Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2007 (27/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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MORDAZA que regula los requisitos y procedimientos para determinar su procedencia; Que, estos hechos habrian ocasionado perjuicio economico para PARSSA por un importe ascendente S/. 124,881.99 Nuevos Soles el cual debe ser resarcido conforme a lo previsto en el articulo 1321° del Codigo Civil; Que, el inciso f) del articulo 15° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el caracter de prueba pre-constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru, el inciso f) del articulo 15° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley N° 17537, Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado en asuntos judiciales; modificado por el Decreto Ley N° 17667, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en representacion de los derechos e intereses del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra las personas identificadas en el Informe Especial N° 0072006-2-5303, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 41566-2

y reinscripcion de los martilleros publicos en cada Distrito Judicial, el mismo que indica debe efectuarse semestralmente. Que siendo esto asi, resulta necesario regular el plazo de MORDAZA de las solicitudes de inscripcion de los Martilleros Publicos a fin de poder incorporarlos o reincorporarlos, segun sea el caso, a esta Corte, de manera uniforme y oportuna. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE : Articulo Primero.- DISPONER que la MORDAZA de solicitudes de inscripcion o reinscripcion de los Martilleros Publicos para integrar la Nomina de esta Corte Superior de Justicia correspondiente al Primer Semestre, se efectue del 26 de marzo al 4 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Registro de Peritos Judiciales el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- PONER la resolucion en conocimiento de la Oficina de Administracion Distrital y REPEJ, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 41840-1

Aprueban Plan Anual de Visitas Administrativas a los organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 124-2007-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 26 de marzo del 2007 VISTA:

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen fecha de MORDAZA de solicitudes de inscripcion o reinscripcion de Martilleros Publicos para integrar la Nomina de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 123-2007-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 23 de marzo del 2007 VISTOS y CONSIDERANDO : Que por Resolucion Jefatural N° 252-2007-SUNARPZ.R. N° IX/JEF publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 del presente, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, dispuso la habilitacion anual en el cargo de Martillero Publico de las personas que detalla la indicada resolucion, a fin de que sigan ejerciendo sus funciones a nivel nacional. Que la Resolucion Administrativa N° 001-2005CE-PJ que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, comprende dentro de la estructura de las Cortes Superiores como Unidad Organica, rubro 14, el procedimiento de inscripcion

La Resolucion Administrativa N° 017-2003-CE-PJ; y CONSIDERANDO: Que por resolucion de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia junto con los Jefes de las Oficinas de Administracion Distrital, se constituyan a cada una de las dependencias de su jurisdiccion, a efectos de verificar la correcta marcha administrativa del Distrito Judicial respectivo, asi como el debido cumplimiento de las normas dictadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y las disposiciones administrativas dictadas por la Gerencia General. Que el articulo tercero de la mencionada resolucion dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores remitan al organo supremo de gobierno y gestion, la resolucion administrativa que aprueba el plan anual de visitas dentro de su jurisdiccion; por lo que resulta necesario efectuar la programacion respectiva para el presente ano judicial. Que estando a lo expuesto y en merito a las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90° de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Visitas Administrativas a los organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que forma parte de la presente resolucion, las que seran realizadas por el Presidente de la Corte y el Jefe de la Oficina de Administracion Distrital. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital coordine lo pertinente para cumplir con la realizacion de las visitas aludidas y se encargue de enviar los formatos debidamente llenados al Consejo

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