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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2007 (08/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de marzo de 2007 341237 por exoneración para la contratación de la empresa encargada de la disposición fi nal de 630 TM de residuos sólidos mensuales mediante acciones inmediatas, debiendo observar para tal efecto lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, por el período que dure la situación de desabastecimiento inminente, cuyo monto referencial asciende a S/. 17,010.00 Nuevos Soles con cargo a la fuente de fi nanciamiento 02 – Recursos Directamente Recaudados, Rubro 09 Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Ofi cina de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo el presente Acuerdo y sus antecedentes afi n de que inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios y/o servidores, cuya conducta hubiese originado la confi guración de la Situación de Desabastecimiento Inminente que se aprueba. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, el presente Acuerdo de Concejo y los informes que la sustentan dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su adopción y disponer la publicación en el SEACE-CONSUCODE conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 33527-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Prorrogan plazos para pago al contado o primera cuota del Impuesto Predial así como de los meses de enero, febrero y marzo de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ORDENANZA N° 228-C/MC Comas, 27 de febrero del 2007.EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMASVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2007, el Informe Nº 024-2007-GAT-GM/MC de fecha 26 de febrero de 2007 del Gerente de Administración Tributaria de la Municipalidad de Comas a través del cual sugiere la ampliación de plazo del vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios del 2007, y; CONSIDERANDO:Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, reformada con Ley N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual forma, el segundo párrafo del Artículo 74º de la misma, establece que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, o exonerar de éstas, dentro de los límites que señala la Ley. Esto es concordante a lo prescrito en el numeral 9 del Artículo 9° y segundo párrafo del Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, el último párrafo del articulo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, faculta a la Administración Tributaria a prorrogar con carácter general el plazo para el pago de la deuda tributaria; Que, el artículo 15° de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. N° 156-2004-EF indica que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, en este caso la primera cuota será equivalente, a un cuarto del Impuesto total resultante en ambos casos deberán pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes del fraccionamiento, serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustas de acuerdo a la variación acumulada del índice de Precios al por Mayor; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en la primera Disposición Complementaria y Finales de la Ordenanza N° 220-C/MC que aprueba el “Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos Para la Jurisdicción del distrito de Comas Ejercicio 2007” establece para el ejercicio 2007 el Programa de Incentivo Por Pago Adelantado -enero a diciembre de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos del 2007, conforme a los siguientes términos: 1.- Cancelación anual de los arbitrios hasta el 28 de febrero 2007 15% de descuento2.- Cancelación anual de los arbitrios hasta el 31 de marzo 2007 15% de descuento3.- Cancelación anual de los arbitrios hasta el 30 de abril 2007 5 % de descuento Que, a fi n de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias respecto del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos, resulta necesario de manera excepcional prorrogar el vencimiento de los pagos de los mencionados tributos, así como el programa de incentivos por pago adelantado de arbitrios establecidos en la primera Disposición Complementaria y Finales de la Ordenanza N° 220-C/MC; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- PRORROGAR el vencimiento para efectuar el pago al contado y/o primera cuota del fraccionamiento del Impuesto Predial, hasta el 30 de Abril del 2007. Articulo Segundo.- PRORROGAR el vencimiento para efectuar el pago de los meses de enero, febrero y marzo, del período 2007 de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, hasta el 30 de abril del 2007. Artículo Tercero.- MODIFICAR, lo establecido en la Primera Disposición Complementaria y Finales de la Ordenanza N° 220-C/MC, conforme a los siguientes términos: 1.- Cancelación anual de los arbitrios hasta el 30 de abril 2007 15% de descuento2.- Cancelación anual de los arbitrios hasta el 31 de mayo 2007 10% de descuento. Artículo Cuarto.- DISPENSAR de la lectura y aprobación del Acta de la presente Ordenanza, para su entrada en vigencia inmediata. Artículo Quinto.- La Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y la Unidad de Relaciones Públicas serán responsables del cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 33292-1