Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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mismas que se especifican para el Consejo Directivo Nacional, exceptuando las que correspondan al ambito nacional. Articulo 18º.- Validacion de odontograma universal El Colegio Odontologico del Peru valida el odontograma universal como medio de identificacion personal". Articulo 3º. Derogatoria Deroganse los articulos 14º, 15º y 16º de la Ley Nº 15251, Ley que crea el Colegio Odontologico del Peru y las demas normas que se oponen a la presente Ley.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
PRIMERA.- Vigencia de Ley La presente Ley entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. SEGUNDA.- Adecuacion El Colegio Odontologico del Peru adecuara sus reglamentos internos a la presente Ley, dentro de los sesenta (60) dias contados a partir de la vigencia de la misma. Los organos de gobierno actuales se adecuaran a la nueva estructura que se establece. Su implementacion prorroga por un (1) ano el mandato de la gestion institucional vigente. TERCERA.- Reglamentacion El Poder Ejecutivo reglamentara la presente Ley, en coordinacion con el Colegio Odontologico del Peru, en el plazo no mayor de sesenta (60) dias. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

prescrito en el inciso 8) del articulo 102º de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 3º de la Ley Nº 27856, ha resuelto acceder a la peticion presentada por el senor Presidente Constitucional de la Republica, que cuenta con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y, en consecuencia, autorizar el ingreso al territorio nacional de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, del 14 de MORDAZA al 30 de setiembre de 2007, en reemplazo del personal militar autorizado a ingresar al territorio de la Republica mediante Resolucion Legislativa N° 28960, para realizar actividades militares de apoyo informativo con personal del Ejercito, de la MORDAZA de MORDAZA y de la Policia Nacional del Peru, de acuerdo a las especificaciones que, como Anexos A y B, forman parte integrante de la presente Resolucion Legislativa, en vista de que no afecta en forma alguna la soberania nacional, ni constituye instalacion de bases militares. La presente Resolucion Legislativa no irroga gasto alguno al Estado. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2007 Cumplase, registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros ANEXO A
IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR GRADO NOMBRE CAPITAN MORDAZA QUIRE SUBOFICIAL DE 1ERA MORDAZA MORDAZA J. SUBOFICIAL DE 3ERA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1ERO MORDAZA J. MORDAZA TECNICO DE 5TA MORDAZA RESTO SUBOFICIAL DE 1ERA MORDAZA MORDAZA

Nº 1. 2. 3. 4. 5. 6.

ANEXO B
NOMENCLATURA M16 M16 M16 M16 M16 M16 RELACION DE MORDAZA Nº DE SERIE 6204938 6206753 6203872 6207818 6215165 6204782

59774-3

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29017
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL: DEL 14 DE MORDAZA AL 30 DE SETIEMBRE DE 2007

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA
Articulo unico.- Objeto de la Resolucion Legislativa El Congreso de la Republica, de conformidad con lo

59774-5

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29018
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

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