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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de mayo de 2007 344587 partir del 1 de mayo de 2007, por lo que procede designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNAS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir del 1° de mayo de 2007, al doctor Ferrer Anívar Rodríguez Rodríguez en el cargo de Gerente de Políticas y Normas, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, publíquese y archívese.JOSÉ EDUARDO SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 55319-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional Ayacucho ORDENANZA REGIONAL Nº 040-06-GRA/CR Ayacucho, 26 de diciembre del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre del 2006, trató el tema relacionado a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF. de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo - 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República; y el literal a) del artículo acotado señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con los literales a) y b) del artículo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modi fi catoria Ley Nº 27902; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - R.O.F. de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho, que consta de cuatro (04) Títulos, ocho (8) Capítulos, veintiún (21) Artículos y una (1) Disposición Complementaria, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 011-06-GRA/CR de fecha 28 de abril del 2006. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente 55179-1 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Designan Directora Regional de Educación de Lima Provincias RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 291-2007-PRES Huacho, 27 de abril del año 2007 VISTOS: la Carta de fecha 23 de abril del 2007, cursada por don Yulino Fulgencio Milla Salas, mediante el cual pone a disposición su cargo de Director Regional de Educación de Lima Provincias, el Informe Nº 095-2007-GRL/GRDS de la Gerencia Regional de Desarrollo Social de fecha 26 de abril del 2007; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 21º inciso c) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Presidente Regional tiene la atribución de designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de con fi anza; Que, con fecha 20 de diciembre de 2006, se emite la Resolución Ejecutiva Regional Nº 641-2006-PRES, por medio del cual se resuelve designar a partir de la fecha a don Yulino Fulgencio Milla Salas, en el cargo de Director Regional de Educación de Lima Provincias, cargo considerado de con fi anza, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28926; Que, mediante Carta de fecha 23 de abril de 2007, de don Yulino Fulgencio Milla Salas, pone a disposición su cargo de Director Regional de Educación Lima Provincias; Que, la Ley Nº 28926, regula el Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales, estableciendo en su artículo 2º la modi fi cación de la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modi fi cada por la Ley Nº 27902, disponiendo que los Directores Regionales son funcionarios de confi anza, y su designación y cese corresponde al Presidente Regional a propuesta del respectivo Gerente Regional; Que, vista la propuesta formulada por el Gerente Regional de Desarrollo Social, contenida en el Informe Nº 095-2007-GRL/GRDS de fecha 26 de abril del 2007, por el cual propone el cese de don Yulino Fulgencio Milla Salas, del cargo de Director Regional de Educación de Lima Provincias; Por lo que con la conformidad de la Gerencia General Regional y las visaciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General del Gobierno Regional de Lima;