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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2007 (03/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de mayo de 2007 344589 ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público señor Dr. EDUARDO ENRIQUE VARGAS OTERO, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de Breña, inicie e impulse los procesos administrativos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como los demás procesos judiciales, con la fi nalidad de interponer la demanda de Revisión Judicial del Procedimiento de Ejecución Coactiva a efecto de que se declare la Nulidad de la Resolución Nº 01 de fecha 22 de febrero del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo noti fi car el presente Acuerdo a las Gerencias, Subgerencias y Unidades para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 55291-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Amplían beneficio tributario por deudas vencidas al 31 de diciembre de 2006 ORDENANZA N° 000024-2007-MDSJM San Juan de Mira fl ores, 26 de abril del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTO:VISTOS, en su Sesión Ordinaria de fecha 26 de abril del 2007, el pedido de los señores Regidores; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 191° y 192° numeral 3) de la Constitución Política del Perú, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y por tanto pueden crear, modi fi car, y suprimir contribuciones, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, dentro de la política de la actual gestión municipal, está la de otorgar a los contribuyentes del distrito, las máximas facilidades y oportunidades para que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias vencidas; dado que la actual situación económica de una gran parte de nuestra población está dentro del grado de pobreza y extrema pobreza, por lo que se hace necesario prorrogar los plazos, para que los contribuyentes puedan tener un mayor y mejor acceso al pago de sus obligaciones; Que, el último párrafo del artículo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la administración tributaria; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 39° de la Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, contando con el voto MAYORITARIO de los señores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA AMPLIACIÓN DEL BENEFICIO TRIBUTARIO POR DEUDAS VENCIDAS AL 31 DE DICIEMBRE 2006 Artículo 1º.- AMPLIAR, a partir de la fecha, el plazo de vigencia otorgado en la Ordenanza N° 0003-2007-MDSJM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 7 de febrero del 2007 que establece el Bene fi cio de Regularización por las deudas tributaria y no tributaria en el distrito de San Juan de Mira fl ores, hasta el 30 de mayo del 2007. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Gerencia de Informática, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Informática su difusión. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 55377-1 Amplían vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2007 ORDENANZA Nº 000025-2007-MDSJM San Juan de Mira fl ores, 26 de abril del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES POR CUANTOVISTOS, en su Sesión Ordinaria de fecha 26 de Abril del 2007, el pedido de los señores regidores; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 191° y 192° numeral 3) de la Constitución Política del Perú, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y el Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y por tanto pueden crear, modi fi car, y suprimir contribuciones, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, dentro de la política de la actual gestión municipal, esta la de otorgar a los contribuyentes del distrito, las máximas facilidades y oportunidades para que puedan regularizar sus obligaciones tributarias y no tributarias vencidas; dado que la actual situación económica de una gran parte de nuestra población está dentro del grado de pobreza y extrema pobreza, por lo que se hace necesario prorrogar los plazos, para que los contribuyentes puedan tener un mayor y mejor acceso al pago de sus obligaciones; Que, el último párrafo del artículo 29° del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99.EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la Administración tributaria; Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 39° de la Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, contando con el voto MAYORITARIO de los Señores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del acta ha dado la siguiente: