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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de mayo de 2007 344588 Estando a la documentación de vistos y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente del Gobierno Regional por el inciso c) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CESAR en el cargo de Director Regional de Educación de Lima Provincias a don YULINO FULGENCIO MILLA SALAS; Artículo Segundo.- DESIGNAR a doña CARMEN ROSA BERMEO RAMIREZ en el cargo de Directora Regional de Educación de Lima Provincias. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.NELSON O. CHUI MEJÍA Presidente Regional 55340-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Otorgan beneficio administrativo para pago de multas ORDENANZA N° 250-2007/MDB-CDB Breña, 25 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de abril de 2007, el Informe N° 133-GATR/MDB, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de fecha 25 de abril de 2007, referido a realizar un descuento a las Multas Administrativas generadas a los contribuyentes de la Jurisdicción del distrito de Breña; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º, 194° y numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, reconocen a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas; y que mediante Ordenanzas pueda crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a Ley; Que, mediante Informe Nº 133-2007-GATR/MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, señala la necesidad de conceder bene fi cios de rebajas de multas a las personas naturales y jurídicas que hayan cumplido con formalizar su situación ante esta corporación, obteniendo las correspondientes autorizaciones municipales y otros que hayan sido objeto de sanción de multa administrativa en aplicación a la facultad sancionadora dispuesta con Ley Nº 27972. En tal razón y viendo la realidad concreta, se hace necesario brindar las facilidades a los contribuyentes que a la fecha no cumplir con pagar sus deudas tributarias; ya que ésto contribuirá a disminuir la morosidad en el distrito; Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el artículo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO ADMINISTRATIVO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE BREÑA Artículo Primero.- Apruébese un Bene fi cio Administrativo el cual alcanza a las Multas Administrativas de los Años 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007; que se encuentren tanto en cobranza ordinaria como en coactiva esta última sin costas procesales; el cual tendrá un descuento del 80%. Artículo Segundo.- No se encuentran comprendidas en el bene fi cio de la presente Ordenanza las Multas Administrativas impuestas por la Gerencia de Desarrollo Urbano con código 3/100 y las Multas Administrativas que formen parte de una Resolución de Gerencia que determine un cierre temporal del establecimiento y/o la clausura de fi nitiva del mismo. Artículo Tercero.- El pago de la Multa en aplicación de la presente Ordenanza, implica el desistimiento automático de los recursos impugnatorios que se hayan interpuesto contra dichas multas. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de mayo de 2007. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al Señor Alcalde para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, establecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplicación de la presente ordenanza y a Unidad de Imagen Institucional y Comunicación su difusión. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 55292-1 Autorizan a procurador iniciar acciones legales a fin de interponer demanda de revisión judicial de procedimiento de ejecución coactiva ACUERDO DE CONCEJO Nº 133-2007/MDB Breña, 25 de abril del 2007EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 25 de febrero del 2007, O fi cio Nº 24-PROCURADURIA PUBLICA-MDB-2007. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 24-PROCURADURIA PUBLICA-MDB-2007, de la Procuraduría Pública solicita al Despacho de Alcaldía la autorización del Concejo Municipal a fi n de autorizar al Procurador Público para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad inicie o impulse procesos judiciales contra los Funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal, así como los demás procesos judiciales, interpuestos contra el Gobierno Local o sus representantes. Asimismo señala que viene asumiendo sus funciones con arreglo a Ley, para lo cual de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º. inciso 23) de la Ley Orgánica de Municipalidades, con la fi nalidad de interponer ante el Poder Judicial la demanda de Revisión Judicial del Procedimiento de Ejecución Coactiva a efecto de que se declare la Nulidad de la Resolución Nº 01 de fecha 22 de febrero del 2007. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. inciso 23) de la Ley Nº. 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la votación UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta;