Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2007 (27/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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medidas de proteccion que senala la referida ley (retiro del agresor del domicilio comun, impedimento de acoso a la victima, la suspension temporal de visitas, entre otras). Se advierte, por otro lado, que la regulacion de la transaccion difiere de la prevista en el Codigo Civil, que la restringe a los derechos patrimoniales, mientras que la Ley Nº 27939 no establece limites por materia, indicando que las partes pueden transar en cualquier etapa del MORDAZA y ponerle fin. En cuanto a la ejecucion de su sentencia condenatoria, el Juez de Paz Letrado ha de remitirlas a la Direccion de Tratamiento de la Direccion Regional del INPE y notificar al sentenciado para que concurra a dicha dependencia a fin de cumplir con la condena impuesta. Si no se presenta, el Juez de Paz Letrado debe apercibirlo con la posibilidad de modificar su sentencia y convertir la condena en pena privativa de la libertad. El Juez debe proceder de igual modo cuando el sentenciado deje de concurrir injustificadamente a tres jornadas consecutivas o a cuatro no consecutivas. Para todos estos casos, el articulo 55º del Codigo Penal dispone la revocatoria de la pena de prestacion de servicios a la comunidad por la de pena privativa de la libertad. Septimo.- Competencia y funciones de la Policia Nacional del Peru (PNP). En el MORDAZA del sistema penal por faltas, a la PNP le corresponde registrar, sin condicionamientos previos, las denuncias que se le presenten, asi como de investigarlas en cumplimiento del articulo 166º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 7º inciso 2) de la Ley Organica de la Policia Nacional, Ley Nº 27238. La policia tiene el deber de culminar su investigacion, evitando su paralizacion, con la elaboracion de un informe que debe ser remitido al Juez de Paz Letrado. Sin embargo, en la medida en que la Ley Nº 27939 dispone que tambien los Jueces de Paz Letrados puedan llevar a cabo las investigaciones sobre faltas, se hace necesaria la delimitacion normativa de las competencias judiciales y policiales. Durante las investigaciones por faltas, la PNP debe actuar con imparcialidad, diligencia, eficacia y prontitud, evitando dilaciones indebidas y disponiendo las actuaciones necesarias con la inmediatez que estos casos requieren. Se debe recordar que no esta MORDAZA en el articulo 9º de la Ley Organica de la Policia Nacional si esta facultada a dar por concluida la investigacion cuando las partes hayan transado o la victima se desista. En esa medida, existe un vacio normativo que debe ser llenado. En consecuencia, una reforma legislativa debe establecer si esta potestad le corresponde solo al Juez de Paz Letrado o puede ser extendida a la PNP. Octavo.- Competencia y funciones del Instituto Nacional Penitenciario (INPE). De acuerdo con el Codigo de Ejecucion Penal y su Reglamento, asi como con el Decreto Supremo Nº 15-2003-JUS, corresponde al Instituto Nacional Penitenciario (INPE), a traves de la Direccion de Tratamiento de las Direcciones Regionales, la administracion, supervision y control de las penas de prestacion de servicios a la comunidad, las cuales deben ser cumplidas en entidades receptoras de naturaleza publica o privada. Tambien debe convocar a los condenados a que cumplan con la pena impuesta y si estos no concurrieran o dejaran de asistir injustificadamente a tres jornadas consecutivas o cuatro no consecutivas, poner tal situacion en conocimiento del juez. Noveno.- Alcance de la supervision defensorial. El Informe comprende la supervision del funcionamiento de los primeros nueve Juzgados de Paz Letrados ubicados en comisarias, en el ambito nacional. Recoge informacion de una muestra de aproximadamente 12% de expedientes de faltas, ingresados y concluidos entre MORDAZA del 2005 y agosto del 2006. Especificamente, se han revisado 1,720 expedientes. La informacion recopilada esta referida a la organizacion, caracteristicas de los usuarios de los Juzgados de Paz en comisarias, tipos de faltas denunciadas, forma de inicio del MORDAZA, formas de conclusion del MORDAZA y ejecucion de las penas de prestacion de servicios comunitarios impuestas. Asimismo, el informe da cuenta del papel que desempenan la PNP, el INPE y los abogados de oficio, asi como de los principales obstaculos que afrontan. Decimo.- La Policia Nacional del Peru y la Justicia de Paz Letrada en comisarias. Sobre las funciones que cumple la PNP se han constatado tres problemas

principales. En primer lugar, el limitado numero de efectivos destinados a la atencion e investigacion de las faltas, mas aun cuando estos no solo se dedican a recibir e investigar las denuncias por faltas, sino que deben participar de otras tareas ordenadas por sus superiores. En MORDAZA lugar, la insuficiente infraestructura y, dentro de este aspecto, la principal preocupacion es la falta de acceso pleno de los establecimientos policiales a los mecanismos de comprobacion de los datos relativos a la identidad de las personas que obran en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales a cargo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC). Esta situacion impide o dificulta el trabajo de individualizacion de los presuntos responsables y la verificacion de sus domicilios. Y en tercer lugar, las distintas interpretaciones que da el personal policial al procedimiento por faltas disenado por la Ley Nº 27939. Undecimo.- El Instituto Nacional Penitenciario y la Justicia de Paz Letrada en comisarias. Sus principales problemas se presentan respecto a la ejecucion de la pena. Se ha constatado que algunos Jueces de Paz Letrados incumplen su obligacion de remitir MORDAZA certificada de la sentencia al INPE o consignan direcciones de los imputados que resultan falsas, evidenciando que estas no han sido verificadas por la PNP ni por los jueces, lo que impide el cumplimiento de la pena. De igual modo, es necesario ampliar el numero y MORDAZA de entidades receptoras donde los condenados puedan cumplir su sancion. Duodecimo.- La defensa de oficio y la Justicia de Paz Letrada en comisarias. Existe un tratamiento inequitativo por parte de la legislacion respecto a la cobertura de la defensa legal gratuita, pues solo se garantiza a los denunciados o agresores. Esta situacion de inequidad motiva que, sobre todo en los casos de faltas constitutivas de violencia familiar, exista una situacion de desventaja de la victima dentro del MORDAZA de Justicia de Paz Letrada, asi como en la defensa de sus intereses. La informacion recopilada confirma ese problema del diseno normativo cuando evidencia una mayor intervencion de abogados de denunciados (17.8%) que de abogados de agraviados o agraviadas (0.6%). Se ha constatado asimismo que en ocho de los nueve Juzgados de Paz Letrados en comisarias supervisados presta servicio un abogado de oficio, lo cual es insuficiente para cubrir la demanda. En el Juzgado de Paz Letrado de Palacio Viejo (Arequipa) no se cuenta con este servicio, lo que vulnera el derecho constitucional a la defensa y la propia Ley Nº 27939, que dispone el derecho de los inculpados a ser asistidos por un abogado defensor. Decimotercero.- Condiciones de la Justicia de Paz Letrada en comisarias. La supervision defensorial en los Juzgados de Paz en comisarias ha permitido advertir las siguientes situaciones: a) El mayor porcentaje de faltas procesadas esta constituido por las faltas contra la persona -lesiones dolosas (41.2%)-, seguido del grupo de faltas contra el patrimonio - hurto simple (32.8%)-. b) Durante los 16 meses que comprende la supervision realizada, es decir, entre MORDAZA del 2005 y agosto del 2006, los nueve Juzgados de Paz Letrados tuvieron una carga procesal de 15, 130 expedientes. Esto implica un promedio de 1,681 expedientes ingresados a cada Juzgado durante ese lapso y, aproximadamente, 105 expedientes ingresados por cada mes. c) Salvo el Juzgado de Paz Letrado en la Comisaria de MORDAZA (Huancayo), los Juzgados de Paz Letrados en comisarias atienden al publico en dos turnos de siete horas cada uno, ampliando la cobertura de atencion y las condiciones de acceso a la Justicia de Paz Letrada a 14 horas diarias. En cada Juzgado labora un equipo de tres personas, incluyendo al Juez. Sin embargo, en atencion a la carga procesal y a lo manifestado por el propio personal judicial entrevistado, dicho numero resulta insuficiente. d) Los Juzgados de Paz Letrados en comisarias enfrentan problemas de infraestructura y logistica. En la mayoria de los casos, esta insuficiencia se manifiesta en el reducido espacio fisico para el desarrollo de sus funciones, la provision de utiles de oficina y equipos de computo. La mas importante insuficiencia es la falta de acceso a Internet y al Registro Unico de Identificacion de

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