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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de marzo de 2007 342249 norma que regula los requisitos y procedimientos para determinar su procedencia; Que, estos hechos habrían ocasionado perjuicio económico para PARSSA por un importe ascendente S/. 124,881.99 Nuevos Soles el cual debe ser resarcido conforme a lo previsto en el artículo 1321° del Código Civil; Que, el inciso f) del artículo 15° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que los informes elaborados en base a acciones de control tienen el carácter de prueba pre-constituida para el inicio de las acciones legales a que hubiera lugar; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47° de la Constitución Política del Perú, el inciso f) del artículo 15° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Decreto Ley N° 17537, Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado en asuntos judiciales; modi fi cado por el Decreto Ley N° 17667, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que en representación de los derechos e intereses del Estado, inicie las acciones legales correspondientes contra las personas identi fi cadas en el Informe Especial N° 007- 2006-2-5303, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 41566-2 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen fecha de presentación de solicitudes de inscripción o reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 123-2007-P-CSJLI/PJ Lima, 23 de marzo del 2007 VISTOS y CONSIDERANDO : Que por Resolución Jefatural N° 252-2007-SUNARP- Z.R. N° IX/JEF publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 17 del presente, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, dispuso la habilitación anual en el cargo de Martillero Público de las personas que detalla la indicada resolución, a fi n de que sigan ejerciendo sus funciones a nivel nacional. Que la Resolución Administrativa N° 001-2005- CE-PJ que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, comprende dentro de la estructura de las Cortes Superiores como Unidad Orgánica, rubro 14, el procedimiento de inscripción y reinscripción de los martilleros públicos en cada Distrito Judicial, el mismo que indica debe efectuarse semestralmente. Que siendo esto así, resulta necesario regular el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción de los Martilleros Públicos a fi n de poder incorporarlos o reincorporarlos, según sea el caso, a esta Corte, de manera uniforme y oportuna. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE : Artículo Primero.- DISPONER que la presentación de solicitudes de inscripción o reinscripción de los Martilleros Públicos para integrar la Nómina de esta Corte Superior de Justicia correspondiente al Primer Semestre, se efectúe del 26 de marzo al 4 de abril del año en curso. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Registro de Peritos Judiciales el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER la resolución en conocimiento de la O fi cina de Administración Distrital y REPEJ, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 41840-1 Aprueban Plan Anual de Visitas Administrativas a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 124-2007-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de marzo del 2007 VISTA: La Resolución Administrativa N° 017-2003-CE-PJ; yCONSIDERANDO: Que por resolución de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia junto con los Jefes de las Ofi cinas de Administración Distrital, se constituyan a cada una de las dependencias de su jurisdicción, a efectos de veri fi car la correcta marcha administrativa del Distrito Judicial respectivo, así como el debido cumplimiento de las normas dictadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y las disposiciones administrativas dictadas por la Gerencia General. Que el artículo tercero de la mencionada resolución dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores remitan al órgano supremo de gobierno y gestión, la resolución administrativa que aprueba el plan anual de visitas dentro de su jurisdicción; por lo que resulta necesario efectuar la programación respectiva para el presente año judicial. Que estando a lo expuesto y en mérito a las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Visitas Administrativas a los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, que forma parte de la presente resolución, las que serán realizadas por el Presidente de la Corte y el Jefe de la O fi cina de Administración Distrital. Artículo Segundo.- DISPONER que la O fi cina de Administración Distrital coordine lo pertinente para cumplir con la realización de las visitas aludidas y se encargue de enviar los formatos debidamente llenados al Consejo