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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2007 (14/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 14 de mayo de 2007 345219 f) Revisar y visar las normas de gestión institucional sometidas a su consideración, así como los proyectos y dispositivos legales que expida la alta dirección. g) Integrar como miembro y/o asesorar las comisiones, comités y otros órganos asociados, donde se requiera su participación. h) Absolver consultas formuladas por las o fi cinas legales de las dependencias del Gobierno Regional de Arequipa. i) Coordinar con instituciones y terceras personas las acciones en materia jurídica, cursando las comunicaciones correspondientes. j) Proyectar resoluciones autorizando al Procurador para iniciar acciones legales en contra de instituciones o personas que tengan responsabilidad civil o penal. k) Las demás funciones que le sean asignadas y aquellas que le correspondan en materia de su competencia. SUBCAPÍTULO II 05.2.- OFICINA REGIONAL DE DEFENSA NACIONAL Y DEFENSA CIVIL Artículo 50°.- O fi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil La O fi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil es un órgano de asesoramiento, depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia General. Sus funciones son las siguientes. a) Planear, programar, ejecutar y supervisar las acciones de Defensa Nacional, en el ámbito regional. b) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y planes sectoriales. c) Integrar las comisiones de planeamiento y otras que se constituyan para los fi nes de seguridad, defensa nacional y defensa civil. d) Compatibilizar los planes estratégicos regionales con las políticas de seguridad y defensa nacional. e) Coordinar y concertar acciones pertinentes a la Defensa Nacional con las Municipalidades Provinciales y Distritales; así como la población en el ámbito regional. f) Realizar las funciones que correspondan en las fases de planeamiento, preparación y ejecución en el ámbito regional, en concordancia con lo dispuesto por la Ley de Movilización Nacional y su Reglamento. g) Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres a nivel regional y provincial, priorizando las zonas con peligros potenciales, en coordinación con las instancias correspondientes, según las normas legales vigentes. h) Organizar y ejecutar programas de asistencia directa e inmediata a los damni fi cados de desastres naturales. i) Proponer y ejecutar acciones de rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas por desastres naturales. j) Promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios en la Región. k) Generar los espacios de concertación regional para el fortalecimiento de las acciones de defensa civil. l) Prestar servicios técnicos de inspección y otros de seguridad en defensa civil, según las normas vigentes. m) Promover y apoyar la educación y la seguridad vial. n) Las demás funciones que le sean asignadas y aquellas que le correspondan en materia de su competencia. SUBCAPÍTULO III 05.3.- OFICINA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Artículo 51°.- O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial La O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial es un órgano de asesoramiento, que le corresponde ejercer funciones en materia de planeamiento estratégico, inversiones, presupuesto, tributación, ordenamiento territorial, inversión pública, cooperación técnica internacional, racionalización, estadística, informática, y administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia General Regional. Sus funciones son las siguientes:a) Conducir, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de planeamiento estratégico, inversiones, presupuesto, tributación, ordenamiento territorial, inversión pública, cooperación técnica internacional, racionalización, estadística, informática, y administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado. b) Diseñar y formular los Planes de Desarrollo Regional Concertado y difundir la metodología para su elaboración, así como participar activamente en el diseño y formulación de los planes. c) Supervisar y controlar los avances de la ejecución de los Planes de Desarrollo Regional Concertado y/o Presupuesto Participativo, estableciendo los mecanismos de retroalimentación. d) Evaluar los productos y/o resultados de gestión en la ejecución de los Planes de Desarrollo Regional Concertados y Presupuesto Participativo, así como los proyectos de inversión a través de indicadores debidamente estandarizados, que permitan la homogeneidad de la medición. e) Difundir, conducir orientar y supervisar el proceso presupuestal, mediante la aplicación de las normas de formulación, ejecución y evaluación del Presupuesto Público Regional. f) Conducir, formular y evaluar los procesos e instrumentos técnicos normativos de gestión institucional. g) Coordinar el proceso de formulación y evaluación del Plan Regional Estadístico e Informático, conforme a las necesidades del mismo y a las normas del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. h) Dirigir y actualizar permanentemente el sistema de información operativo y para la toma de decisiones del Gobierno Regional Arequipa. i) Generar y administrar el Banco Regional de Proyectos de acuerdo a lo establecido por ley. j) Formular el Programa de Inversiones y conducir el Sistema Nacional de Inversión Pública, en el ámbito de la Región Arequipa. k) Orientar y promover la formulación de los Planes de Ordenamiento, Acondicionamiento Territorial, y Medio Ambiente en el ámbito regional. l) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y dirigir y controlar y administrar las políticas en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del estado. m) Diseñar, proponer normas y evaluar acciones correspondientes en materia de tributación y endeudamiento público regional, en el ámbito del Gobierno Regional. n) Conducir, formular y evaluar las políticas y acciones de cooperación técnica internacional y de los Organismos No Gubernamentales de Desarrollo. o) Las demás funciones que le sean asignadas y aquellas que le correspondan en materia de su competencia. Artículo 52°.- Dependencias La O ficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial para el mejor cumplimiento de sus funciones y con fi nes de optimizar sus sistemas de gestión, tiene como sus dependencias a las O fi cinas de Planeamiento y Desarrollo Institucional; Presupuesto y Tributación; Programación de Inversiones; y Ordenamiento Territorial. 05.3.1.- OFICINA DE PLANEAMIENTO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL Artículo 53°.- O fi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional La O fi cina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, es un órgano de asesoramiento, en materia de planeamiento estratégico, cooperación técnica internacional, racionalización, estadística e informática. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial. Sus funciones son las siguientes: a) Formular, coordinar y proponer las políticas, los planes y programas de desarrollo regional, de acuerdo a las normas y disposiciones técnicas sobre la materia. b) Orientar y coordinar los Planes y Programas sectoriales. c) Dirigir el proceso de formulación del Presupuesto Participativo en concordancia con las normas legales vigentes.