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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (17/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2007 357780 administrativo en que se encuentre la deuda, previo cumplimiento de las formalidades señaladas en el artículo siguiente. Artículo Séptimo.- FORMALIDADES. Si el obligado desea acogerse a las facilidades otorgadas, procederá conforme a lo establecido en los siguientes casos: 1. Si se encuentra en curso algún procedimiento contencioso o no contencioso tributario respecto de la deuda materia de acogimiento en la Municipalidad Distrital de San Isidro, los interesados deberán presentar un escrito de desistimiento con fi rma legalizada y copia simple de su documento de identidad. 2. Si hubiere interpuesto recurso de apelación o controvertido judicialmente respecto de la deuda materia de acogimiento: Deberá adjuntar el desistimiento formal realizado ante los responsables que tengan a su cargo la tramitación de los mismos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte de ser necesario, las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para prorrogar la fecha de vigencia de los benefi cios establecidos en la presente Ordenanza. Segunda.- Los contribuyentes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza tengan obligaciones pendientes de pago por concepto del derecho por servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, incluida su distribución al domicilio fi scal del ejercicio 2007, se les condonará de manera automática y defi nitiva el 35% del monto insoluto de dicho derecho, así como el 100% de los intereses generados por dicho concepto. Tercera.- Encárguese a las Gerencias de Administración Tributaria, de Tecnologías de información y Comunicaciones, de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Corporativo el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen su amplia difusión e información a favor de los vecinos del distrito. Cuarta.- VIGENCIALa presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en Lima a los siete días del mes de noviembre del año dos mil siete. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 132925-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban precios de alquiler de canchas deportivas del Gran Parque Wiracocha y del Complejo Deportivo Monteverde, así como precio de ingreso DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005 San Juan de Lurigancho, 9 de marzo de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO:Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el Artículo II, literal c), del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, señala que tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. No es Tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual; Que, mediante Informe No 123-2007-GPW/MDSJL, la Jefatura de Administración de Parques Zonales, teniendo en cuenta los altos costos operativos de mantenimiento del Gran Parque Wiracocha, ha sugerido los precios a cobrar por el alquiler de sus ambientes deportivos, según el siguiente detalle: -Alquiler de cancha de Básquet costo por hora: S/. 5.00 -Alquiler de cancha de Frontón costo por hora S/. 5.00-Alquiler del Módulo Siglo XXI costo por hora S/.125.00-Alquiler del Skatepark costo por hora S/. 2.00 Que, asimismo y por igual concepto, mediante Informe Nº 125-2007-GPW/MDSJL, la señalada Jefatura de Administración de Parques Zonales ha sugerido los precios a cobrar por el alquiler de los ambientes deportivos del Complejo Deportivo Monteverde, el mismo que forma parte del patrimonio municipal, según el siguiente detalle: -Ingreso de personas mayores de 10 años S/. 0.50 -Alquiler de cancha de fulbito costo por hora S/. 5.00-Alquiler de cancha de mini fútbol con grass costo por hora S/. 30.00-Alquiler de cancha de fútbol costo por hora S/. 20.00-Alquiler de cancha de básquet costo por hora S/. 5.00 Estando a lo expuesto; y lo dispuesto en el Art. 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar los precios por el alquiler (servicio de origen contractual) de las diferentes canchas deportivas del Gran Parque Wiracocha y del Complejo Deportivo Monteverde, así como el precio por el ingreso a este último de personas mayores de 10 años, los mismos que se detallan en la parte considerativa del presente decreto. Artículo Segundo.- Inclúyase en el Cuadro Tarifario los precios establecidos por el alquiler e ingreso a las canchas deportivas antes referidas. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planifi cación del Desarrollo, Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Servicios Públicos Locales a través de la Jefatura de Administración de Parques Zonales disponer las acciones correspondientes para el debido cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS JOSE BURGOS HORNA Alcalde 132862-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran el mes de noviembre como el “Mes contra la Violencia Hacia la Mujer” ACUERDO DE CONCEJO Nº 100-2007-ACSS Santiago de Surco, 14 de noviembre 2007