” en el marco del programa Techo Propio que se viene realizando en la O fi cina de Programa Techo Propio de la Jefatura de Obras Privadas con la inscripción de los grupos familiares aspirantes al Bono Familiar Habitacional, así como a través de la Entidades Técnicas Registradas; Que, el Programa Techo Propio está orientado a solucionar el problema de vivienda de las familias con menores recursos; Que, resulta necesario organizar y regular el procedimiento a seguir para los procesos que seguirán las edificaciones de interés social que promueve el programa Municipal de Vivienda, que tiene por objeto crear los mecanismos que faciliten los trámites administrativos y organizar la demanda y la postulación de los administrados para la obtención del Bono Familiar Habitacional, otorgado por el programa