Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2007 (27/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, martes 27 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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prestacion de los servicios personalisimos materia de la presente Resolucion, radica en que no habria peligro en la demora en la MORDAZA del MORDAZA judicial puesto que dicho profesional se encuentra ya acreditado en todos los procesos, situacion que permite la continuidad adecuada en la defensa y MORDAZA el riesgo de la perdida de plazos, a lo cual se suma que cuenta con el apropiado conocimiento y dominio de cada uno de los procesos vigentes asi como con el "expertisse" derivado del conocimiento de la jurisprudencia derivada de los procesos concluidos y vigentes; Que, conforme al Informe Tecnico Legal de VISTOS, de acuerdo a las consideraciones que se ha tomado en cuenta, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con las condiciones que establece el Articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para la exoneracion del procedimiento de seleccion por servicios personalisimos que requiere contratar OSITRAN; Que, en el citado Informe Tecnico Legal, en lo que concierne a la sustentacion legal para proceder a la contratacion, se menciona entre otras consideraciones, que el literal f) del articulo 19º y articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 145º al 148º de su Reglamento, permiten que la contratacion de un especialista pueda realizarse por el supuesto de servicios personalisimos y como tal exonerado del MORDAZA de seleccion; Que, por su parte, el Memorando Nº 044-07-GAFOSITRAN del 22 de marzo de 2007, senala que existe disponibilidad presupuestal para contratar el mencionado servicio; y que se ha incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por la Resolucion de Gerencia General Nº 013-2007-GG-OSITRAN del 20 de marzo del 2007, la referida contratacion de acuerdo a lo solicitado por la Gerencia de Asesoria Legal: Que, lo expuesto en el Informe Tecnico Legal y el Memorando precitados justifican tecnica y legalmente la contratacion del referido servicio especializado mediante la referida exoneracion del procedimiento de seleccion, cumpliendose asi con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley; Que, para tales efectos, y segun lo dispuesto en el literal a) del articulo 20º del TUO de la Ley, la exoneracion a la que se hace referencia en los parrafos precedentes, debera ser aprobada mediante Resolucion del titular del pliego de la entidad; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 53º literal a) del Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, que establece que el Presidente de OSITRAN ejerce la titularidad del pliego presupuestal, cumpliendo con todas las obligaciones derivadas de esta funcion, le corresponde al Presidente del Consejo Directivo aprobar la referida exoneracion al MORDAZA de Seleccion correspondiente; Que, segun lo dispuesto en el articulo 20º del TUO de la Ley, la Resolucion que apruebe la exoneracion al MORDAZA de Seleccion, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; y, conforme al articulo 147º del Reglamento, adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 20º del TUO de la Ley senala que se debera remitir MORDAZA de la Resolucion aprobatoria asi como del Informe sustentatorio a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE dentro del mismo plazo de publicacion, sin perjuicio del registro en el SEACE; Que, es preciso senalar que el presente MORDAZA de contratacion que se pretende efectuar, cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, conforme al Memorando Nº 044-07-GAF-OSITRAN; Por lo expuesto, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion al MORDAZA de Seleccion que corresponde para la contratacion del servicio personalisimo referido en la parte considerativa de la presente Resolucion; en consecuencia, encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de OSITRAN que realice las acciones correspondientes para la contratacion del Dr. MORDAZA MORDAZA Hurtado. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General que remita MORDAZA de la presente Resolucion, del Informe

Tecnico - Legal Nº 016-2007-GAL-OSITRAN y del Memorando Nº 044-07-GAF-OSITRAN, que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General que ejecute las acciones necesarias para que la presente Resolucion sea publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; asi como la publicacion en el SEACE y a traves de la pagina web de OSITRAN (www.ositran.gob.pe ). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente del Consejo Directivo 41501-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de leche fresca pasteurizada
ACUERDO DE CONCEJO Nº 073- 2007/MDB Brena, 20 de marzo del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de marzo de 2007, Informe Nº 044-2007-PVL/MDB del Programa del Vaso de Leche, Informe Nº 025-2007GAF/MDB de la Gerencia de Administracion y Finanzas, Informe Nº 172-2007-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica, referido a la Declaratoria de la Situacion de Desabastecimiento Inminente para la Adquisicion de Leche Fresca Pasteurizada; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 032-2006MDB de fecha 12 de diciembre de 2006, se aprobo el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Brena para el ano fiscal 2007, Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0432007-DA/MDB de fecha 3 de enero de 2007 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Brena para el ejercicio fiscal 2007; Que mediante Informe Nº 044-2007-PVL/MDB del Programa del Vaso de Leche comunica a la Gerencia de Administracion y Finanzas que mediante Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2007-CEP/MDB, se llevo a cabo la Adquisicion de los Suministros para el Programa del Vaso de Leche, quedando desierto el Item 3 Leche Fresca Pasteurizada por ausencia de postores por tal razon con la finalidad de cumplir con sus funciones y sus fines hacia la Comunidad solicita adquirir via Desabastecimiento Inminente la cantidad de 106,920 sachets de leche fresca pasteurizada de 250 ml. por tal razon solicita realizar las coordinaciones necesarias a fin de contar con una Empresa que brinde el abastecimiento de Leche Fresca Pasteurizada por el periodo aproximado de 2 meses. Que mediante Informe Nº 025-2007-GAF/MDB de la Gerencia de Administracion y Finanzas senala que se ha tomado conocimiento de la Declaratoria Desierta del Item 3 Leche Fresca Pasteurizada y de conformidad con los articulos 19º. y 21º. del Texto Unico Ordenado de la

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