Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2007 (14/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 14 de MORDAZA de 2007

j) Otras que se les asigne conforme a su naturaleza. CAPITULO IV 04. ORGANOS REGIONALES DE CONTROL INSTITUCIONAL Y DEFENSA JUDICIAL Articulo 44°.- Fiscalizacion y control El Gobierno Regional de MORDAZA esta sujeto a la fiscalizacion permanente del Congreso de la Republica, del Consejo Regional y la ciudadania, conforme a ley y al Reglamento del Consejo Regional. La fiscalizacion se ejerce con arreglo a los principios de gestion publica regional senalados en la ley. El Control a nivel regional esta a cargo de la Oficina Regional de Control Institucional. Articulo 45°.- Defensa judicial La defensa de los derechos e intereses del estado a nivel del Gobierno Regional se ejerce judicialmente por la Procuraduria Publica Regional, que esta a cargo de un Procurador Publico nombrado por el Presidente Regional, previo concurso publico de meritos. SUBCAPITULO I 04.1.- OFICINA REGIONAL DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 46°.- Oficina Regional de Control Institucional La Oficina Regional de Control Institucional ­ ORCI, es el organo de control del Gobierno Regional de MORDAZA, se encarga del realizar el control gubernamental interno posterior y el control gubernamental externo, teniendo como mision, promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, asi como el logro de sus resultados, mediante la ejecucion de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales del Gobierno Regional de Arequipa. Depende funcional y organicamente de la Contraloria General de la Republica conforme a la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y Contraloria General de la Republica. Esta a cargo de un funcionario seleccionado y nombrado por la Contraloria General de la Republica, previo concurso publico de meritos. Sus funciones son las siguientes: a) Ejecutar las acciones programadas por el organismo superior de control, asi como las que requiera la alta direccion del Gobierno Regional de MORDAZA, previa coordinacion con la Contraloria General de la Republica. b) Realizar recomendaciones a la alta direccion y demas organos del Gobierno Regional de MORDAZA, que estaran contenidas en los informes que presenta como resultado de las acciones de control y de los examenes especiales, o absolviendo las consultas que en materia del control le MORDAZA formuladas. c) Realizar las acciones de control previstas en el Plan Anual de Control, asi como otras dispuestas por la Presidencia Regional previa coordinacion con la Contraloria General de la Republica. d) Examinar la implementacion de Planes y Proyectos de Inversion que efectue el Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de evaluar su veracidad y eficiencia en concordancia con las normas, metodos y procedimientos que establece el Sistema Nacional de Control. e) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control Institucional aprobado por la Contraloria General de la Republica, de acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto. f) Emitir informes de auditoria resultantes de las acciones de control y remitirlos a la Presidencia Regional y a la Contraloria General de la Republica, conteniendo las recomendaciones pertinentes para su aplicacion. g) Emitir informes anuales al Consejo Regional, acerca del ejercicio de sus funciones y del estado del control del uso de recursos y fondos publicos. h) Evaluar en forma permanente el Sistema de Control Interno del Gobierno Regional de Arequipa. i) Divulgar, promover y propiciar el desarrollo, conocimiento y aplicacion de las Normas de Control Interno contenidas en la Resolucion de Contraloria N° 320-2006-CG y otras dictadas por la Contraloria General de la Republica. j) Propiciar el desarrollo de normas y procedimientos internos de control institucional.

k) Verificar lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Publico, en lo que se refiere a la ejecucion de las normas de austeridad. l) Efectuar el seguimiento de la implementacion de las recomendaciones y la aplicacion de acciones y medidas correctivas. m) Las demas funciones que le MORDAZA asignadas y aquellas que le correspondan en materia de su competencia. SUBCAPITULO II 04.2.- PROCURADURIA PUBLICA REGIONAL Articulo 47°.- Procuraduria Publica Regional La Procuraduria Publica Regional, es un organo MORDAZA en el ejercicio de sus funciones, responsable de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de MORDAZA, encargada de representarla y defender sus derechos e intereses ante el Tribunal Constitucional, Poder Judicial y Ministerio Publico; conforme a lo dispuesto por las normas del Sistema de Defensa Judicial del Estado y esta a cargo del Procurador Publico Regional. Cumple las funciones siguientes: a) Ejercitar en los juicios, todas las acciones y recursos legales que MORDAZA necesarios en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional de Arequipa. b) Realizar el control de los asuntos judiciales de las Gerencias Regionales y dependencias del Gobierno Regional de Arequipa. c) Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario de cualquier entidad publica para el ejercicio de su funcion. d) Informar permanentemente al Consejo Regional, asi como al Consejo de Defensa Judicial del Estado, sobre los procesos judiciales iniciados y tramitados en defensa de los derechos e intereses del Gobierno Regional de Arequipa. e) Formular anualmente su Memoria de Gestion en el mes de febrero del ano siguiente al informado, conforme a las disposiciones que el Consejo de Defensa Judicial del Estado establezca. f) Las demas senaladas en laS disposiciones legales sobre representacion y defensa del Estado en juicio. Articulo 48°.- Procurador Regional Adjunto La Procuraduria Publica Regional tiene un Procurador Adjunto, quien colabora con el Procurador Publico Regional, y lo remplaza con las mismas atribuciones en los casos de vacaciones, ausencia, enfermedad, licencia o cualquier otro MORDAZA de impedimento. CAPITULO V 05. ORGANOS DE ASESORAMIENTO SUBCAPITULO I 5.1.- OFICINA REGIONAL DE ASESORIA JURIDICA Articulo 49°.- Oficina Regional de Asesoria Juridica La Oficina Regional de Asesoria Juridica es un organo de asesoramiento del Gobierno Regional, en temas juridico legales. Depende jerarquica, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes: a) Asesorar a la alta direccion y a los organos del Gobierno Regional de MORDAZA, en los aspectos juridicos y administrativos que le MORDAZA consultados para su opinion o tramite. b) Informar, opinar y absolver consultas sobre los proyectos de caracter legal que formulen las diferentes dependencias del Gobierno Regional de Arequipa. c) Recopilar, evaluar, compendiar sistematicamente y difundir la legislacion relacionada con las Regiones. d) Patrocinar al Gobierno Regional MORDAZA en los procedimientos administrativos y otros no jurisdiccionales, ni ante el Ministerio Publico, dentro de las normas legales vigentes. e) Formular las resoluciones, contratos, convenios y demas documentos que el Gobierno Regional MORDAZA deba celebrar con terceros, para el desarrollo de sus actividades o revisarlos y opinar cuando estos hayan sido elaborados por otras dependencias del Gobierno Regional Arequipa.

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