Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2007 (14/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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CAPITULO IV

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de marzo de 2007

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Del cumplimiento Encargar a las Gerencias de Administracion Tributaria y Rentas, Participacion Ciudadana y Administracion y Finanzas, y a las Unidades de Informatica, Imagen Institucional y sus respectivas dependencias el cumplimento de la presente Ordenanza. Segunda.- De la prioridad Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza facultandose al Despacho de Alcaldia a dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento y prorrogar su vigencia mediante Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 36301-1

Provincial de Acobamba, a partir del 07/03/2007, a fin de que participe en el Programa de Capacitacion a traves de Experiencias de Exitosas, evento a desarrollarse del 9 al 30 de marzo del 2007, organizado por la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon (JICA). Articulo Segundo.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldia de la Municipalidad Provincial de Acobamba al Sr. MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Acobamba, mientras dure la ausencia del Alcalde. Articulo Tercero.- ENCOMENDAR a la Administracion Municipal, disponer las facilidades del caso para el traslado, movilidad local entre otros, a fin de que el Lic. Glodoaldo MORDAZA MORDAZA, efectua su viaje. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. GLODOALDO MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35876-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAS PROVINCIAL DE CUTERVO
Fijan montos de remuneracion mensual del MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 01-2007-MPC Cutervo, 24 de enero del 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUTERVO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de Cutervo, en Sesion de fecha 9 de enero del 2007; aprobo lo siguiente; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Cutervo es un Organo de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Articulo 194º. de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por Ley Nº 27972; Que, el Articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; asi como a las Normas Tecnicas referidas a los Servicios y Bienes Publicos y a los Sistemas Administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 9º. inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas, y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el Articulo 21º. de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, senala que el MORDAZA Provincial, desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El Acuerdo que las fija sera publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto mensual de la Remuneracion del MORDAZA es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad economica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso; la misma que anualmente podra ser incrementada con arreglo a ley, siempre y cuando se observe estrictamente las exigencias presupuestales y economicas propias de su remuneracion. Que, el Articulo 9º. inciso 28) de la Ley Organica de Municipalidades-Ley N° 27972, senala que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la remuneracion del MORDAZA y las Dietas de los Regidores. Asimismo, el Articulo 12º de la citada MORDAZA, establece que los Regidores desempenan su

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOBAMBA
Autorizan viaje del MORDAZA a Japon para participar en el Programa de Capacitacion y encargan su Despacho al MORDAZA MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 045-2007-GAO-CM/MPA Acobamba, 19 de febrero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE ACOBAMBA. VISTO: En sesion ordinaria N° 006-2007, de fecha 16 de febrero del ano en curso, la Carta N° JP-2006/556, por intermedio del cual Agencia de Cooperacion Internacional del Japon (JICA). Y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194° de la Constitucion Politica del Peru, Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, las municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, segun el Numeral 11 del Articulo 9°, de Ley Organica de Municipalidades N° 27972; el Concejo tiene la facultad de autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la Municipalidad realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante el documento descrito en el rubro del visto, la Agencia de Cooperacion Internacional del Japon pone en conocimiento a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), sobre la beca otorgada al Lic. Glodoaldo MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la provincia de Acobamba, a fin de que participe en el programa de capacitacion a traves de Experiencias de Exitosas, certamen a desarrollarse del 9 al 30 de marzo del 2007; Por lo expuesto y en virtud al Articulo 9° Numeral 11) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, la sesion ordinaria N° 015-2006, celebrada el dia 09/06/200, por unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje a Japon al Lic. Glodoaldo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad

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