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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2007 (14/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2007 341503 Resolución al interesado y a las instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL E. AGUILAR BERMÚDEZ Presidente (e) 36071-1 Designan Director de la Oficina de Inteligencia de la Oficina General de Seguridad del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 159-2007-INPE/P Lima, 12 de marzo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 106-2006- INPE/P de fecha 16 de febrero de 2007, se designó al abogado JOSÉ PONCE MERINO, en el cargo público de con fi anza de Director de la O fi cina de Inteligencia de la O fi cina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación antes señalada y, designar en el cargo público de con fi anza a su reemplazante; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Resolución Ministerial N° 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema N° 052-2007-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación del abogado JOSÉ PONCE MERINO, en el cargo público de con fi anza de Director de la O fi cina de Inteligencia de la O fi cina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2°.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Mayor (R) PNP OCTAVIO CACHAY CHACÓN, en el cargo público de confi anza de Director de la O fi cina de Inteligencia de la O fi cina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 3º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a los interesados y a las instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL E. AGUILAR BERMÚDEZ Presidente (e) 36087-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban Bases Integradas de la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para Empresas Concesionarias de Distribución Luz del Sur S.A.A. y Electrosurmedio S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 099-2007-OS/CD Lima, 13 de marzo de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 011- 2007-OS/CD, publicada con fecha 21 de febrero de 2007, se aprobaron las Bases para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Luz del Sur S.A.A. y Electro Sur Medio S.A.A.; Que, con fecha 23 de febrero de 2007, Luz del Sur S.A.A., en su calidad de conductor del proceso de licitación, publicó la convocatoria a Licitación Pública, afi n de que los interesados presenten sus ofertas para suministrar potencia y energía asociada destinadas al mercado regulado, según la demanda máxima que se publica en dicha convocatoria; Que, seguidamente, de acuerdo al cronograma de la convocatoria, se puso en venta las referidas Bases, el licitante recibió las consultas de uno de los adquirientes de las mismas, habiéndose remitido al OSINERGMIN, mediante o fi cio LE-87/2007, para su revisión y aprobación, la circular que contiene la absolución de dichas consultas por parte de la entidad licitante; Que, al respecto Luz del Sur S.A.A. mani fi esta que, siendo el caso que las consultas recibidas no merecieron la necesidad de modi fi car las bases que fueran aprobadas mediante la Resolución OSINERGMIN Nº 011-2007-OS/CD, éstas quedarían como de fi nitivas; Que, las consultas se relacionan con la extensión del plazo a licitar, la aclaración sobre los valores base de los parámetros de las fórmulas de actualización, y con el proceso de precali fi cación para adquirientes de bases ya precali fi cados en la primera convocatoria. Al respecto, de acuerdo con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832 el plazo a licitar no debe exceder de cinco años, siendo potestad del licitante establecer dicho plazo; en cuanto a la precisión de los valores base, ciertamente se ha veri fi cado que las bases que aparecen en la convocatoria ya cuentan con dichos valores; fi nalmente, respecto del proceso de precali fi cación de adquirientes de bases que resultaron precali fi cados en la primera convocatoria, se ha considerado conveniente que la aclaración efectuada por el licitante se integre como parte de las bases, en el numeral 6.3 de las mismas; Que, de lo señalado, se puede corroborar que, el procedimiento previo para la aprobación de las Bases Integradas ha discurrido con normalidad dentro de lo previsto en la Norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica – Año 2006 (Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832)”, aprobada mediante Resolución OSINERG Nº 402-2006-OS/CD, y conforme a lo consignado en las Bases del Proceso, corresponde como siguiente fase, la aprobación de Bases Integradas a cargo de OSINERGMIN, y su publicación y respuesta a las consultas a cargo del Licitante; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe N° 074- 2007-GART de la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3°, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería- OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley Para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en el Decreto Supremo Nº 051-2006-EM; y, en la Norma “Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica – Año 2006 (Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832)”, aprobada mediante Resolución OSINERG Nº 402-2006-OS/ CD. RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Segunda Convocatoria a Licitación de Suministros de Energía Eléctrica para las Empresas Concesionarias de Distribución: Luz del Sur S.A.A. y Electrosurmedio S.A.A.,