Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2007 (09/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de marzo de 2007

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de adecuacion e implementacion de ambientes de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 071-2007-P-PJ
MORDAZA, 5 de marzo del 2007 VISTOS: El Informe N° 004-2007-OI-GG-PJ de la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General del Poder Judicial y el Informe N° 088-2007-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante los cuales se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adecuacion de diversos ambientes de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial N° 030-2007-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de febrero del ano 2007, se ha dispuesto la conversion y reubicacion de diversos organos jurisdiccionales penales del Distrito Judicial de La MORDAZA, asi como la asignacion de facultades a los juzgados mixtos de provincias, para que conozcan los procesos que se tramiten bajo el Codigo Procesal Penal, a partir del 1° de MORDAZA del ano en curso; Que, teniendo en consideracion la necesidad de realizar el acondicionamiento en distintas sedes de dicho Distrito Judicial, se ha incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado para el presente ejercicio fiscal, la contratacion del mencionado servicio, con un valor estimado total de S/. 1 284 735,18 (Un Millon Doscientos Ochenticuatro Mil Setecientos Treinticinco y 18/100 Nuevos Soles), suma que comprende el acondicionamiento de la Sede Central de MORDAZA, de los Modulos Basicos de Justicia de MORDAZA, la MORDAZA y Huamachuco, asi como de los organos jurisdiccionales de Ascope, Gran Chimu ­ Cascas, MORDAZA de MORDAZA, Chepen, Julcan, Pacasmayo, Huamachuco, Otuzco, Paijan y Pataz; Que, de acuerdo al proyecto elaborado por la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General del Poder Judicial, la adecuacion de los diferentes ambientes de la Sede Central de MORDAZA para los organos jurisdiccionales que resolveran casos bajo el Codigo Procesal Penal, consiste en la redistribucion arquitectonica del Edificio central para cuatro (4) Juzgados de Investigacion Preparatoria, dos (2) Juzgados Unipersonales, dos (2) MORDAZA Colegiadas, dos (2) MORDAZA de Liquidacion, una (1) Sala de Apelaciones y una (1) Mesa de Partes General, adecuandolo con el mejoramiento de la ventilacion, iluminacion, renovacion de las instalaciones electricas, asi como el mantenimiento integral de la edificacion; que el gasto a realizar por esos servicios asciende a la suma de S/. 631 943,05 (Seiscientos Treintiun Mil Novecientos Cuarentitres y 05/100 Nuevos Soles), por lo que conforme a lo previsto por la Ley de Presupuesto del Sector Publico aprobado para el presente ano, corresponde convocar un Concurso Publico para la contratacion respectiva; Que, considerando que la vigencia del Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial de La MORDAZA se iniciara el 1 de MORDAZA del 2007, de acuerdo a lo dispuesto por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General senala que no se cuenta con el plazo suficiente para la convocatoria de dicho MORDAZA de seleccion, resultando por tanto inviable la ejecucion fisica de los trabajos de adecuacion descrito en el parrafo precedente; por tal razon a fin de no perjudicar el normal desarrollo de las labores propias de la funcion jurisdiccional conforme a lo previsto en el MORDAZA Codigo Adjetivo, solicita se declare en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de adecuacion para la Sede Central de MORDAZA, por el periodo de 30 dias calendario;

Que, al respecto, el articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en su inciso c), contempla la exoneracion de los procesos de seleccion, para adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente; Que, conforme al articulo 21° de la acotada MORDAZA, la Situacion de Desabastecimiento Inminente es aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios y actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, el articulo 141° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que no se encuentran comprendidas dentro de la Situacion de Desabastecimiento Inminente las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la Entidad; que, la necesidad de los bienes, servicios u obras, debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, analizados los antecedentes y demas documentacion adjunta, se evidencia que nos encontramos frente a un apremio concreto e inmediato, en la medida en que siendo inminente la puesta en vigencia del Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial de La MORDAZA, el acondicionamiento no puede ser suspendido ni postergado, habida cuenta que se requiere contar con una adecuada distribucion de ambientes acorde a los lineamientos establecidos en el MORDAZA Codigo Procesal Penal, principalmente en la Sede Central de MORDAZA, donde se ha dispuesto mayor cantidad de conversiones; que para las demas sedes perifericas, se convocara el respectivo MORDAZA de seleccion para la adecuacion progresiva; Que, conforme a la Opinion N° 073-2005/GTN, del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, bastaria la presencia de una necesidad que no podria ser atendida si se realiza el MORDAZA de seleccion correspondiente, para que se justifique o resulte procedente una contratacion o adquisicion por exoneracion; Que, en ese sentido, a fin de garantizar el debido funcionamiento de las dependencias penales de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y dado el escaso periodo con el que se cuenta, se concluye que se ha presentado la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el inciso c) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resultando necesario tomar una accion inmediata para contratar lo indispensable y en el periodo necesario; Que, mediante Informe N° 004-2007-OI-GG-PJ, la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General, sustenta tecnicamente la necesidad de exonerar del respectivo MORDAZA de seleccion, para la adecuacion de ambientes en la Sede Central de MORDAZA, la misma que no puede ser suspendida, habida cuenta que para el 1 de MORDAZA del ano en curso, las instalaciones deben encontrarse debidamente adecuadas, de tal modo que los organos jurisdiccionales que conozcan casos penales lleven a cabo sus labores con total normalidad; Que, la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General a traves del Informe N° 088-2007-OAL-GG-PJ, opina por la procedencia de la declaracion en Situacion de Desabastecimiento Inminente, al considerar que el apremio es concreto e inmediato, resultando indispensable realizar acciones inmediatas para contratar por el periodo necesario, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego, derivado de una exoneracion, como una medida temporal ante un hecho de excepcion; Que, la Gerencia de Planificacion a traves del Memorandum N° 138-2007-GP-GG, ha emitido opinion presupuestal favorable para la contratacion materia de la presente resolucion, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, habiendose revisado y encontrado conforme el Informe Tecnico N° 004-2007-OI-GG-PJ y el Informe Legal N° 088-2007-OAL-GG-PJ que sustentan la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, se concluye la conveniencia de aprobarse la misma, como una medida temporal;

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