Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE :

345045

Otorgan a persona natural permiso de pesca provisional en cumplimiento de mandato judicial
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 187-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2007 Visto las Resoluciones Numero DOS y CINCO de fechas 23 de febrero y 28 de marzo del 2007, expedidas por el Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante escrito y adjunto de registro Nº 00014295, de fechas 26 de febrero y 28 de marzo de 2007; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 073-2006PRODUCE/DNEPP, de fecha 6 de marzo del 2006, se declara inadmisible la solicitud de permiso de pesca, presentada por el senor MORDAZA TEQUE MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "MI ALBERTO" de matricula PL-20809-PM, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, por cuanto el administrado no interpuso ningun recurso administrativo contra la decision de la Direccion Regional de la Produccion del Gobierno Regional de MORDAZA de no admitir a tramite la solicitud de permiso de pesca y al haber vencido el plazo perentorio el 21 de enero de 2003 para que los armadores soliciten permiso de pesca dentro del regimen de la Ley Nº 26920; Que a traves de la Resolucion Viceministerial Nº 1272006-PRODUCE/DVP, de fecha 14 de septiembre del 2006, se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA TEQUE MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 073-2006-PRODUCE/DNEPP, al no haberse desvirtuado los fundamentos de la Resolucion impugnada; Que mediante Resolucion Viceministerial Nº 1532006-PRODUCE/DVP, del 14 de diciembre del 2006, se declara inadmisible la nulidad deducida por el administrado MORDAZA TEQUE MORDAZA de la Resolucion Viceministerial Nº 127-2006-PRODUCE/DVP; Que mediante los escritos del visto, el Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, adjunta las Resoluciones Numero DOS y CINCO de fechas 23 de febrero y 28 de marzo del 2007, respecto a la medida cautelar generica solicitada por MORDAZA TEQUE MORDAZA, la misma que fue concedida y se dispone reiteradamente que la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion expida provisionalmente el permiso de pesca a favor de MORDAZA TEQUE MORDAZA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI ALBERTO" con numero de matricula PL-20809-PM y 100.00 m3 de capacidad de bodega para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina, jurel y caballa para consumo humano directo; Que el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe Nº 2112007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente;

Articulo 1º.- En estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en las Resoluciones Numero DOS y CINCO de fechas 23 de febrero y 28 de marzo del 2007, emitidas por el Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, otorgar al senor MORDAZA TEQUE MORDAZA, permiso de pesca provisional para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "MI ALBERTO" de matricula PL20809-PM y 100.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas ( 38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas para los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10 ) millas marinas adyacentes a la costa para los recursos jurel y caballa. Articulo 2º.- En concordancia con lo dispuesto en los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, el recurso anchoveta debera ser destinado al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa unicamente para el consumo humano directo. Articulo 3º.- Incluir a la embarcacion "MI ALBERTO" de matricula PL- 20809-PM en el literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE ; asi como en el Anexo III del listado de embarcaciones publicada por Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Articulo 4º.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolucion quedara sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuradora Publico Adjunto a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Noveno Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

59039-1

Otorgan autorizaciones de incremento de flota para la construccion de embarcaciones a armadores y a empresa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 188-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2007 Visto el escrito con Registro Nº 00054521 de fecha 22 de agosto de 2006 presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA QUIROZ. CONSIDERANDO: Que el Articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y/o adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con autorizacion previa de incremento de flota otorgado por el Ministerio de Pesqueria (hoy de Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, dispone que la autorizacion de incremento de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la Direccion Regional de Pesqueria - Chiclayo, a traves de la Resolucion Directoral Regional Sectorial Nº 095-98-CTAR-LAMB/DRP, otorgo permiso de

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