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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2007 (09/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de marzo de 2007 341289 número de RUC podrá tener acceso a la información sobre el estado de su trámite de inscripción, por lo que se sugiere consultarlo antes de completar el trámite. c) El proveedor debe tener en cuenta que para completar satisfactoriamente su trámite de inscripción deberá seguir cuidadosamente las indicaciones mostradas en el módulo “Trámites en línea del RNP” y enviar la documentación completa dentro del plazo establecido. d) Asimismo, el proveedor dispone del Call Center - RNP para absolver sus consultas respecto al procedimiento de inscripción, así como los respectivos documentos de ayuda: instructivos, preguntas frecuentes, modelos de expedientes, entre otros, los cuales se encuentran en el sitio Web del RNP, en la opción “Orientación al Usuario” Artículo Segundo.- La presente modi fi cación en el numeral V “Procedimiento y Plazos de Inscripción” a la Directiva Nº 012-2006-CONSUCODE/PRE, entrará en vigencia a partir del 15.03.2007. Por consiguiente, los proveedores que paguen la tasa de inscripción a partir del 15.03.2007, así como los proveedores que aún no hayan subsanado observaciones y aquéllos cuya inscripción se encuentre en estado de suspensión por no haber subsanado las observaciones formuladas o por no haber presentado la documentación solicitada en el TUPA de CONSUCODE a dicha fecha, deberán realizar sus trámites siguiendo lo establecido en la presente Directiva. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en la página Web de CONSUCODE. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS TORRICELLI FARFÁN Presidente 34149-1 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban planos de delimitación de Complejo y sitio arqueológicos ubicados en los departamentos de La Libertad y Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 266/INC Lima, 26 de febrero de 2007 VISTO, el O fi cio Nº 932-2006-INC-DRC/LL-D de fecha 27 de junio de 2006 de la Dirección del Instituto Nacional de Cultura La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 619 de fecha 21 de julio de 2006, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomendó solicitar a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura La Libertad, en relación al Complejo Arqueológico Dos Cabezas, sustente (caso contrario modi fi que) la cercanía del punto 18 a la estructura 4, la cual no presenta el área de respiro correspondiente; asimismo entre los puntos 14 y 15 por qué no se ha seguido el ángulo que genera el canal para el área de respiro necesaria; Que, mediante O fi cio Nº 2052-2006-INC/DREPH-DA-D de fecha 31 de julio de 2006 la Dirección de Arqueología, comunica las observaciones planteadas a la Dirección del Instituto Nacional de Cultura La Libertad;Que, con O fi cio Nº 1811-2006-INC-DRC/LL-D de fecha 22 de noviembre de 2006 la Dirección del Instituto Nacional de Cultura La Libertad, remite el expediente técnico modi fi cado del sitio arqueológico Dos Cabezas; Que, mediante Informe Nº 101-2007-INC/DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 31 de enero de 2007 la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que el expediente técnico del Complejo Arqueológico Dos Cabezas no presenta observaciones y que está declarado Patrimonio Cultural de la Nación, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 111/INC de fecha 27 de enero de 2006; Que, con Acuerdo Nº 0044 de fecha 7 de febrero de 2007, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, aprobar: 1. Plano Perimétrico del Complejo Arqueológico Dos Cabezas Código Nº 02-INC-LL/DCPCM-DMA-2006 de fecha 7 de abril de 2006, a escala 1/2500, con un área de 81.393 Has. y un perímetro de 4421.225 m.l., ubicado en el distrito de Jequetepeque, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; 2. Plano Topográ fi co del Complejo Arqueológico Dos Cabezas Código Nº 02-INC-LL/DCPCM-DMA-2006 de fecha 7 de abril de 2006, a escala 1/2500, con un área de 81.393 Has. y un perímetro de 4421.225 m.l., ubicado en el distrito de Jequetepeque, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del Complejo Arqueológico Dos Cabezas Código Nº 02-INC-LL/DCPCM-DMA-2006 de fecha 7 de abril de 2006, a escala 1/2500, con un área de 81.393 Has. y un perímetro de 4421.225m.l., ubicado en el distrito de Jequetepeque, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. 2. Plano Topográ fi co del Complejo Arqueológico Dos Cabezas Código Nº 02-INC-LL/DCPCM-DMA-2006 de fecha 7 de abril de 2006, a escala 1/2500, con un área de 81.393 Has. y un perímetro de 4421.225m.l., ubicado en el distrito de Jequetepeque, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) los planos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 34141-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 279/INC Lima, 26 de febrero de 2007 VISTO, el O fi cio Nº 1823-2006-D-INC-DA de fecha 28 de diciembre de 2006 de la Dirección del Instituto Nacional de Cultura Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con