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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2007 341248 El Informe Nº 027-MPCH-2007, la Sub Gerencia de Promoción y Desarrollo Económico. El Informe Iniciativa del Colegiado Nº 001-2007-OPP- AL-UA/MPCH. El artículo 82º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, aprobado por Decreto Supremos Nº 084-2004-PCM. Que, la ejecución de referido proceso de selección, es necesario que el distrito capital de la provincia de Chupaca, siga contando con el suministro oportuno de combustible, para las unidades móviles, ya que de no ser así ocasionaría que las actividades propias se vean afectados gravemente en perjuicio de los vecinos. El inciso “c” del artículo 19º, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. El artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. El artículo 148º del reglamento de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el suministro indicado se encuentra en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2007, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº45-2007-A-MPCH. De fecha 22 de enero del año en curso, que las acciones descritas en los referidos documentos de vistos, originan una situación de desabastecimiento inminente conforme con lo establecido en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 141º de su reglamento, por lo que resulta necesario declarar como tal con la fi nalidad de asegurar la continuidad de suministro de combustible para la fl ota vehicular, por un plazo de 94 días calendario o hasta la culminación del proceso de selección correspondiente; de conformidad con lo dispuesto en el inciso “c” del artículo 19º y los artículos 20º, 21º, Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº084-2004-PCM, inciso 35º del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y demás normas pertinentes, luego del debate correspondiente con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, por mayoría. SE ACUERDA: Artículo Primero: DECLARAR, en Situación de Desabastecimiento Inminente, el Suministro de Combustible, para la fl ota vehicular a partir del 27 de enero del presente año, hasta el 30 de abril del año 2007. Artículo Segundo: PRECISAR, que el plazo establecido en el artículo precedente culminará automáticamente si antes de vencido el término del mismo se suscribe el contrato correspondiente, como consecuencia de la culminación del proceso de selección respectivo. Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, O fi cina de Abastecimiento, para llevar acabo el Proceso de adquisición de combustible, en forma directa por el plazo señalado en artículo primero. Artículo Cuarto: Poner el presente acuerdo y los informes que los sustenta en conocimiento de la Contraloría General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 días hábiles siguiente a la fecha de su publicación. Artículo Quinto: Publicar el presente acuerdo en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los 10 días hábiles siguientes de su adopción y disponer la publicación en el SEACE- CONSUCODE, de conformidad con el artículo 147º del reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado.Artículo Sexto: Disponer que la Comisión de Procesos Administrativos, inicie las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas de los funcionarios y/o servidores públicos, involucrados que originaron la situación de desabastecimiento inminente del suministro de combustible, para la fl ota vehicular de la Municipalidad Provincial de Chupaca. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archíveseLUIS ALBERTO BASTIDAS VASQUEZ Alcalde 33143-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE NASCA Actualizan Plan de Desarrollo Urbano del distrito de San Juan de Marcona 2006-2016 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0006-2007-A/MPN Nasca, 5 de marzo del 2007POR CUANTO: La Municipalidad Provincial de Nasca, visto en Sesión Extraordinaria de fecha 4 de marzo del 2007, el Expediente 1604 del 1 de marzo del presente año; así como el Informe Nº 30-2007-DDURC/MPN y el Informe Legal Nº 225-2007-MPN-AJ. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y de acuerdo a los Artículos 73º y 79º Numeral 1.1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como funciones exclusivas de la Municipalidades Provinciales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel Provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana de protección o de seguridad por riesgos naturales y la de conservación ambiental; Que, de acuerdo a lo dispuesto por inciso 6) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, es competencia de los gobiernos locales, plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zoni fi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que, el inciso 3) del artículo 79º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales, aprobar el plan urbano o rural distrital, con sujeción al plan y las normas municipales provinciales sobre la materia, habiendo cumplido, este requisito la Municipalidad Distrital de Marcona, según Ordenanza Municipal Nº 021-2006-MDM, de fecha 13 de diciembre del 2006, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 16 de diciembre del 2006. Que, dentro del marco legal de las políticas nacionales de desarrollo urbano delimitado por el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano mediante Decreto Supremo Nº 027-2003 VIVIENDA, modi fi cada por el Decreto Supremo Nº 012-2004-VIVIENDA; establece que concluido el proceso de exhibición e inclusión de las sugerencias y recomendaciones o la desestimación emitiendo pronunciamiento fundamentado en el lapso de cuarenta y cinco (45) días calendario, el Concejo Distrital aprobará el Plan Urbano Distrital y elevada a la Provincial para su aprobación mediante Ordenanza Municipal, publicarse en el Diario O fi cial el Peruano , el mismo que tendrá vigencia por el lapso de 5 años contados desde su publicación. La Municipalidad Distrital de Marcona, en convenio de Asistencia Técnica con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha formulado la Actualización del Plan de