Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2007 (27/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2007

Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado solicita al Despacho de Asesoria Juridica eleve el presente mediante informe tecnico legal al Despacho de Alcaldia a fin de aprobar el Desabastecimiento Inminente del producto MORDAZA indicado mediante Sesion de Concejo. Que mediante Informe Nº 172-2007-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica informa al Despacho de Alcaldia que " el inciso "c" del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que el articulo 148° del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto. Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19° debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales. Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141° de su Reglamento, por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad de la Adquisicion de Leche Fresca Pasteurizada por un plazo de 2 meses o hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente". De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19° y los articulos 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de 106,920 sachets de Leche Fresca Pasteurizada de 250 cc. hasta la cantidad de S/. 50,252.40 (Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta y dos con 40/100 Nuevos Soles), por el plazo de 2 meses. Articulo Segundo.- Precisar que el plazo establecido en el articulo precedente culminara automaticamente si, MORDAZA de vencido el mismo, se suscriben los contratos correspondientes, como consecuencia de la culminacion del MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo Tercero.- Designar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Logistica como organos responsables de llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion de conformidad con el Articulo

148° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senalado en el articulo primero y de acuerdo al siguiente monto maximo: · Adquisicion de 106,920 sachets de 250 c.c. de Leche Fresca Pasteurizada S/. 50,252.40 Nuevos Soles incluido IGV Con cargo a la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General notificar el presente Acuerdo y los informes que lo sustenta, en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad. Articulo Sexto.- Encargar a la Subgerencia de Logistica disponer la publicacion en el SEACE ­ CONSUCODE de conformidad con el articulo 147º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Setimo.- Encargar al Organo de Control Interno inicie las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas de los funcionarios o servidores publicos involucrados que originaron la Situacion de Desabastecimiento Inminente de la Adquisicion de Leche Fresca Pasteurizada. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 41586-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen disposiciones sobre internamiento de vehiculos, autopartes, carrocerias, chatarras y chasis en abandono, de modulos instalados y/ o construidos en la via publica y de vehiculos estacionados en lugares prohibidos o zonas rigidas
ORDENANZA N° 330-MDEA El MORDAZA, 12 de marzo de 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Sesion Ordinaria de fecha 12 de marzo de 2007, estando a la propuesta de la Comision de Seguridad Ciudadana; CONSIDERANDO: Que, es funcion de las Municipalidades prestar el servicio de limpieza publica y velar por el mantenimiento y conservacion del ornato de sus correspondientes jurisdicciones, Que, con gran preocupacion se observa en la jurisdiccion distrital de El MORDAZA la existencia de un gran numero de vehiculos, carrocerias, autopartes, chatarras, chasis abandonados y modulos (kioscos, toldos, maderas y otros similares) ocupando la via publica, los cuales en muchos

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